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Condenan al Rey del Cachopo a 15 años de cárcel por el homicidio de Heidi Paz

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rey del cachopo

El conocido como Rey del Cachopo ha sido condenado a 15 años de cárcel por la Audiencia Provincial de Madrid por el homicidio de su exnovia Heidi Paz en 2018, con los agravantes de parentesco y género.

César Román ya había sido declarado culpable de de matar a su exnovia por un jurado popular el pasado 1 de junio de matar a Heidi Paz y descuartizarla al no aceptar que ella tuviera intención de romper la relación sentimental que mantenían.

El 13 de agosto de 2018 aparecía el torso de Heidi Paz dentro de una maleta en la nave que César Román había alquilado poco antes para ubicar su sexta sidrería.

La principal prueba de cargo en el juicio contra el empresario fueron sus huellas con ADN localizadas en dicha maleta y en los botes de sosa cáustica utilizados para rociar el cadáver.

La sentencia de este martes considera probado que el crimen se cometió en la madrugada del 5 de agosto de 2018 después de que la mujer acudiera al piso de César Román en Vallecas tras la celebración de un cumpleaños con unos amigos.

Por su parte la abogada Ana Isabel Peña, defensa del condenado, ha informado que recurriría ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) basándose en que considera que el jurado popular deliberó sobre hechos que no eran objeto del procedimiento, lo que supondría una vulneración de los derechos de su cliente.

El Rey del Cachopo defendió en la vista oral que la que fuera su pareja bien estaba viva y se econtraba en Honduras. También añadió la posibilidad de que una supuesta banda organizada de ‘vuelcos’ de drogas hubiera terminado con ella, hipótesis negada por los investigadores del Grupo VI de Homicidios.

 

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Este es el motivo por el que el Gobierno deberá pagar a los butaneros por repartir las bombonas a domicilio

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precio de la bombona de butano

El Gobierno tendrá que compensar económicamente a los repartidores de bombonas de butano a domicilio tras una sentencia del Tribunal Supremo que considera que este servicio, al ser obligatorio y regulado, no puede prestarse sin una retribución adecuada.

Una obligación legal sin compensación suficiente

El reparto de bombonas a domicilio forma parte del servicio público esencial de suministro de gas en España, especialmente en zonas rurales, hogares vulnerables y territorios donde no existe gas natural. Sin embargo, durante años, los distribuidores han denunciado que los costes reales del servicio —transporte, personal, combustible y logística— no estaban cubiertos por la normativa vigente.

La ley obliga al Gobierno a revisar periódicamente los costes del servicio, algo que no se ha hecho dentro de los plazos establecidos. Esta falta de actualización ha provocado que las empresas asuman pérdidas al mantener el reparto a domicilio.

El fallo del Supremo

El Tribunal Supremo ha determinado que el Ejecutivo incumplió su obligación de regular y actualizar la compensación del reparto, lo que genera un desequilibrio económico injustificado para los distribuidores. Por ello, ordena al Gobierno:

  • Regular el coste real del servicio de reparto a domicilio

  • Aprobar una normativa específica en un plazo máximo de seis meses

  • Garantizar que el servicio obligatorio sea económicamente sostenible

Por qué es clave esta decisión

La sentencia protege la continuidad del reparto de bombonas, un servicio del que dependen millones de hogares en España, y evita que los repartidores trabajen a pérdidas. Además, abre la puerta a compensaciones económicas por los años en los que el servicio se prestó sin una retribución ajustada a los costes reales.

En resumen, el Gobierno deberá pagar a los butaneros porque no puede exigir un servicio público obligatorio sin garantizar su viabilidad económica, algo que ahora el Supremo le obliga a corregir.

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