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Cuenta atrás para la finalización de la peatonalización de la Plaza del Ayuntamiento de València

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La vicealcaldesa y concejala de Desarrollo Urbano, Sandra Gómez, ha anunciado que en el mes de agosto está previsto que acaben los trabajos de recuperación del espacio público y peatonalización de dos de las principales plazas del centro de la ciudad, como son la plaza del Ayuntamiento y de San Agustín.

Así lo ha asegurado durante la visita a las obras de peatonalización de la Plaza de San Agustín que han arrancado esta semana y que durarán un mes. Sandra Gómez ha puesto en valor que se trata de “una intervención que beneficiará la actividad comercial de la Avenida del Oeste ya que amplía el espacio público para la ciudadanía y crea un espacio más amable en un enclave singular”.

El proyecto cuenta con un presupuesto alrededor de 70.000 euros, afecta a una superficie de unos 300 metros cuadrados de la plaza, situada entre las tres dársenas de la Empresa Municipal de Transportes (EMT), que sirven como distribuidoras de las líneas de autobuses, y la fachada de la iglesia de San Agustín. Gómez ha agradecido a la Marina de València la cesión de mobiliario y otros elementos cedidos, que han permitido abaratar costes.

DE DÁRSENA A PLAZA

Respecto al color del pavimento, la vicealcaldesa ha explicado que al tratarse de un entorno protegido se ha optado por integrarlo con la acera existente por lo que será del mismo tono gris que el actual. “Este espacio se convertirá en una plataforma peatonal única sin desniveles y de la misma tonalidad”, ha precisado y ha asegurado que “después de muchos años como dársena de autobuses, se transformará en una auténtica plaza donde poder sentarse y disfrutar de una de las entradas al centro histórico”.


Gómez ha precisado que “prácticamente no afectará al tránsito de vehículos”. “La circulación se desviará por la calle Huesca y, por lo tanto, no genera problemas de circulación, sino muy positiva tanto para el centro histórico como para ayudar a dinamizar el comercio de la zona”, ha valorado.

La edila ha precisado que” la crisis de la COVID-19 ha acelerado la recuperación de espacio público y en el caso de València está en la sintonía de consolidar la ciudad de plazas”. A este respecto, ha recordado que “el gobierno permite destinar parte del remanente a este tipo de intervenciones de urbanismo táctico”.

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Este es el límite para pagar en efectivo en España

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El límite para pagar efectivo en España viene acompañado de una advertencia de la Agencia Tributaria. Además es el medio de pago más utilizado en España, seguido por la tarjeta y los dispositivos móviles.

¿En qué consiste?

Hace un año que fue aprobada la Ley 11/2021, de 9 de julio como medida de prevención y lucha contra el fraude fiscal.

Esta norma determinó la limitación al uso de efectivo para determinadas operaciones económicas, disminuyendo el límite general de pagos en efectivo de 2.500 a 1.000 euros.

Pero en esta ley hay algunas excepciones que debemos conocer.

Límite para pagar en efectivo en España

Así, el límite varía si el domicilio fiscal está fijado fuera de España, multiplicándose por 10 el límite máximo.

La Ley recoge que no podrán pagarse en efectivo «las operaciones, en las que alguna de las partes intervinientes actúe en calidad de empresario o profesional, con un importe igual o superior a 1.000 euros o su contravalor en moneda extranjera».

Importe que se eleva hasta los 10.000 euros o su contravalor en moneda extranjera cuando el pagador sea una persona física que justifique que no tiene su domicilio fiscal en España y no actúe en calidad de empresario o profesional.»

¿Cuáles son los medios de pago?

Según explica la Agencia Tributaria, para calcular los importes, se suman todas las operaciones o pagos en que se haya podido fraccionar la entrega de bienes o la prestación de servicios, considerando medios de pago:

  • El papel moneda y la moneda metálica, nacionales o extranjeros.
  •  Los cheques bancarios al portador denominados en cualquier moneda.
  • Cualquier otro medio físico, incluidos los electrónicos, concebido para ser utilizado como medio de pago a la persona portadora.

Quienes intervengan en las operaciones que no puedan pagarse en efectivo deben conservar los justificantes del pago durante cinco años desde la fecha del pago, para poder acreditar que el pago se realizó a través de alguno de los medios de pago distintos al efectivo.

Esta limitación no se aplica a los pagos e ingresos realizados en entidades de crédito ni a las operaciones de cambio de moneda en efectivo realizadas por los establecimientos de cambio de moneda.

Sanciones por superar el límite de pagar en efectivo

El incumplimiento de las limitaciones a los pagos en efectivo constituye una infracción administrativa grave. Puede ser cometida tanto por las personas o entidades que paguen como por las que reciban total o parcialmente cantidades en efectivo incumpliendo la limitación establecida.

La base de la sanción será la cuantía pagada en efectivo en las operaciones de importe igual o superior a 1.000 euros o 10.000 euros (o su contravalor en moneda extranjera).

La sanción consistirá en una multa proporcional del 25 por ciento de la base de la sanción, contemplando una reducción del 50 por ciento del importe de la sanción si se cumplen determinadas condiciones.

 

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