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Valencia

Consuelo Císcar se enfrenta a 6 años de prisión por malversación en el IVAM

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Consuelo Císcar
València, 31 oct (EFE).- La exdirectora del Instituto Valenciano de Arte Moderno (IVAM) Consuelo Císcar se enfrenta a partir del martes a un nuevo juicio por haber gastado de forma ilícita unos 4 millones de euros de fondos públicos en la compra de reproducciones no originales de obras del escultor madrileño Gerardo Rueda, unos hechos por los que se pide para ella una condena de seis años.

Císcar ya fue condenada -admitió su responsabilidad- el pasado verano a un año y seis meses de prisión por haber cometido prevaricación y malversación de caudales públicos al utilizar los recursos del museo para favorecer la carrera artística como escultor de su hijo -y del exconseller del Gobierno valenciano condenado varias veces por corrupción, Rafael Blasco (PP)- Rafael Blasco Císcar, alias ‘Rablaci’.

Esta condena fue suspendida con la condición de que no delinquiese en el plazo de dos años y abonase, junto con los otros condenados, 75.000 euros en concepto de responsabilidad civil.

Ahora se enfrenta a una segunda causa en el marco del caso IVAM, en esta ocasión por haber adquirido obras de arte del escultor Gerardo Rueda que se consideran falsas.

También será juzgado el ex director financiero del museo Juan Carlos Lledó y José Luis Rueda, hijo adoptivo del escultor fallecido, por los mismos delitos continuados de prevaricación administrativa, falsedad documental y malversación de caudales públicos en su modalidad agravada.

Según relata el abogado de la Generalitat en su escrito de acusación, al que ha tenido acceso EFE, «de forma sorpresiva y enigmática, en 2007 (11 años después de la muerte de su padre) José Luis Rueda, obviando al albacea, protocoliza mediante instrumento público notarial una adición de herencia en la que dice haber encontrado unas 600 obras de arte valoradas en más de 21 millones de euros».

Un informe de la UDEF constata que muchas de estas obras miden más de 2 metros de altura, llegando incluso alguna hasta 10 metros, motivo por el cual se pregunta el letrado «¿Cómo pudieron permanecer olvidadas y/o perdidas 600 esculturas muchas de las cuales saltaban a la vista? ¿Dónde estaban almacenadas esculturas de 10 metros durante 11 años?».

«Curiosamente -añade-, 96 de las 98 obras adquiridas por el IVAM a José Luis Rueda figuran en dicha adición, 51 de las cuales no existían al tiempo de hacer la adición pues fueron ejecutadas con posterioridad a 2007″.

«Nos encontramos -remata- ante un nuevo ardid de José Luis Rueda para dar una falsa pátina de originalidad a las obras que transmitió al IVAM; y como en el resto de actuaciones se evidencia una omisión deliberada de la dirección del museo y de la subdirección de Gestión Económica, que jamás comprobaron la titularidad de las obras que el museo adquiría, cuando todos los indicios apuntaban que podían tratarse de obras no originales, de dudosa procedencia y de nulo interés para el IVAM».

De hecho, una de las obras que el hijo del escultor ofrece al IVAM como original en 2004 había sido donada al Reina Sofía de Madrid en 2002.

Tanto la Fiscalía como la Abogacía de la Generalitat reclaman para la acusada -ex alto cargo con los gobiernos del PP y esposa del exconseller Rafael Blasco, condenado por el caso Cooperación- seis años de cárcel y una multa de 144.000 euros.

De forma subsidiaria, el abogado de la Generalitat reclama que los tres acusados sean considerados autores de un delito de estafa.

Para Juan Carlos Lledó la fiscal reclama cinco años y medio de prisión y una multa de 63.000 euros y para José Luis Rueda una condena de cinco años.

En concepto de responsabilidad civil, la Fiscalía Anticorrupción reclama a los tres acusados una indemnización de 3.456.876 euros, que deberán abonar de forma solidaria y conjunta.

Esta cantidad se eleva hasta los 4.176.868 en el escrito de acusación que ha presentado la Abogacía de la Generalitat.

A lo largo de 25 sesiones -previsiblemente hasta el 14 de diciembre- se analizará el supuesto fraude perpetrado por la cúpula directiva del Instituto Valenciano de Arte Moderno mediante la compra, con cargo a los fondos públicos, de reproducciones de obras de Gerardo Rueda.

Esas creaciones fueron adquiridas a precio de obras de arte originales cuando, supuestamente, no lo eran.

El coste de las siete obras adquiridas por Consuelo Císcar al hijastro de Rueda asciende a 2.584.353 euros, y además de la compraventa se pactó, siempre según el escrito de acusación del fiscal, que el hijo de Rueda donaría al IVAM 77 obras del mismo artista condicionada a la entrega de 300 ejemplares del catálogo que debía editar el IVAM y la realización de dos exposiciones.

A ese coste para el erario público habría que sumar los 512.524 euros que pagó el IVAM a una fundación privada para fundir 44 de las obras, y el coste de los citados catálogos y exposiciones.

Jordi Ferrer

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Valencia

La celebración del Festival de les Arts y BigSound, en peligro por una sentencia judicial en València

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Festival de les Arts 2026
Imagen de un concierto en la Ciudad de las Artes de València - EUROPA PRESS

El juez ordena medidas contra la contaminación acústica en la Ciudad de las Artes y reconoce indemnizaciones a vecinos

La Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia número 8 de València ha estimado la demanda presentada por vecinos de dos edificios y ha ordenado al Ayuntamiento de la capital adoptar medidas para evitar que el ruido de discotecas y conciertos en la Ciudad de las Artes y las Ciencias vulnere derechos fundamentales.

La resolución judicial incluye la posibilidad de revocar autorizaciones o reubicar eventos y reconoce además el derecho de los vecinos a ser indemnizados por daño moral.

El Ayuntamiento vulneró derechos fundamentales, según la sentencia

Así lo señala el fallo, fechado el 24 de marzo, al que ha tenido acceso Europa Press. El magistrado declara que el Ayuntamiento de València ha vulnerado el derecho fundamental a la intimidad y a la integridad moral de los vecinos demandantes.

Los afectados residen en dos edificios de la avenida Profesor López Piñero, en las inmediaciones del recinto de CACSA, donde se celebran conciertos y eventos. El origen del proceso se remonta a una reclamación presentada en 2022.

Indemnización de 3.000 euros por daños morales

En la resolución, contra la que cabe recurso, el juez condena al consistorio a indemnizar con 3.000 euros a cada vecino demandante. Considera esta cantidad “proporcional” teniendo en cuenta el tiempo durante el que han sufrido las molestias.

El magistrado subraya que no es necesario aportar pruebas médicas para acreditar el daño moral, apoyándose en jurisprudencia consolidada:

  • La exposición continuada a ruido intenso genera daño moral
  • Provoca desasosiego, sufrimiento e incomodidad
  • Supone una merma en la calidad de vida

“El simple hecho de estar sometido de forma continuada a ruidos de ciertas características constituye un daño moral”, recoge la sentencia.

El control del ruido es competencia municipal

El fallo recuerda que corresponde al Ayuntamiento ejercer las inspecciones necesarias para garantizar que las actividades cumplen la normativa, en base a la Ley 7/2002 de la Generalitat sobre contaminación acústica.

Además, aclara que aunque ciertas actividades no requieran licencia previa, esto no elimina el control posterior:

  • El Ayuntamiento debe inspeccionar
  • Puede sancionar incumplimientos
  • Debe garantizar el respeto a la normativa acústica

“El hecho de que las actividades se desarrollen en ese entorno no implica que gocen de patente de corso en materia de contaminación acústica”, señala el magistrado.

“Ruidos insoportables” por conciertos y discotecas

Los vecinos denunciaron que los eventos celebrados en la Ciudad de las Artes y las Ciencias, como conciertos o la actividad de la terraza del Umbracle, generan niveles de ruido “insoportables”.

Según informes periciales:

  • Se registraron niveles de hasta 80 dBA
  • Se superaron los límites legales de 45 dBA nocturnos y 55 diurnos
  • Se detectaron molestias en festivales como Big Sound, Love the 90’s o Festival de les Arts

Estas mediciones evidencian, según los demandantes, una vulneración de los límites acústicos establecidos en la ordenanza municipal.

Falta de control municipal en la zona

El magistrado también critica la actuación del Ayuntamiento, señalando que los controles han sido “escasísimos”, deficientes e ineficaces.

Según recoge la sentencia:

  • No se han realizado mediciones adecuadas en viviendas
  • Se han ignorado numerosas quejas vecinales
  • La mayoría de actas se centran en el Umbracle, sin control sobre conciertos

Además, considera que el consistorio no ha demostrado haber adoptado medidas eficaces para proteger los derechos de los vecinos tras la reclamación.

Postura del Ayuntamiento y de la Generalitat

El Ayuntamiento defendió que no tenía competencia directa, alegando que la Generalitat declaró en 2006 de interés general la Ciudad de las Artes y las Ciencias, excluyendo ciertas actividades de licencia municipal.

También cuestionó los informes periciales al considerar que no medían el ruido de fondo sin actividad.

Por su parte, desde la Ciudad de las Artes y las Ciencias se ha indicado que la resolución corresponde al Ayuntamiento, mientras que el fiscal se opuso inicialmente a la demanda al no apreciar inactividad municipal suficiente.

El Ayuntamiento estudiará la sentencia

Fuentes municipales han confirmado que los servicios jurídicos del consistorio analizarán el fallo, que no es firme y puede ser recurrido.

Además, recuerdan que los hechos denunciados se remontan a 2018 y que la demanda se presentó en mayo de 2023, antes de la llegada de la actual corporación municipal.

Desde la Ciudad de las Artes y las Ciencias también han señalado que su departamento jurídico está valorando la sentencia.

Un fallo con impacto en el modelo de eventos en València

Esta sentencia puede tener consecuencias importantes en la celebración de conciertos, festivales y actividades en la Ciudad de las Artes y las Ciencias.

El fallo reabre el debate sobre:

  • La convivencia entre ocio y vecinos
  • El control del ruido en grandes eventos
  • El modelo de festivales urbanos en València

La posible reubicación o limitación de eventos marca un punto de inflexión en la gestión de la actividad cultural en la ciudad.

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