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Qué derechos tienen los padres por el nacimiento de un hijo

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Repasamos qué derechos tienen los padres por el nacimiento de hijo y la conciliación familiar. El padre no puede disfrutar, por el momento, del permiso por nacimiento con anterioridad al parto, dado que este se inicia el mismo día en el que nace el hijo.

Los padres tienen derecho a solicitar otros permisos como la lactancia, la excedencia por nacimiento o la reducción de jornada por guarda legal.

Legálitas ahonda en el derecho de los padres a la prestación por nacimiento de un hijo y las opciones que tienen en materia de conciliación.

Asimismo, se explica si como padre es posible solicitar el permiso de lactancia o qué ocurre en el caso de parto múltiple o hijo prematuro.

Derechos de los padres por el nacimiento de un hijo

Prestación por nacimiento de hijo para los padres: ¿Cuál es su duración y cómo se puede disfrutar?

La duración de este permiso es de 16 semanas (ampliable en los supuestos de parto múltiple, discapacidad del hijo, parto prematuro u hospitalización superior a 7 días), aunque Legálitas recuerda que la forma de disfrutar este periodo difiere entre la madre biológica y el padre.

El progenitor distinto de la madre biológica debe disfrutar obligatoriamente de 6 semanas tras el parto a jornada completa y de forma ininterrumpida. Las 10 semanas restantes pueden disfrutarse a jornada completa o parcial, de forma ininterrumpida o en distintos períodos semanales hasta que el hijo/a cumpla 12 meses de edad.

En cambio, la madre biológica tiene derecho a disfrutar del mismo permiso por nacimiento, pero puede adelantar el disfrute, hasta un máximo de 4 semanas, antes de la fecha prevista del parto.

¿Los padres se pueden acoger al permiso por nacimiento de la madre si ella no puede disfrutarlo?

No. Se trata de un derecho individual de la persona trabajadora que, como señala la ley, su ejercicio no puede transferirse al otro progenitor.

A este respecto, Legálitas destaca que la norma establece un único supuesto excepcional, el caso de fallecimiento de la madre biológica. En este sentido, se establece que, con independencia de que la madre realizará o no algún trabajo, el otro progenitor tendrá derecho a la totalidad de 16 semanas de suspensión previstas para la madre biológica.

Si se trabaja por cuenta propia: ¿A qué permiso de prestación por nacimiento se tiene derecho?

En la actualidad, las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomos tienen derecho a la suspensión del contrato de trabajo por nacimiento de hijo y a percibir la correspondiente prestación, además de a una bonificación de cuotas, en los mismos términos que en el régimen general.

¿El padre puede solicitar el permiso de lactancia?

Sí. Legálitas señala que se trata de un derecho que pueden disfrutar ambos progenitores, adoptantes, guardadores o acogedores, con la excepción de que, si ambas personas pertenecen a la misma empresa y ejercen el derecho por el mismo descendiente, la empresa podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la compañía, que lo deberá comunicar por escrito.

Cuando ambos progenitores, adoptantes, guardadores o acogedores ejerzan este derecho con la misma duración y régimen, el periodo de disfrute podrá extenderse hasta que el lactante cumpla doce meses, con reducción proporcional del salario a partir del cumplimiento de los nueve meses. Es decir, en caso de ampliación de los 9 a los 12 meses del menor, esta ampliación no será retribuida.

¿Los padres tienen derecho a la reducción de jornada o excedencia por cuidado de hijos?

Sí. Desde la entrada en vigor del Real Decreto Ley de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación, que fomenta la corresponsabilidad en materia familiar, se establece que las personas trabajadoras, hombres y mujeres, tienen los mismos derechos, con la misma extensión, así, entre otros, en materia de cuidado de los menores.

De esta manera, Legálitas indica que se reconoce estos derechos como un «derecho individual de las personas trabajadoras» que pueden ejercer tanto hombres, como mujeres.

¿Qué requisitos se exigen para que el padre pueda acceder al subsidio en el sistema de la Seguridad Social?

Todas las personas, independientemente de que sean padres o madres, deben cumplir con los siguientes requisitos para el acceso a la prestación económica:

a) Estar de alta o situación asimilada al alta.

b) Un período mínimo de cotización atendiendo a la edad efectiva en la fecha del parto:

  • En los menores de 21 años no se exige período mínimo de cotización.
  • Personas de 21 años y menores de 26 años: 90 días cotizados dentro de los últimos 7 años anteriores al inicio del descanso o 180 días cotizados a lo largo de su vida laboral.
  • Con 26 años o más se pide 180 días cotizados en los últimos 7 años previos al inicio del descanso o 360 días cotizados a lo largo de su vida laboral.

c) Estar al corriente en el pago de cuotas.

¿Cuáles son los derechos de los padres en casos de partos múltiples o con hijos prematuros?

Legálitas expone que la prestación por nacimiento y el tiempo de suspensión de contrato se puede ampliar como consecuencia de que se produzcan partos múltiples, hijos prematuros, hospitalización del nacido (más de 7 días).

Concretamente, la duración de la prestación de ambos progenitores se puede ampliar de la siguiente manera:

  • Una semana para cada progenitor por cada hijo/a, a partir del segundo, en caso de nacimiento múltiple, y también en caso de discapacidad del hijo/a.
  • En los casos de parto prematuro y aquellos supuestos en los que el neonato deba permanecer hospitalizado tras el parto por un periodo superior a siete días, la prestación se podrá ampliar en tantos días como el nacido se encuentre hospitalizado, con un máximo de trece semanas adicionales.

Esta ampliación se podrá disfrutar por cada uno de los progenitores, a partir del alta hospitalaria. Asimismo, Legálitas recuerda que se excluyen de dicho cómputo las semanas de descanso obligatorio.

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Sánchez nombra a Milagros Tolón ministra de Educación y a Elma Saiz portavoz del Gobierno tras la salida de Pilar Alegría

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Elma Saiz, nueva portavoz del Gobierno

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha anunciado este lunes una remodelación puntual del Ejecutivo con el nombramiento de Milagros Tolón como nueva ministra de Educación, Formación Profesional y Deportes, y de Elma Sáiz como portavoz del Gobierno, cargo que compatibilizará con su actual responsabilidad al frente del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

Los cambios llegan tras la salida de Pilar Alegría, que deja el Ejecutivo para centrarse en su candidatura del PSOE a las elecciones autonómicas de Aragón, convocadas para el próximo 8 de febrero, y en un contexto marcado por el descalabro electoral del PSOE en Extremadura.

Una crisis de Gobierno limitada y estratégica

Tal y como se preveía, la crisis de Gobierno ha sido quirúrgica y se ha limitado exclusivamente a las carteras afectadas por la salida de Alegría. El traspaso de poderes se formalizará este mismo lunes, tras la toma de posesión de las nuevas ministras en el Palacio de La Zarzuela, ante el rey Felipe VI.

Antes de ese acto, Sánchez mantendrá su habitual reunión de coordinación de los lunes en La Moncloa con su núcleo más cercano y, posteriormente, analizará los resultados de las elecciones extremeñas en la ejecutiva federal del PSOE, convocada en la sede de Ferraz.

Este martes está prevista una foto de familia del renovado Consejo de Ministros en la escalinata de La Moncloa, tras la cual Elma Sáiz se estrenará como portavoz en su primera comparecencia ante los medios de comunicación.

El trasfondo político: el golpe electoral en Extremadura

La remodelación se produce tras un resultado electoral especialmente adverso para el PSOE en Extremadura, un escenario que en el partido se asumía como negativo, aunque no con la magnitud finalmente registrada. El objetivo del presidente es transmitir que la legislatura continúa y que el Gobierno mantiene la iniciativa política en un calendario que anticipa un 2026 cargado de citas electorales, con elecciones en Aragón, Castilla y León y Andalucía.

En este contexto, la salida de Pilar Alegría se había dado prácticamente por descontada desde que el presidente de Aragón, Jorge Azcón, anunciara el adelanto electoral.

El perfil de Milagros Tolón al frente de Educación

Milagros Tolón, hasta ahora delegada del Gobierno en Castilla-La Mancha, asume una cartera clave en un momento de especial sensibilidad política y territorial. Pedro Sánchez ha destacado su experiencia en todos los niveles de la administración, subrayando su trayectoria como primera mujer alcaldesa de Toledo, diputada autonómica y representante del Gobierno central en Castilla-La Mancha.

El presidente ha señalado que este bagaje resulta fundamental para un ministerio en el que todas las administraciones tienen competencias, como es el de Educación, Formación Profesional y Deportes, y ha puesto en valor su capacidad de diálogo para afrontar los retos del sistema educativo.

Milagros Tolón, nueva ministra de Educación

Elma Sáiz, nueva voz del Gobierno

Elma Sáiz asumirá la portavocía del Ejecutivo en un momento político de alta intensidad, marcado por el calendario electoral y la necesidad de reforzar el mensaje de estabilidad del Gobierno. El presidente ha destacado su gestión al frente del Ministerio de Inclusión y Seguridad Social, subrayando que bajo su responsabilidad España se aproxima a los 22 millones de cotizantes, uno de los principales argumentos económicos del Ejecutivo para encarar la segunda mitad de la legislatura.

Con estos cambios, el Gobierno busca pasar página del revés electoral en Extremadura y afrontar los próximos meses con un equipo renovado en dos puestos clave para la acción política y la comunicación institucional.

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