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Valencia

Así fue la comida de Mazón y Vilaplana en El Ventorro y lo que costó

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Reservado de El Ventorro donde comieron mazón y la periodista Vilaplana el día de la dana - FOTO APORTADA A LA CAUSA POR EL DUEÑO DEL VENTORRO

El dueño de El Ventorro entrega a la jueza la factura, fotografías y el plano del reservado donde comieron Mazón y Vilaplana el día de la dana

La investigación judicial sobre la gestión institucional durante la dana del 29 de octubre de 2024 avanza con nueva documentación clave. El propietario del restaurante El Ventorro, en València, ha entregado a la jueza de Catarroja la factura de la comida, dos fotografías y un plano detallado del reservado en el que almorzaron el president de la Generalitat en funciones, Carlos Mazón, y la periodista Maribel Vilaplana en la jornada en que el temporal dejó 229 víctimas mortales en la provincia.

Un reservado relevante para la investigación judicial

La dependencia, según muestran las imágenes aportadas, es una sala privada con dos grandes ventanales de techo a suelo, cortinas gruesas, una mesa ovalada, varias sillas, un sillón y un mueble auxiliar. Se accede por una sola puerta por la que, según declaró Vilaplana, solo entró el dueño del restaurante durante toda la comida del 29 de octubre.

El propietario ha entregado también un plano con las medidas exactas del reservado, un elemento esencial para que la jueza pueda evaluar la posible audibilidad de las llamadas y conversaciones que Mazón realizó desde la sala mientras se desarrollaba la emergencia.

La factura: 165 euros, a nombre del PP

Junto a las fotografías y el plano, el dueño del local ha aportado la factura del almuerzo: 165 euros por dos menús concertados, emitida a nombre del Partido Popular, correspondiente a la mesa 106 del reservado.
La jueza considera este documento una prueba objetiva de que la reunión tuvo lugar, así como un apoyo para estimar su duración, sin depender únicamente de los testimonios.

Por qué la jueza pidió esta documentación

La solicitud deriva del auto dictado por la Audiencia Provincial de Valencia el 16 de octubre de 2025, donde se insistía en la pertinencia de esclarecer qué ocurrió durante la reunión y las comunicaciones mantenidas por Mazón la tarde de la dana.

El tribunal recordó que el president es la máxima autoridad del Consell, con funciones de dirección y coordinación en situaciones de emergencia, por lo que su actividad, conversaciones y decisiones durante esas horas son determinantes para la causa.

La importancia del espacio: ¿podía escucharse a Mazón?

La jueza aceptó la petición de fotos del reservado por la necesidad de valorar la posibilidad de que Vilaplana o terceras personas escucharan comentarios o llamadas que Mazón pudiera haber realizado mientras la dana golpeaba con fuerza la Comunitat Valenciana.

Dado que una fotografía no permite determinar con precisión la dimensión de la sala, la instructora consideró “imprescindible” que el propietario facilitara las medidas exactas de ancho y largo.

Declaraciones clave: qué dijeron la periodista y el dueño del restaurante

La versión de Maribel Vilaplana

La periodista declaró el 3 de noviembre que, a partir de las 17.15 horas, Mazón comenzó a recibir “muchas llamadas”. Afirmó que él se levantaba y se alejaba para atenderlas y que, al volver a la mesa, no le comentaba nada sobre el contenido de las conversaciones.

Añadió que el president utilizó el móvil “constantemente”, alternando llamadas y mensajes:
“Whatsappeaba, escribía mensajes… hacía las dos cosas”, relató, precisando que, tras cada interrupción, continuaban la comida con normalidad.

La versión del dueño del Ventorro

El propietario aseguró ante la jueza que no escuchó ninguna llamada realizada por Mazón dentro del reservado. Indicó que el president y la periodista abandonaron juntos el local entre las 18.30 y las 19.00 horas, momento en el que ya no quedaban clientes.

La documentación como pieza clave para reconstruir la cronología de la dana

La instructora investiga no solo si Mazón recibió o realizó llamadas desde el reservado, sino también la duración real de la reunión, el momento en que salieron del restaurante y la coherencia de esos tiempos con otros elementos de la causa.

La salida conjunta del restaurante, el paseo hasta el aparcamiento de la Glorieta y la hora exacta del pago —19.47 horas, según el extracto bancario de Vilaplana— son piezas que el juzgado está uniendo para reconstruir la cronología completa de Mazón durante las horas más críticas de la dana.

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Valencia

La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón

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La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón-EUROPA PRESS

La jueza de Catarroja que investiga la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 ha acordado elevar una exposición razonada al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) para que se investigue al expresident de la Generalitat Carlos Mazón por una presunta “inactividad negligente” durante la emergencia que causó 230 víctimas mortales y una más en estudio.

La magistrada considera que existen indicios suficientes para que el alto tribunal asuma la investigación sobre el exjefe del Consell, dado que mantiene su acta de diputado en Les Corts y, por tanto, su condición de aforado. En la causa ya figuran como investigados la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas y su ex número dos Emilio Argüeso.

La instructora ve “conexidad” para investigar al expresident

Según el auto judicial, de 109 páginas, la investigación debe “extenderse de manera inevitable” a Mazón por la “evidente conexidad” con los hechos y la normativa de protección civil. La magistrada sostiene que, desde la perspectiva de la Presidencia de la Generalitat, la gestión de la emergencia “se detuvo de facto” durante varias horas en las que el entonces president permaneció en el reservado de un restaurante.

La resolución subraya que esa permanencia “absolutamente pasiva” durante cerca de cinco horas podría constituir una “grosera negligencia” con un resultado mortal de 230 fallecidos y numerosos heridos.

Competencia autonómica en la emergencia

La jueza recuerda que la gestión de la emergencia correspondía “exclusivamente” a la Generalitat Valenciana al haberse declarado el nivel dos. En ese contexto, cita resoluciones de la Audiencia Provincial que inciden en la competencia autonómica conforme al Estatuto de Autonomía, la Ley de Protección Civil y el plan especial frente a inundaciones.

El auto detalla además las circunstancias de cada una de las víctimas mortales y sitúa la dirección del plan de emergencias en la entonces consellera Salomé Pradas.

Cadena de negligencias y responsabilidad jerárquica

La instructora describe una “cadena de negligencias” en la que habrían intervenido distintos responsables. Entre los elementos señalados figuran:

  • La convocatoria tardía del CECOPI.

  • El retraso en el envío de la alerta a la población, que se produjo a las 20.11 horas cuando la mayoría de víctimas ya habían fallecido.

  • La falta de coordinación entre organismos autonómicos.

  • Los avisos previos de la Agencia Estatal de Meteorología y la Confederación Hidrográfica del Júcar.

  • El elevado número de llamadas al 112 durante la jornada.

A juicio de la magistrada, la estructura jerárquica implicaba que el president debía supervisar y controlar la actuación de los responsables inferiores, lo que sitúa su eventual responsabilidad en un plano de mayor gravedad.

Horas clave sin decisiones relevantes

El auto apunta a una “situación de ajenidad” del entonces president entre las 14.30 y las 20.28 horas, cuando llegó al CECOPI en l’Eliana. En ese periodo, la jueza aprecia una supuesta minimización de la gravedad de la emergencia y ausencia de decisiones relevantes por parte de la máxima autoridad autonómica.

También ve indicios de una posible participación en el proceso de envío de la alerta Es-Alert, al considerar que los mensajes del jefe de gabinete del expresident a la consellera no eran simples opiniones, sino órdenes.

La instructora cuestiona además la falta de comunicación directa en momentos críticos y la imposibilidad de coordinar la emergencia si el teléfono no estaba operativo o accesible.

Sin valoración política

La magistrada recalca que la exposición razonada no se basa en un análisis moral o político, sino en la posible relevancia penal de la actuación del aforado y en su papel en la coordinación de la emergencia.

El TSJCV deberá decidir ahora si asume la investigación sobre Carlos Mazón en el marco de la causa abierta por la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.

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