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Educación convoca las ayudas del bono infantil que se incrementan para los niños de 2 a 3 años

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beneficiarios cheque escolar en Valencia

VALÈNCIA, 13 Jun. (EUROPA PRESS) – La Conselleria de Educación ha publicado en el DOGV las ayudas del bono infantil adscritas a familias que escolaricen a sus hijos e hijas de 0 a 3 años en escuelas infantiles de titularidad privada y de los tramos 0-1 y 1-2 de las escuelas infantiles municipales, según ha informado la Generalitat en un comunicado.

Como novedad, para el próximo curso se ha realizado un aumento de los mínimos y máximos de ayuda para el tramo de 2 a 3 años. El importe mínimo mensual será de 90 euros, cuando hasta ahora era de 80 euros; y el importe máximo será de 180 euros, mientras que hasta ahora era de 140 euros.

En total, Educación destina un total de 55,5 millones en ayudas económicas para el bono infantil, lo que supone un incremento del 20,6% del presupuesto con respecto al curso 2018-2019.

El beneficiario de esta subvención será el alumnado de 0 a 3 años matriculado en centros privados de primer ciclo de Educación Infantil, así como el alumnado de 0-1 y 0-2 años matriculado en escuelas municipales valencianas, para el curso 2019-2020. El alumnado deberá haber nacido o estar previsto que nazca con anterioridad al 31 de diciembre de 2019.

El alumnado del tramo 2-3 años de las escuelas infantiles municipales cuenta con aulas gratuitas desde el curso 2018-2019, al igual que las escuelas infantiles de la GVA en el tramo 0-3 y las aulas de 2 años establecidas en centros educativos de Infantil y Primaria.

SOLICITUDES
Las familias del alumnado de 0 a 3 años matriculado en centros de primer ciclo de Educación Infantil privados 0-3 y de 0 a 2 años matriculado en escuelas infantiles municipales disponen de 10 días hábiles para presentar su solicitud.

Las familias que soliciten la ayuda deberán firmar las solicitudes manualmente y entregarlas, junto con la documentación requerida, al centro en que esté matriculado el alumno.

Por su parte, aquellos solicitantes que ya se han beneficiado del bono infantil en cursos anteriores solo deberán entregar la solicitud. No obstante, en los casos en que la situación familiar haya variado con respecto al curso anterior, también se deberá entregar la documentación preceptiva.

Educación tendrá en cuenta la renta familiar como principal criterio para la concesión de las ayudas. El importe de la ayuda que corresponda a cada familia se determinará en función de la renta per cápita familiar del ejercicio 2017.

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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