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¿Cómo comunicar a un inquilino que debe dejar la vivienda? Todo lo que debes saber

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notificar a un inquilino para que deje la vivienda

Si tienes un inmueble alquilado y necesitas que el inquilino lo desocupe, es importante hacerlo de manera legal y respetuosa, siguiendo las pautas establecidas por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). En este artículo, te explicamos los pasos, plazos y requisitos necesarios para comunicar al inquilino el fin del contrato de arrendamiento y evitar posibles conflictos.


¿Cuánto tiempo de antelación necesitas para notificar al inquilino?

Según el Real Decreto Ley 7/2019, el tiempo de preaviso depende de la situación del contrato:

  1. Al finalizar el periodo obligatorio del contrato (5 o 7 años):
    • Si eres propietario individual, el contrato tiene una duración mínima de 5 años. Si eres una entidad jurídica, el periodo es de 7 años.
    • Debes notificar al inquilino con 4 meses de antelación. Si no lo haces, el contrato puede extenderse automáticamente hasta 3 años más.
  2. Finalización del contrato y sus prórrogas tácitas:
    • Cuando termina el periodo obligatorio más las 3 prórrogas automáticas, puedes rescindir el contrato sin un plazo mínimo. Sin embargo, es recomendable comunicarlo antes de los 15 días posteriores al vencimiento para evitar problemas legales.

¿Qué incluir en la notificación al inquilino?

La comunicación debe ser clara, formal y contener los siguientes datos:

  • Solicitud de desalojo: Explica que el contrato finaliza y el inquilino debe dejar la vivienda.
  • Fecha y hora para la entrega de llaves: Especifica cuándo y dónde deben encontrarse ambas partes.
  • Medio de contacto: Señala cómo el inquilino puede comunicarse para aclaraciones.

Recomendación: Utiliza medios seguros para enviar esta notificación, como burofax con certificación de contenido, telegrama con acuse de recibo o correo electrónico certificado.


Importancia de un acta de entrega de llaves

Durante la devolución de las llaves, firma un acta que refleje:

  • El estado de la vivienda.
  • Posibles daños o irregularidades detectadas.
  • La confirmación de ambas partes sobre la devolución del inmueble.

Si la vivienda fue gestionada por una empresa, un representante de esta debe estar presente como testigo.


¿Cuándo puedes finalizar un contrato de alquiler según la LAU?

La ley establece situaciones específicas en las que el propietario puede solicitar la desocupación de la vivienda:

  1. Incumplimiento del contrato por parte del inquilino: Impagos, subarriendos no autorizados o incumplimientos de las normas.
  2. Uso personal de la vivienda:
    • Si necesitas la vivienda para ti, tus familiares de primer grado o tu cónyuge, puedes rescindir el contrato notificándolo con 2 meses de antelación, siempre que el contrato tenga al menos un año de antigüedad.
    • Si no ocupas la vivienda en un plazo de 3 meses, el inquilino puede reclamar volver a habitarla o exigir una compensación económica.

Claves para una comunicación efectiva y legal

  1. Cumple con los plazos legales: Esto evitará que el contrato se renueve automáticamente o se presenten reclamaciones por parte del inquilino.
  2. Sé respetuoso: Mantén un tono adecuado en todas las comunicaciones para evitar conflictos.
  3. Consulta con un experto: Si tienes dudas sobre la notificación o la situación legal, recurre a un abogado especializado en arrendamientos.

Con estas pautas, podrás gestionar la finalización de un contrato de alquiler de manera efectiva, asegurando el cumplimiento de la ley y el respeto mutuo entre propietario e inquilino.


 

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Le cobran 12 euros por un colgador de bolso en un restaurante de Ibiza 

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colgador bolso restaurante Ibiza 
Restaurante japonés Wakame

La polémica se ha desatado en Ibiza tras conocerse el caso de una clienta que recibió en su cuenta un cargo de 12 euros por un simple gancho para colgar el bolso en la mesa. La asociación FACUA-Consumidores en Acción ha denunciado al restaurante japonés Wakame, ubicado en la isla, por considerar que se trata de una práctica abusiva contraria a la legislación de consumo.

El caso: de una oferta amable a un cobro inesperado

Según relató la afectada en la red social X (antes Twitter), la camarera del establecimiento le ofreció “amablemente” colocar su bolso en un gancho instalado en la mesa. En un primer momento, la clienta rechazó la propuesta, pero la insistencia del personal la llevó a aceptar. La sorpresa llegó al recibir la cuenta, donde figuraba un cargo adicional bajo el concepto «gancho bolsa».

El restaurante ha intentado justificar el cobro alegando que en ocasiones anteriores algunos clientes se llevaban el accesorio pensando que era gratuito. Por ello, aseguran que aplican el importe como “depósito” para evitar olvidos a la hora de retirarlo, afirmando que se descuenta al pagar salvo que el cliente quiera quedárselo.

Sin embargo, FACUA señala que en ningún momento se informó a la consumidora del coste antes de ofrecerle el servicio, algo que la ley obliga a hacer de forma clara y previa. Además, recuerdan que este tipo de colgadores se pueden adquirir en el mercado por poco más de un euro, lo que hace que el cobro resulte “desproporcionado y abusivo”.

Qué dice la ley sobre este tipo de cobros

FACUA fundamenta su denuncia en el Real Decreto Legislativo 1/2007, que aprueba la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. Esta norma prohíbe prácticas comerciales desleales, cobros por servicios no solicitados expresamente y cláusulas abusivas que generen un desequilibrio entre las partes.

Asimismo, el artículo 20 establece que cualquier servicio debe mostrar su precio final completo, incluyendo impuestos y gastos adicionales, antes de que el consumidor lo acepte.

La Ley 7/2014 de las Islas Baleares también sanciona la utilización de métodos de venta que induzcan a pagar servicios accesorios no solicitados o que confundan al consumidor sobre su coste real.

FACUA pide sanciones

Ante estos hechos, FACUA ha solicitado a la Dirección General de Prestaciones, Farmacia y Consumo del Gobierno balear que abra una investigación y, en caso de confirmarse la irregularidad, imponga un expediente sancionador al restaurante.

La asociación recuerda que cualquier establecimiento que quiera cobrar por un servicio opcional debe informar de forma previa y clara al cliente y permitirle decidir libremente si lo adquiere o no. De lo contrario, la ley considera que se trata de un obsequio o atención comercial y no puede cobrarse después.

Un debate que incendia las redes

El caso ha provocado un intenso debate en redes sociales, donde muchos usuarios han criticado el cobro y lo consideran un ejemplo de cómo algunos negocios aplican tarifas abusivas en zonas turísticas como Ibiza. Otros apuntan que, aunque el restaurante intente justificarlo como un “depósito”, el hecho de no informar previamente vulnera los derechos básicos de los consumidores.

FACUA concluye que este tipo de prácticas dañan la imagen del sector hostelero y suponen un riesgo para el turismo de calidad en las Islas Baleares.

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