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Valencia

Consuelo Císcar, condenada por favorecer a su hijo con fondos del IVAM

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Valencia, 7 ago (EFE).- La exdirectora del IVAM Consuelo Císcar ha reconocido que favoreció a su hijo, un artista conocido como Rablaci, con los fondos y los medios del museo para promocionar su carrera artística, y deberá pagar de forma conjunta con otros dos condenados 75.000 euros en concepto de indemnización.

La Sección Cuarta de la Audiencia de Valencia ha condenado a Císcar como autora de un delito continuado de prevaricación administrativa y malversación de caudales públicos con la atenuante de reparación del daño y confesión a un año y seis meses de prisión e inhabilitación para empleo o cargo público durante dos años y seis meses.

Esta condena de prisión, en fase de ejecución de sentencia, ha sido suspendida condicionada a que no delinca en un plazo de dos años y al abono de la responsabilidad civil pendiente en un plazo máximo de dos meses, según la sentencia de la Audiencia a la que ha tenido acceso EFE.

La exdirectora del IVAM y los otros dos acusados, el exdirector económico del IVAM Juan Carlos Lledó y el empresario Enrique Martínez Murillo, han reconocido su participación en los hechos investigados y han consignado 18.974 euros de los fondos públicos que fueron desviados a fines particulares, comprometiéndose a abonar el resto en un plazo de veinte meses.

Este caso ha investigado la utilización de Císcar de su posición como directora del IVAM, cargo que ocupó entre 2004 y 2014, para promocionar a su hijo, que comenzó su carrera artística como escultor y fotógrafo en el año 2007, usando para ello medios económicos y personales del museo, o tratando de intercambiar favores con determinadas entidades que beneficiaran a Rablaci, hijo también del exconseller de Solidaridad y exportavoz del PP en Les Corts Rafael Blasco.

El pasado mes de enero la Audiencia confirmó el auto de procesamiento dictado por el Juzgado de Instrucción 21 de junio de 2020 contra Císcar, su asesora Pilar Mundina y el ex director económico del museo Juan Carlos Lledó por los supuestos delitos de malversación, prevaricación, falsedad y cohecho.

Ahora, en la sentencia de fecha 30 de julio, la Audiencia condena a Císcar por prevaricación y malversación, y a Lledó como cooperador necesario de prevaricación y malversación, también con la atenuante de reparación del daño y confesión, a un año de prisión e inhabilitación para empleo o cargo público.

También condena a Martínez Murillo a un año de prisión como cooperador necesario de malversación, y a dos meses y quince días de prisión sustituida por multa por falsedad en documento mercantil.

La asesora Pilar Mundina queda absuelta de los delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos.

A los condenados se les impone por responsabilidad civil una indemnización conjunta y solidaria de 50.000 euros por los fondos públicos desviados y de 25.000 euros por el daño en la reputación a la entidad pública, así como al pago de las costas.

La sentencia es firme y no cabe recurso contra ella.

 

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Valencia

Golpe definitivo al rooftop del Ateneo: el Ayuntamiento tumba la licencia de la terraza lounge

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El Ayuntamiento de València ha confirmado de forma definitiva la denegación de la licencia ambiental a la terraza lounge del Ateneo Mercantil, situada en la última planta del emblemático edificio de la Plaza del Ayuntamiento. La decisión supone un serio revés para el proyecto Atenea Sky, que aspiraba a consolidarse como uno de los espacios de ocio más exclusivos del centro de la ciudad.

La resolución, adoptada por la Junta de Gobierno Local el pasado 6 de febrero, desestima por completo el recurso presentado por el Ateneo contra la negativa municipal dictada en agosto de 2025, poniendo fin —al menos por la vía administrativa— a un expediente iniciado hace más de una década.

Una licencia “incompatible” con el edificio y la normativa

El Ayuntamiento rechaza los argumentos del Ateneo, que defendía la existencia de silencio administrativo positivo y sostenía que la actividad del rooftop formaba parte del uso sociocultural del inmueble. Según el acuerdo municipal, esta interpretación no se ajusta a la realidad.

Los técnicos concluyen que se trata de una licencia independiente y específica, desvinculada del resto del edificio, y que la actividad planteada no puede considerarse sociocultural. El proyecto describe un espacio con ambiente musical, servicio de comidas y bebidas, amplio horario y acceso directo desde la calle Moratín, características más propias de un local de ocio nocturno que de un uso restringido a socios.

El ruido y la protección patrimonial, claves del rechazo

Uno de los puntos determinantes ha sido la amenización musical. El Ayuntamiento señala que, para autorizarla, serían necesarias medidas correctoras de cubrición que chocan frontalmente con la protección patrimonial del edificio.

Además, cualquier intervención sobre la terraza afectaría a la envolvente del inmueble, lo que tendría un impacto sobre todo el edificio protegido, algo que la normativa urbanística y acústica vigente no permite.

Cierre administrativo, pero con opción de recurso

En su conclusión, el acuerdo municipal es tajante: la licencia solicitada es incompatible tanto con el planeamiento urbanístico como con la protección específica del Ateneo Mercantil y la regulación acústica de València.

El Ateneo dispone ahora de un plazo de dos meses para interponer recurso ante los tribunales si decide continuar la batalla legal.

 

GALERÍA| La espectacular fiesta de aniversario de Atenea Sky

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