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El Hospital La Fe desmiente el bulo que asegura que un niño con leucemia necesita donantes

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«Si conocéis a alguien que tuviera el grupo sanguíneo AB dispuesto a donar sangre, decidlo. En el Hospital Universitario La Fe de Valencia hay un niño de 10 años ingresado con LEUCEMIA que necesita urgentemente unos 12 donantes. Este grupo sanguíneo (AB) es bastante raro, de ahí el hecho de la falta de donantes. Los médicos anuncian que si los encontraran sería muy posible salvarla vida de este niño. Por favor, reenvía este correo a quien conozcas. El teléfono de la madre (María Ángeles 963802408)»
Se trata de un mensaje que circula vía email y que desde el Hospital La Fe de València han desmentido con el siguiente comunicado y que meses atrás ya tuvo que desmentir la Policía Local de València:
En primer lugar, se trata de un hoax o bulo, un mensaje de correo electrónico con contenido falso o engañoso. Estos mensajes, apelando en casos como éste a la solidaridad ciudadana para ayudar a un niño enfermo, se distribuyen en cadena a través de Internet con el objetivo de saturar la red o los servidores y captar direcciones personales de correo para comerciar con bases de datos o utilizarlas para fraudes cibernéticos.
En segundo lugar, el grupo sanguíneo AB, precisamente, puede recibir sangre de cualquier tipo (A, B, AB y 0), lo que desecha la idea de «falta de donantes» que se menciona en el correo, delatando, en consecuencia, la falsedad del contenido.
En tercer lugar, el teléfono de la supuesta madre no existe, lo que supone nuevamente una sospecha de que el correo no persigue realmente ningún fin solidario.
Por último, durante el tiempo que este bulo lleva circulando por Internet, ha sufrido ligeras modificaciones de contenido (variación en el número de donantes que dice se necesitan, el número de teléfono que se señala, etc.). La redacción, no obstante, sigue siendo atemporal y tampoco figura ninguna fecha de publicación con el fin garantizar la máxima permanencia del correo en la Red. Además, se trata de un texto anónimo, en el que no se citan fuentes (porque carece de ellas) y tampoco está firmado para evitar repercusiones legales. Rogamos tengan en cuenta estos indicios para detectar nuevos hoax o bulos que puedan llegar a sus correos.
Por favor, si reciben el correo anteriormente mencionado, reenvíen a sus contactos la advertencia de que es absolutamente FALSO y que en el Hospital Universitari i Politècnic La Fe, afortunadamente, no existe este supuesto niño de 10 años con leucemia para el que se hace un llamamiento a la buena voluntad de las personas y donantes frecuentes.
No obstante, les recordamos que los hospitales públicos necesitan diariamente sangre de todos los grupos sanguíneos, por lo que les emplazamos a donarla en los puntos habituales de extracción. Podrán encontrar la información actualizada en la página web del Centro de Transfusiones de la Comunitat Valenciana(http://centro-transfusion.san.gva.es) o a través de la red de hospitales públicos de las respectivas comunidades autónomas.
Por favor, reenvíe este aviso a las personas que le enviaron el  falso correo para poder dar fin a este bulo que lleva 8 años ya circulando por la red.
Muchas gracias por su colaboración.

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Los mayores de 65 años pueden donar su vivienda a sus hijos sin pagar IRPF, pero Hacienda advierte de un impuesto

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La ley permite transmitir la vivienda habitual mediante una donación sin tributar por la ganancia patrimonial en el IRPF cuando el propietario supera los 65 años. Sin embargo, los hijos que reciben el inmueble sí deben hacer frente al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y pueden tener otros gastos.

Los mayores de 65 años pueden donar su vivienda habitual a sus hijos sin tener que pagar IRPF por la ganancia patrimonial que genere la operación. Se trata de una ventaja fiscal contemplada en la legislación española que puede facilitar la transmisión de inmuebles dentro de una familia, especialmente en un momento en el que el acceso a la vivienda continúa siendo uno de los principales problemas para los jóvenes.

Sin embargo, esta posibilidad tiene una advertencia importante: que el progenitor esté exento de pagar IRPF no significa que la donación esté libre de impuestos. El hijo que recibe la vivienda debe liquidar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD), además de tener en cuenta otros posibles gastos derivados de la operación.

La exención está recogida en el artículo 33.4.b de la Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), que establece que están exentas las ganancias patrimoniales derivadas de la transmisión de la vivienda habitual por personas mayores de 65 años. El beneficio también se aplica a personas en situación de dependencia severa o gran dependencia.

La donación de una vivienda a los hijos también puede estar exenta de IRPF

Aunque la normativa habla de transmisión de la vivienda habitual, la exención no se limita exclusivamente a las compraventas. También puede aplicarse cuando el propietario decide donar el inmueble a sus hijos.

Así lo confirmó la Dirección General de Tributos en su consulta vinculante V2102-24, de 27 de septiembre de 2024, en la que analizó el caso de una persona mayor de 65 años que pretendía donar su vivienda a su hija.

Hacienda determinó que la donación del inmueble genera, con carácter general, una ganancia o pérdida patrimonial para el propietario. No obstante, si se cumplen los requisitos legales para considerar el inmueble como vivienda habitual y el donante tiene más de 65 años, puede aplicarse la exención del IRPF.

Esto significa que el progenitor no tendrá que tributar por la diferencia entre el valor de adquisición de la vivienda y el valor correspondiente a la transmisión, siempre que la operación cumpla las condiciones establecidas.

Los requisitos para donar la vivienda sin pagar IRPF

No basta con haber cumplido los 65 años para beneficiarse de esta ventaja fiscal. El inmueble debe tener la consideración de vivienda habitual conforme a la normativa tributaria.

El artículo 41 bis del Reglamento del IRPF establece, con carácter general, que la vivienda debe haber constituido la residencia habitual del contribuyente durante un periodo continuado de al menos tres años.

Además, existe una circunstancia que conviene conocer: no es imprescindible que el propietario siga viviendo en el inmueble el día de la donación.

La normativa permite aplicar la exención cuando la vivienda haya tenido la consideración de habitual hasta cualquier día de los dos años anteriores a la transmisión. Por tanto, una persona que se haya trasladado a otra residencia también puede beneficiarse de esta ventaja si realiza la donación dentro de ese plazo y cumple el resto de condiciones.

El hijo tendrá que pagar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

La principal advertencia fiscal afecta a quien recibe la vivienda. Aunque el progenitor esté exento de IRPF, el hijo que recibe el inmueble debe tributar por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, ya que se trata de una adquisición gratuita.

La cantidad que tendrá que pagar dependerá de la comunidad autónoma donde corresponda liquidar el impuesto, así como del valor del inmueble, el parentesco y las circunstancias concretas de la operación.

Por este motivo, las diferencias fiscales pueden ser importantes dependiendo del territorio en el que se realice la donación. Las comunidades autónomas cuentan con sus propias bonificaciones y reducciones para las transmisiones entre padres e hijos.

Otros gastos que hay que tener en cuenta antes de donar una vivienda

La exención del IRPF para los mayores de 65 años tampoco elimina automáticamente todos los gastos asociados a la transmisión.

Entre ellos puede encontrarse la plusvalía municipal, cuando proceda, cuyo pago corresponde generalmente al donatario en las transmisiones gratuitas. También hay que contemplar los gastos de notaría y registro de la propiedad.

Por tanto, antes de donar una vivienda habitual a un hijo conviene calcular el coste fiscal completo de la operación y comprobar las bonificaciones autonómicas disponibles.

La posibilidad de transmitir una vivienda sin pagar IRPF puede representar un ahorro importante para los propietarios mayores de 65 años, pero la operación requiere estudiar tanto la situación del donante como la del beneficiario para evitar sorpresas fiscales.

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