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Educación convoca las becas comedor para el próximo curso escolar con relevantes novedades
Publicado
hace 8 añosen
La Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte ha publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) la resolución por la que se convocan las becas de comedor escolar en los centros educativos sostenidos con fondos públicos para el curso escolar 2018-2019. Educación destinará un total de 71.850.000 euros para el próximo curso escolar, es decir, 3,7 millones de euros más que el curso 2017-2018, lo que supone un incremento del 5,5%.
Según el conseller de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, Vicent Marzà, «trabajar para las personas es priorizar servicios como las becas de comedor en los centros educativos. En tres cursos hemos aumentado el presupuesto para estas ayudas en casi 20 millones de euros, y hemos pasado de los 52 millones de 2015-2016 a los casi 72 para el próximo curso, es decir, un incremento del 38 %. Durante este tiempo el aumento de alumnado beneficiario ha pasado de los 95.000 de 2015-2016 a los 121.000 niños y niñas beneficiarios del actual curso escolar. Con el nuevo aumento económico para el próximo curso, habrá aún más beneficiarios de beca comedor».
Cabe recordar que el presupuesto para las becas comedor ha ido en ascenso desde el curso 2015-2016 en el que el presupuesto estaba fijado en 52 millones de euros. En el curso 2016-2017 se llegó a los 63,9 millones de euros. En este curso 2017-2018 la cifra ha ascendido a 68 millones de euros, y ahora se aumenta hasta llegar a los casi 72 millones de euros para el próximo curso escolar.
Como principal novedad para el próximo curso, Educación incluye como beneficiario directo de comedor escolar al alumnado destinatario de la renta valenciana de inclusión, ya que la Ley 19/2017, de 20 de diciembre, de la Generalitat, establece como complemento de dicha renta el acceso directo a las becas de comedor escolar.
Para la solicitud de estas ayudas, las familias que recibieron la beca el pasado curso y que mantengan las mismas condiciones tan solo deberán confirmar un borrador de solicitud con los datos que obran en poder de la Administración, y que deberán solicitar en el centro donde estén escolarizados sus hijos. De esta manera, tan solo se tendrá que confirmar el borrador de solicitud a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria.
El alumnado que no solicitó beca el pasado año deberá presentar tanto la solicitud como la documentación acreditativa que se requiera en el centro donde estará matriculado, desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el DOGV y hasta la finalización del período de matrícula si continúa en el mismo centro, o bien durante el periodo de formalización de matrícula en el caso de que cambie de centro educativo.
Estas ayudas permiten sufragar durante el curso 2018-2019 el total o una parte del coste del servicio de comedor escolar del alumnado escolarizado en centros educativos no universitarios de titularidad de la Generalitat, privados concertados o de titularidad pública diferente de la Generalitat que disponen de este servicio complementario.
Alumnado beneficiario
En concreto, podrá solicitar las ayudas el alumnado escolarizado en segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria o Educación Secundaria; el alumnado de los centros específicos de Educación Especial de titularidad de la Generalitat, y el alumnado de tercer nivel de Educación Infantil de primer ciclo de los centros que participan en el proyecto experimental de incorporación del nivel educativo de 2 a 3 años en colegios de Educación Infantil y Primaria de titularidad de la Generalitat.
La resolución establece el umbral máximo de renta para poder solicitar las ayudas, que para una familia de cuatro miembros queda establecido en 38.831 euros anuales, teniendo en cuenta la renta de 2017. Asimismo, fija la baremación aplicable en función de la renta familiar anual disponible per cápita, que va desde los 20 puntos para una renta per cápita de hasta 393 euros, a 1 punto por una renta per cápita de más de 7.467 euros.
También se valorarán las circunstancias sociofamiliares especiales del alumnado, por lo que se concederán hasta un total de 2 puntos por ser alumnado de centros de acción educativa singular; por la situación de desempleo del padre o madre o tutores; por condición de persona refugiada; hijos de familias monoparentales y familias numerosas; diversidad funcional de algún miembro de la familia igual o superior al 33 %; condición de persona toxicómana, alcohólica o reclusa del padre, madre o tutores, y por ser huérfano absoluto.
En cuanto a la cuantía de las ayudas, el alumnado beneficiario percibirá hasta 4,25 euros diarios en el caso de que curse Educación Infantil, Educación Primaria y ESO; hasta 5,44 euros en el caso de alumnado de Educación Especial, y hasta 12,25 euros para escolarizados en escuelas-hogar.
Beneficiarios directos
Se considerará beneficiario directo de la ayuda, y por lo tanto recibirá el importe máximo, por primera vez el alumnado de la renta valenciana de inclusión, así como el alumnado de segundo ciclo de Educación Infantil, así como el de Educación Primaria o Educación Secundaria Obligatoria que haya sido escolarizado obligatoriamente en un centro de un municipio diferente al de su residencia por no existir en este oferta educativa.
También será beneficiario directo el alumnado escolarizado en centros específicos de Educación Especial de titularidad de la Generalitat o en aulas específicas de Educación Especial en centros ordinarios de titularidad de la Generalitat, privados concertados o de titularidad pública diferente de la Generalitat, así como aquellos que se encuentren en situación de acogida familiar o residencial, así como los hijos o las hijas de familias acogedoras, los hijos y las hijas de víctimas de violencia de género y las víctimas del terrorismo.
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¿Pueden multarte por no llevar la baliza V16 en Navidad?
Publicado
hace 13 horasen
19 diciembre, 2025
Tráfico priorizará la información a los conductores durante las fiestas antes de imponer multas por no usar la señal luminosa V16
A pocos días de la Navidad y con millones de desplazamientos previstos por carretera, muchos conductores se preguntan si pueden ser multados por no llevar la baliza V16, el nuevo dispositivo luminoso que sustituirá definitivamente a los triángulos de emergencia. La respuesta, al menos durante estas fechas, es tranquilizadora: la Guardia Civil de Tráfico aplicará un criterio flexible y dará prioridad a la información frente a la sanción.
Aunque la obligación legal de portar la baliza V16 entrará en vigor el 1 de enero de 2026, la Agrupación de Tráfico ha anunciado que durante el periodo navideño los agentes no sancionarán de forma inmediata a los conductores que no utilicen este dispositivo en caso de avería o accidente. El objetivo es facilitar una transición progresiva y evitar confusión entre los usuarios de la vía.
Qué es la baliza V16 y por qué será obligatoria
La baliza V16 es una señal luminosa de emergencia con luz destellante y conectividad, diseñada para colocarse en el techo del vehículo sin necesidad de salir al arcén. Su función principal es señalizar un vehículo detenido y enviar automáticamente su ubicación a los sistemas de tráfico, reduciendo así el riesgo de atropellos.
Este nuevo sistema sustituirá por completo a los triángulos reflectantes, cuyo uso ha estado relacionado con numerosos accidentes mortales. Según datos de Tráfico, entre 25 y 30 personas fallecen cada año tras bajar del vehículo para colocar la señalización tradicional.
¿Qué vehículos están obligados a llevar la baliza V16?
De acuerdo con el Reglamento General de Vehículos, deberán llevar obligatoriamente la baliza V16:
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Turismos
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Furgonetas
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Autobuses
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Camiones
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Vehículos mixtos
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Conjuntos de vehículos no especiales
En el caso de las motocicletas, su uso no es obligatorio, aunque la DGT recomienda encarecidamente llevarla por motivos de seguridad.
Multa por no llevar la baliza V16: importe y criterios
La sanción por no portar la baliza V16 está considerada infracción leve y conlleva una multa de hasta 80 euros, la misma cuantía que por no llevar los triángulos de preseñalización. Con pronto pago, la sanción se reduce a 40 euros.
No obstante, el jefe provincial de Tráfico de Madrid, Cristóbal Cremades, ha subrayado que el enfoque inicial será pedagógico. “No se trata de multar, sino de hacer un uso razonable de la nueva tecnología. Primero informaremos y, pasado un tiempo, si no se cumple la obligación, habrá que sancionar”, explicó.
Cremades también reconoció que el mercado puede estar “saturado” en los primeros días, pero confió en que “poco a poco, como siempre, la sociedad española cumplirá con esta obligación legal”.
Un cambio pensado para salvar vidas
Desde Tráfico insisten en que la implantación de la baliza V16 no tiene un fin recaudatorio, sino mejorar la seguridad vial. Gracias a su conectividad, estos dispositivos permitirán que la presencia de un vehículo averiado aparezca en los navegadores y paneles de información, alertando al resto de conductores con antelación.
“Los triángulos han cumplido su función durante muchos años, pero ahora se sustituyen por un sistema más seguro. La efectividad de la baliza V16 se verá con el tiempo”, concluyó Cremades.
🔸 Qué balizas V16 son legales según la DGT
Solo las balizas homologadas y conectadas podrán utilizarse desde 2026. Estos dispositivos deben disponer de un certificado de ensayo, donde se indique el laboratorio que realizó las pruebas y su número de informe. Además, deben garantizar una autonomía mínima de 18 meses y estar siempre guardadas en el interior del vehículo, preferiblemente en la guantera.
La DGT mantiene publicada una lista oficial de modelos homologados, que incluyen conexión automática con la plataforma DGT 3.0, permitiendo localizar en tiempo real cualquier vehículo inmovilizado en la vía.
Según Ana Blanco, subdirectora de Circulación de la DGT,
“La baliza V16 conectada es el mejor ejemplo de cómo la conectividad puede salvar vidas en carretera”.
🔸 Por qué las balizas antiguas dejarán de ser válidas
Muchas tiendas aún comercializan balizas sin conexión, etiquetadas como “homologadas por la DGT”, pero estas quedarán obsoletas el 31 de diciembre de 2025. Su uso tras esa fecha supondrá una infracción leve, sancionada con 200 euros, ya que no transmitirán la ubicación del vehículo a la red de alertas de tráfico, incrementando el riesgo de accidente.
🔸 Cómo reconocer una baliza V16 legal
Antes de comprar una baliza, la DGT recomienda verificar que esté incluida en el listado oficial y que indique expresamente la conectividad DGT 3.0 o tecnología IoT. También conviene desconfiar de precios demasiado bajos o de productos sin número de informe visible en el envase.
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