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Desestimados los recursos de Crespo y ‘El Bigotes, condenados por Gürtel, y seguirán en prisión provisional

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La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha desestimado los recursos de súplica interpuestos por Pablo Crespo y Álvaro Pérez contra la prisión provisional que acordó la Sala tras ser condenados a 13 años y 3 meses de prisión y 12 años y tres meses de prisión.

El Tribunal les consideró culpables de los delitos de asociación ilícita, tráfico de influencias, malversación, falsedad y cohecho en el caso Gürtel por las adjudicaciones irregulares de la Generalitat Valenciana al grupo Correa para el montaje del expositor de la Comunidad en Fitur en las ediciones de 2005 a 2009.

Tras la sentencia, la Sala de lo Civil y Penal acordó prisión provisional comunicada y sin fianza para los dos condenados, sin esperar a que el Supremo resuelva los recursos interpuestos. El Tribunal tomó esta decisión conforme al criterio de la Fiscalía Anticorrupción, al apreciar riesgo de fuga por la gravedad de las condenas y por los otros procedimientos en los que están incursos.

Los magistrados consideran que persisten los motivos por los que se acordó la prisión provisional en febrero y rechazan la comparación que Crespo y Pérez hacen de su situación con la de otros condenados en casos mediáticos como Iñaki Urdangarín en el “caso Noos”, Rodrigo Rato y Miguel Blesa en el caso de las tarjetas black o el conocido como Madoff español.

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Facebook cierra un grupo de 32.000 usuarios en Italia por difundir fotos íntimas sin consentimiento

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Meta ha cerrado un grupo de Facebook con más de 32.000 usuarios en el que se compartían imágenes íntimas de mujeres, muchas de ellas tomadas sin su consentimiento.

El grupo, llamado “Mia Moglie” (“Mi esposa”, en italiano), llevaba más de siete años activo, publicando fotos y comentarios de carácter sexista y misógino.

Facebook elimina un grupo que compartía imágenes íntimas sin consentimiento

Según ha explicado un portavoz de Meta a EFE, el grupo fue eliminado por infringir la normativa de la plataforma contra la explotación sexual de adultos:

“No permitimos contenidos que promocionen la violencia, los abusos o la explotación sexual. Si detectamos publicaciones que inciten a la violación o difundan material íntimo sin consentimiento, deshabilitamos grupos y cuentas y compartimos la información con las fuerzas de seguridad”.

El grupo, con 31.885 miembros, compartía fotos de mujeres en momentos privados, en ocasiones tomadas por sus propias parejas para difundirlas en el foro y comentarlas con otros usuarios. Parte del material estaba además generado con Inteligencia Artificial, lo que agrava la situación al simular escenas íntimas sin consentimiento.

Denuncias que provocaron el cierre del grupo

El caso salió a la luz gracias a la denuncia de la organización No Justice No Peace y de la escritora Carolina Capria, quien expuso el caso en su cuenta de Instagram.

Capria explicó:

“Me han informado de un grupo de Facebook con 32.000 usuarios en el que algunos hombres intercambian fotos íntimas de sus propias esposas para comentarlas y fantasear sexualmente. Mujeres que muchas veces ni siquiera saben que son fotografiadas, siendo sometidas a una especie de violación virtual”.

En apenas 48 horas, las denuncias se viralizaron en Italia, con críticas masivas desde la ciudadanía, asociaciones y figuras políticas, que presionaron a Meta hasta conseguir el cierre del grupo.

Reacciones políticas en Italia

El caso ha tenido eco en la política italiana. El Partido Demócrata (PD) denunció públicamente este tipo de violencia digital.

Roberta Mori, portavoz nacional de la Conferencia de Mujeres Democráticas, declaró:

“Alentar, tolerar o minimizar estas formas de violencia digital significa ser cómplice de una cultura de la violación que lleva siglos afectando a mujeres y niñas. La responsabilidad es individual, pero también colectiva cuando se difunden imágenes sin consentimiento”.

El marco legal: “Revenge porn” en Italia

En Italia, la difusión no consentida de imágenes sexuales explícitas se castiga bajo el delito de “revenge porn” recogido en el artículo 612-ter del Código Penal.

La norma establece que cualquier persona que publique, difunda o comparta imágenes privadas sin consentimiento puede enfrentarse a penas de prisión de 1 a 6 años y multas de entre 5.000 y 15.000 euros, salvo que el hecho constituya un delito más grave.

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