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Sucesos

Condenado un hombre a once años y medio de prisión por agredir sexualmente a su pareja

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Condenado a 10 años de prisión por violar a una mujer en una estación de metro de València tras dejarla inconsciente

Jun. (EUROPA PRESS) – La sección segunda de la Audiencia Provincial de Castellón ha condenado a un hombre a once años y medio de prisión por agredir sexualmente a su pareja y pegarle. El acusado deberá indemnizar a la víctima con 10.000 euros por el daño moral causado y no podrá acercarse a menos de 500 metros ni comunicarse con ella por un periodo de ocho años.

Así, la sala condena al acusado a diez años y medio de prisión por un delito continuado de agresión sexual con la agravante de parentesco, y a un año de prisión por un delito de violencia de género con reincidencia.

Según la sentencia, el acusado comenzó en febrero de 2014 una relación sentimental con la víctima y llegaron a convivir en la misma vivienda en Vinaròs, que compartían con otra persona, hasta que en mayo se trasladaron a Peñíscola, donde ella había conseguido un trabajo.

Desde que comenzó la convivencia de ambos en solitario, el procesado comenzó a experimentar un cambio en su comportamiento respecto a la mujer y se enfrió la relación, que hasta el momento había sido buena. Ante tal actitud, la mujer no deseaba mantener relaciones sexuales con el procesado, razón por la cual aquel se enfadaba y, en un momento determinado, comenzó a agredirla para que accediera a sus peticiones, lo que ella hacía por temor que sentía y tras suplicarle que no lo hiciera.

La sentencia señala que el 23 de mayo la forzó por vez primera, y el 10 de julio, cuando la pareja se encontraba en el interior de su domicilio, se inició una discusión entre ambos ante las dificultades para pagar el alquiler y la mujer le dijo que tendrían que poner fin a la relación, ya que el procesado no trabajaba.

Entonces el acusado se levantó de la silla y, tras acercarse a la mujer le pegó y la agredió sexualmente en dos ocasiones a pesar de que la pareja se negaba y le suplicaba que no lo hiciera, que le pegara si quería, pero que no la forzara.

A consecuencia de estos hechos la mujer sufrió lesiones que solo requirieron para su sanidad una primera asistencia facultativa, que tardaron cinco días en curar, ninguno impeditivo, y sin secuelas.

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Sucesos

Condenado a dos años de prisión un sacristán de Bétera por agresión sexual a una mujer con discapacidad

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El Arzobispado de Valencia, responsable civil subsidiario si no se paga la indemnización de 7.000 euros

València, 11 de septiembre de 2025 (EUROPA PRESS)
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a dos años de prisión por un delito de agresión sexual al sacristán de una iglesia de Bétera (Valencia), tras haber tocado las partes íntimas de una feligresa con un 66 % de discapacidad intelectual.

Hechos probados: tocamiento a una mujer con discapacidad dentro de la iglesia

Según la sentencia, los hechos ocurrieron el 24 de marzo de 2023, cuando el sacristán, aprovechando su posición en la parroquia, invitó a la víctima a un cuarto cercano a la sacristía con la excusa de mostrarle el funcionamiento de una campanilla. Una vez dentro, y siendo consciente de su discapacidad, le realizó tocamientos por encima de la ropa en sus partes íntimas.

La víctima quedó «bloqueada» sin poder reaccionar, hasta que logró reprocharle al agresor que lo que había hecho era «pecado», según recoge la resolución judicial.

Consecuencias penales y civiles: prisión, alejamiento e indemnización

El tribunal ha impuesto al condenado:

  • Dos años de prisión por agresión sexual.

  • Prohibición de acercarse a menos de 300 metros de la víctima o comunicarse con ella durante tres años.

  • Indemnización de 7.000 euros a la víctima por daños morales.

En caso de impago de la indemnización, el Arzobispado de Valencia ha sido declarado responsable civil subsidiario, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV).

La sentencia es firme y fruto de un acuerdo de conformidad

La resolución judicial, que ya es firme, es resultado de una conformidad entre las partes. Además, el tribunal ha acordado suspender la ejecución de la pena de prisión siempre que el condenado no vuelva a delinquir en un plazo de tres años.

 

 

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