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Detenido en Xeraco el hombre huido tras incendiar el piso de su expareja en Albal

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VALÈNCIA, 2 May. (EUROPA PRESS) –

Agentes de la Guardia Civil han detenido en Xeraco (Valencia) al hombre que estaba siendo buscado desde el pasado domingo como presunto autor del incendio y explosión en el piso de su expareja en la localidad valenciana de Albal, según han confirmado a Europa Press fuentes del instituto armado.

Al detenido, de unos 48 años, se le imputan los delitos de quebrantamiento de medida cautelar e incendio, según las mismas fuentes, que no han concretado detalles de dónde se encontraba el huido, sobre el que pesaba una orden de alejamiento de su expareja ni cómo se ha llevado a cabo el arresto. La mujer no estaba en el momento del incendio en la casa.

El fuego se declaró sobre las 16.30 horas del domingo en un piso de una vivienda de la calle Acequia de Favara en Albal, en el que residía la mujer junto a sus dos hijos que en el momento de la explosión no se encontraban en el domicilio.

La pareja estaba en trámites de separación y ella presuntamente había recibido amenazas de él, según informaron entonces fuentes de la investigación. Momentos antes de la explosión, testigos declararon que vieron al hombre por la zona, pese a contar con una orden de alejamiento que le impedía acercarse a ella.

El incendio no causó heridos, pero sí afectó a parte de la vivienda y a otras colindantes, así como a varios vehículos que estaban aparcados en la calle, según informaron Bomberos del Consorcio Provincial de Valencia. De hecho, según el alcalde, Ramón Marí, la mayoría de los vecinos no durmieron esa noche en sus casas porque el edificio necesitaba ser ventilado y a los residentes del inmueble superior se les ofreció un hotel para la noche siguiente.

INVESTIGADO POR MALTRATO PSÍQUICO
El Juzgado de Instrucción número 3 de Catarroja (Valencia), con competencias en materia de Violencia Sobre la Mujer, investigaba al ahora detenido por un delito de malos tratos psíquicos habituales, según informó el Tribunal Superior de Justicia.

El pasado 28 de marzo el hombre fue puesto a disposición del juzgado para la celebración de un juicio rápido por esos malos tratos, aunque la vista no llegó a celebrarse porque las partes solicitaron la práctica de más diligencias.

El juzgado las acordó y dictó una orden de protección con medidas civiles y penales, entre estas últimas, la imposición al supuesto maltratador de una orden de alejamiento. El Juzgado ha citado a varios testigos, que deberán comparecer próximamente, según las mismas fuentes.

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¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

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Qué precios suben y cuáles bajan en 2026: la lista completa
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La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


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