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Absuelven de nuevo al acosador de Paula Bonet por trastorno «erótico-maníaco»

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La escritora Paula Bonet. Archivo/EFE/Enric Fontcuberta

Barcelona, 26 abr (OFFICIAL PRESS – EFE).- La jueza ha absuelto de nuevo al hombre acusado de acosar a la artista y escritora castellonense Paula Bonet.  Ha considerado  probado que no es responsable penalmente debido a que padece un trastorno «erótico-maníaco». De este modo, ordena que siga tratamiento psiquiátrico durante un máximo de cuatro años.

Absuelven de nuevo al acosador de Paula Bonet por trastorno «erótico-maníaco»

En una sentencia la titular del juzgado de lo penal número 10 de Barcelona absuelve al procesado de los delitos de acoso, amenazas y quebrantamiento de condena. Se le ha aplicado  la eximente de alteración psíquica, pero le prohíbe acercarse a menos de 500 metros de la víctima durante 10 años.

 

La jueza ha dictado esta nueva sentencia después de que la Audiencia de Barcelona anulara su primer fallo. Ha entendido que no estaban bien argumentabas las pruebas que le eximían de la alteración psíquica que le había aplicado inicialmente por el trastorno «erótico-maníaco».

En su primera sentencia, de julio de 2020, la jueza ordenaba el internamiento psiquiátrico del procesado, Víctor G.T., durante un máximo de tres años y tres meses, tras dar por probado el acoso al que sometió a Paula Bonet. Presentándose repetidamente a las puertas del taller de Barcelona en que trabajaba y persiguiéndola en presentaciones y actos públicos.

No obstante, también consideró que el acusado sufre un trastorno «erótico-maníaco» -lo que su defensa, trató de acreditar mediante una pericial psicológica. Argumentando que ello «condicionaba por completo su voluntad», por lo que debe ser controlado mediante tratamiento y medicación.

 

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Sucesos

La jueza deja en libertad a los dos hermanos detenidos por violar a una mujer en un coche en Malilla 

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Fachada del TSJCV - EUROPA PRESS - Archivo

Los dos hermanos detenidos por una presunta agresión sexual a una mujer en el barrio de Malilla, en València, han quedado en libertad tras la decisión adoptada por la jueza de guardia de la Sección de Violencia sobre la Mujer del Tribunal de Instancia de Valencia.

La magistrada ha acordado el sobreseimiento provisional de la causa al no haberse formalizado denuncia por parte de la supuesta víctima, un requisito imprescindible en este tipo de delitos según la legislación vigente.

La decisión judicial: sobreseimiento provisional

Según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), la jueza ha considerado que no ha quedado acreditada de forma suficiente la comisión del delito.

Además, ha señalado que, conforme al artículo 191 del Código Penal, los delitos contra la libertad sexual requieren la denuncia de la persona afectada, su representante legal o la actuación del Ministerio Fiscal en determinados supuestos.

Este artículo establece que:

  • es necesaria la denuncia de la víctima para iniciar el procedimiento
  • el Ministerio Fiscal puede actuar si la víctima es menor, persona vulnerable o desvalida

En este caso, al no haberse presentado denuncia, la causa ha sido archivada de manera provisional.

Los hechos: una intervención policial en Malilla

La actuación policial se produjo el pasado jueves por la noche, tras la llamada de un vecino que alertó de una posible agresión sexual en el interior de un vehículo.

Según fuentes policiales, el aviso se recibió sobre las 23:30 horas, cuando un testigo afirmó haber presenciado cómo dos hombres supuestamente agredían a una mujer en un coche estacionado en un descampado.

El suceso tuvo lugar en la calle Juan Ramón Jiménez, en el barrio de Malilla.

Detención de los sospechosos

Tras recibir el aviso, agentes de la Policía Nacional se desplazaron hasta el lugar y procedieron a la detención de los dos presuntos implicados, hermanos nacidos en 1955 y 1969.

La mujer fue trasladada a un centro hospitalario para su evaluación médica, según las mismas fuentes.

Claves legales: por qué es necesaria la denuncia

Este caso pone el foco en el funcionamiento del sistema judicial en delitos contra la libertad sexual.

La normativa actual establece que:

  • sin denuncia de la víctima no se puede continuar el procedimiento en la mayoría de casos
  • existen excepciones cuando hay especial vulnerabilidad

El objetivo de esta regulación es proteger la voluntad de la víctima en este tipo de procesos, aunque en ocasiones puede dificultar la persecución de los hechos si no se formaliza la denuncia.

Investigación y situación actual

Con la decisión judicial, los dos detenidos han quedado en libertad sin medidas cautelares.

No obstante, el sobreseimiento es provisional, lo que implica que la causa podría reabrirse si se aportan nuevos elementos o si la víctima decide interponer denuncia en el futuro.

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