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Valencia

Compromís denuncia a Antifraude la supuesta incompatibilidad del vicepresidente Vicente Barrera

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Compromís denuncia a Antifraude la supuesta incompatibilidad de Vicente Barrera
El síndic de Compromís, Joan Baldoví, en la presentación este lunes de la denuncia ante la Agencia Valenciana Antifraude, en una imagen facilitada por la formación.
València, 11 sep (OFFICIAL PRESS- EFE).- El síndic de Compromís, Joan Baldoví, ha presentado este lunes una denuncia ante la Agencia Valenciana Antifraude para que se investiguen las supuestas incompatibilidades con el cargo de vicepresidente del Consell en las que habría incurrido Vicente Barrera por constar como administrador en varias empresas.

En este escrito remitido a Antifraude y difundido por Compromís, Baldoví expone que, según el diario ElConfidencial.com, Barrera no ha hecho efectivo en el Registro Mercantil la inscripción de su renuncia a sus actividades empresariales, manteniendo cargos como consejero o administrador en siete empresas.

Compromís denuncia a Vicente Barrera

Según señala el síndic de Compromís, la ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell establece en su artículo 30 que los consellers están sometidos al régimen de incompatibilidades que se establece para el president de la Generalitat, cargo que es incompatible con el ejercicio de cualquier otra función pública que no derive de su cargo, salvo la de diputado de Les Corts.

También cita la ley 8/2016, de 28 de octubre, de la Generalitat que regula las incompatibilidades y conflictos de intereses de personas con cargos públicos no electos y que señala que el ejercicio de un alto cargo se desarrollará en régimen de dedicación absoluta y exclusiva.

Esta misma ley indica en su artículo 15 que se trata de una infracción muy grave el incumplimiento de este régimen de incompatibilidades y apunta como posibles sanciones: el reintegro de las cantidades percibidas de forma indebida, el cese inmediato en el cargo, la pérdida del derecho a percibir indemnizaciones tras el cese y prohibición de volver a ser nombrado alto cargo no electo entre 5 y 10 años.

Cuando el cargo público cuestionado tenga la condición de miembro del Consell el órgano competente para la incoación del expediente sancionador será el propio Consell, pero «el president, Carlos Mazón, ha rechazado en varias declaraciones públicas la existencia de incompatibilidad alguna», lamenta Baldoví.

«Le pedimos que investigue si realmente el vicepresidente del Consell ha incurrido en incompatibilidades, nosotros creemos que sí, debería haber cesado ya en todas las administraciones de empresas que ocupa, pero como Mazón dice que está en plazo para hacerlo y nosotros consideramos que no, pedimos que la Agencia Antifraude vea si ha habido esa incompatibilidad y se ha incumplido la ley», ha agregado.

Asimismo, ha abogado por que «devuelva los fondos públicos que ha cobrado» y ha instado al Consell a que «abra expediente sancionador para delimitar esa incompatibilidad».

«La ley lo dice de forma diáfana, si hay incompatibilidad ha de devolver el dinero y es causa de inhabilitación durante cinco años. En caso de que se confirme esa incompatibilidad, Mazón es responsable de dejación de funciones», ha concluido Baldoví.

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Valencia

Golpe definitivo al rooftop del Ateneo: el Ayuntamiento tumba la licencia de la terraza lounge

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El Ayuntamiento de València ha confirmado de forma definitiva la denegación de la licencia ambiental a la terraza lounge del Ateneo Mercantil, situada en la última planta del emblemático edificio de la Plaza del Ayuntamiento. La decisión supone un serio revés para el proyecto Atenea Sky, que aspiraba a consolidarse como uno de los espacios de ocio más exclusivos del centro de la ciudad.

La resolución, adoptada por la Junta de Gobierno Local el pasado 6 de febrero, desestima por completo el recurso presentado por el Ateneo contra la negativa municipal dictada en agosto de 2025, poniendo fin —al menos por la vía administrativa— a un expediente iniciado hace más de una década.

Una licencia “incompatible” con el edificio y la normativa

El Ayuntamiento rechaza los argumentos del Ateneo, que defendía la existencia de silencio administrativo positivo y sostenía que la actividad del rooftop formaba parte del uso sociocultural del inmueble. Según el acuerdo municipal, esta interpretación no se ajusta a la realidad.

Los técnicos concluyen que se trata de una licencia independiente y específica, desvinculada del resto del edificio, y que la actividad planteada no puede considerarse sociocultural. El proyecto describe un espacio con ambiente musical, servicio de comidas y bebidas, amplio horario y acceso directo desde la calle Moratín, características más propias de un local de ocio nocturno que de un uso restringido a socios.

El ruido y la protección patrimonial, claves del rechazo

Uno de los puntos determinantes ha sido la amenización musical. El Ayuntamiento señala que, para autorizarla, serían necesarias medidas correctoras de cubrición que chocan frontalmente con la protección patrimonial del edificio.

Además, cualquier intervención sobre la terraza afectaría a la envolvente del inmueble, lo que tendría un impacto sobre todo el edificio protegido, algo que la normativa urbanística y acústica vigente no permite.

Cierre administrativo, pero con opción de recurso

En su conclusión, el acuerdo municipal es tajante: la licencia solicitada es incompatible tanto con el planeamiento urbanístico como con la protección específica del Ateneo Mercantil y la regulación acústica de València.

El Ateneo dispone ahora de un plazo de dos meses para interponer recurso ante los tribunales si decide continuar la batalla legal.

 

GALERÍA| La espectacular fiesta de aniversario de Atenea Sky

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