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Educación cataloga con el requisito de valenciano puestos docentes en enseñanzas de régimen especial

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VALÈNCIA, 24 Ago. (EUROPA PRESS) – La Conselleria de Educación ha publicado este viernes la orden por la que se regula la catalogación con el requisito lingüístico de valenciano de los puestos de trabajo docentes del cuerpo de profesores y catedráticos de música y artes escénicas, maestros de taller, profesores y catedráticos de artes plásticas y diseño y profesores y catedráticos de EOI en centros docentes públicos. Establece un periodo transitorio de cuatro años para obtener las titulaciones necesarias.

El texto publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) indica que se catalogan así con el requisito los puestos que faltaban y señala que por las especiales características del personal contratado especialista y, en particular, por la inexigibilidad de titulación alguna en la selección del mismo, «no resulta procedente establecer para dicho personal el requisito o capacitación lingüística», aunque se valorará como mérito preferente.

La acreditación del conocimiento o capacitación lingüística que faculta para la enseñanza en valenciano se exigirá en el desempeño de alguno de los puestos ya citados adjudicados por cualquiera de los sistemas de provisión legal o reglamentariamente establecidos, y los nombramientos de personal funcionario interino y la contratación de personal laboral temporal.

Excepcionalmente y de manera justificada, en defecto de personal que reúna los requisitos que facultan para la enseñanza en valenciano según los procedimientos legalmente establecidos, para cumplir con el derecho a la educación del alumnado se autoriza a proveer los puestos de trabajo con carácter no definitivo con el personal que no acredite dichos requisitos. Este tipo de provisión no permitirá mantener la excepción de la exigencia del requisito o capacitación una vez finalizada la ocupación del puesto.

La orden establece un periodo transitorio para cumplir el requisito lingüístico y señala que los funcionarios de los cuerpos docentes afectados por la presente norma que no lo reúnan tendrán un plazo de cuatro años para acreditarlo a contar desde la entrada en vigor de la presente norma.

Las personas interesadas que participen en procedimientos de provisión cuyos efectos hayan de desplegarse a partir del 1 de septiembre de 2022 deberán acreditar el requisito lingüístico en el plazo previo que establezca la respectiva convocatoria.

Finalizado el periodo transitorio, los funcionarios de carrera afectados por la presente norma con destino definitivo que no reúnan el requisito podrán permanecer en sus destinos definitivos y su derecho a la movilidad quedará circunscrito a puestos de centros docentes públicos de localidades de predominio lingüístico castellano.

Los funcionarios de carrera sin destino definitivo que no reúnan el requisito lingüístico tendrán circunscrito el derecho a la movilidad a puestos de centros docentes públicos en localidades de predominio lingüístico castellano.

Los integrantes de las bolsas de trabajo de profesores y catedráticos de música y artes escénicas, maestros de taller, profesores y catedráticos de artes plásticas y diseño y profesores y catedráticos de EOI que no reúnan el citado requisito, quedarán desactivados de la correspondiente bolsa.

Durante este periodo transitorio de cuatro años la Conselleria de Educación pondrá en marcha acciones extraordinarias de formación para que el personal afectado por esta disposición pueda obtener el requisito lingüístico de valenciano.

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Zarzuela considera que el Rey emérito debería recuperar su residencia fiscal en España si regresa

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rey Juan Carlos Le Figaro

La Casa del Rey vincula el regreso a la residencia fiscal

La Casa de S.M. el Rey considera que el Juan Carlos I puede regresar a vivir a España cuando lo estime oportuno. No obstante, en el entorno de Zarzuela entienden que, si el monarca emérito desea salvaguardar su imagen pública y la de la institución, debería también recuperar su residencia fiscal en territorio español.

Según esta posición, el eventual retorno no estaría condicionado jurídicamente, pero sí tendría implicaciones reputacionales para la Corona.

Un debate ligado a la imagen de la institución

Desde la Casa del Rey subrayan la importancia de preservar la estabilidad y la credibilidad de la monarquía parlamentaria. En ese contexto, la situación fiscal del emérito es vista como un elemento relevante en términos de percepción pública.

El debate se enmarca en la voluntad de reforzar la transparencia institucional y evitar cualquier controversia que pueda afectar a la figura del actual jefe del Estado, Felipe VI.

Residencia en el extranjero y posible regreso

Juan Carlos I fijó su residencia fuera de España en 2020. Desde entonces, ha realizado visitas puntuales al país, pero sin establecer de nuevo su residencia permanente.

La posibilidad de un regreso definitivo ha sido objeto de especulación en diversas ocasiones. Sin embargo, fuentes cercanas a la institución insisten en que cualquier decisión debería tener en cuenta no solo el plano personal, sino también el impacto institucional.

La prioridad: proteger la Corona

La postura trasladada desde Zarzuela apunta a que, más allá del derecho individual del Rey emérito a regresar, la prioridad es proteger la imagen de la Corona y garantizar la coherencia entre residencia efectiva y fiscal.

En un contexto de máxima atención pública sobre la monarquía, cualquier paso relacionado con Juan Carlos I continúa generando interés político y mediático.

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