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Consum oferta 5.000 puestos de trabajo para contrataciones de refuerzo y sustituciones de vacaciones

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Consum oferta 5.000 puestos de trabajo de cara a las contrataciones de refuerzo para verano y sustitución de vacaciones del personal de sus más de 450 supermercados propios. Los puestos que se ofrecen son, mayoritariamente, para personal operativo de sus supermercados.

Se requiere titulación en ESO, una clara orientación al cliente, ganas de aprender y actitud para el trabajo en equipo. No es necesario experiencia previa, ya que se facilitará formación en el puesto. La temporada estival irá desde mayo hasta finales de septiembre. La Cooperativa informa de que actualmente se encuentran en pleno proceso de selección de personal. Para acceder a las ofertas los candidatos deben registrarse en https://www.consum.es/trabaja-en-consum/

Además, para hacer frente al aumento de la carga de trabajo que se ha producido por la crisis del coronavirus, Consum también ha reforzado su plantilla, mediante la ampliación de jornadas laborales, así como a través de la contratación de personal para las plataformas logísticas y los supermercados. En concreto, desde el pasado 13 de marzo, han sido un total de 2.605 contrataciones nuevas y 2.273 ampliaciones de jornada. Los perfiles que se han contratado han sido, mayoritariamente, vendedores de caja-reposición y vendedores de frescos.

Con estas iniciativas, la Cooperativa genera más de 7.600 nuevos puestos de trabajo.

Más seguridad y prevención
Consum ha instalado también mamparas de pie traseras en la línea de cajas de sus supermercados, que se suman a las delanteras que ya colocó el pasado 27 de marzo en toda su red comercial. El objetivo de esta nueva medida es dotar de protección al personal de caja en el caso de que haya más cajas abiertas que únicamente las alternas, protegiendo a los trabajadores por ambos lados cuando se restablezca el paso de clientes.

Además, como medida preventiva, a partir del 8 de mayo la Cooperativa va a comenzar a tomar la temperatura a todos sus trabajadores de supermercados, plataformas logísticas y sede a la entrada de su puesto de trabajo.

Hace una semana, Consum equipó a sus trabajadores de supermercados con gafas protectoras para incrementar su seguridad. Estas gafas protectoras se sumaron a las medidas de protección ya aplicadas por la Cooperativa desde que se inició la crisis, como el reparto de guantes, mascarillas y gel desinfectante, la instalación de mamparas de seguridad en la línea de cajas de todos sus supermercados, la apertura de cajas alternas para respetar la distancia de seguridad y el control del aforo en las tiendas para evitar aglomeraciones.

Consum también aprobó un montante de 3,8 millones de euros para gratificar a sus trabajadores de tiendas y plataformas logísticas, como compensación al gran esfuerzo y dedicación que está realizando la plantilla. Esta gratificación se abonó en la nómina de marzo y supuso unos 283 euros de media por persona.

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¿Qué son los festivos recuperables?

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¿Qué son los festivos recuperables?
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Los festivos recuperables son distintos a los días festivos que siempre los trabajadores esperan con ganas. Por ejemplo, el pasado 24 de junio, San Juan, estaba marcado en rojo en el calendario laboral de la Comunidad Valenciana. Sin embargo, muchas personas se encontraron con que, si querían disfrutar de este día libre, tenían la obligación de recuperarlo.

¿Qué quiere decir esto? Que no estamos ante un día festivo convencional, sino ante un día festivo recuperable, algo que ha generado muchas preguntas.

Desde GLM responden a todas las dudas.

¿Qué son los festivos recuperables?

Los días festivos recuperables son aquellos que tienen la condición de días laborables pero en los que la prestación de servicios correspondiente al mismo no se realiza ese día, sino que se reparte en el resto de días laborables del año.

Desde el punto de vista legislativo, esta figura está regulada en el Estatuto de los Trabajadores (artículo 37.2) y deja a empresas y trabajadores la negociación de cómo aplicarlo.

¿Cuál es la diferencia entre días festivos «normales» y días festivos recuperables?

Según esta definición, la diferencia es bastante clara: en los días festivos normales o estipulados no se trabaja, mientras que en los días festivos recuperables los trabajadores no están obligados a ir a trabajar, pero tendrán que recuperar esas horas si no lo hacen.

¿Por qué existen estos días? ¿Qué dice la ley sobre ellos?

En España, cada año natural deben reconocerse un total de 14 días festivos.

Algunos de ellos vienen determinados por el estado. Se trata de «festivos nacionales» como Año Nuevo (1 de enero), Viernes Santo, Día del Trabajo (1 de mayo), Festividad de Asunción de la Virgen (15 de agosto), Fiesta de la Hispanidad (12 de octubre), Día de Todos los Santos (1 de noviembre), Día de la Constitución Española (6 de diciembre), Día de la Inmaculada Concepción (8 de diciembre) y Día de Navidad (25 de diciembre).

Además, los gobiernos regionales pueden respetar o mover algunas festividades tradicionales como el Día de la Epifanía (6 de enero) y Jueves Santo, además de sustituir estas por otras como el Día de San José (19 de marzo) o el Día de Santiago (25 de julio).

Con el fin de cubrir el total de 14 festivos se permite que cada ayuntamiento elija, normalmente cuadrando con sus fiestas locales tradicionales, otros dos días de fiesta.

Una vez se ha pactado el calendario y en caso de que algún día festivo sea domingo, las comunidades autónomas pueden mover ese día no laboral al lunes más próximo, algo que es bastante habitual.

¿Ir o no ir a trabajar? Esa es la cuestión

Ambas decisiones tienen sus consecuencias y conviene conocerlas.

  • Si vas a trabajar:

En este caso, estarás acudiendo a tu puesto de trabajo durante un día festivo, por lo que es posible que tu convenio establezca alguna forma para compensar esas horas.

Aun así, es importante matizar que al trabajar en un festivo recuperable no se aplica el incremento por horas extras, ya que las horas de ese día no excederán la jornada anual pactada.

  • Si no vas a trabajar:

En este caso, tendrás que devolver las horas de ese día para cumplir con la jornada anual marcada por el convenio colectivo, y deberás pactar con tu empresa o con el representante de los trabajadores cómo y cuándo, teniendo en cuenta que:

  • Las horas deben devolverse dentro del mismo año natural.
  • El día de festivo no puede sustituirse por otro festivo o por un día de vacaciones. Esto quiere decir que debes recuperar las horas añadiendo tiempo de trabajo a tus días laborales normales, respetando siempre el límite de 9 horas diarias y las 12 horas de descanso entre jornadas.

 

Ir a trabajar en días festivos

¿Qué pasa si el día festivo recuperable estoy de vacaciones o es mi día libre? ¿La empresa debe darme un día extra de fiesta?

No. Si un día festivo recuperable coincide con tu día de descanso, con tus vacaciones o con un día de inactividad por cualquier otro motivo (por ejemplo, por estar de baja por enfermedad, por permiso de maternidad/paternidad, permiso por matrimonio, etc.) la empresa no está obligada en ningún caso a darte un día festivo adicional y, por tanto, tú tampoco deberás recuperar nada.

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