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Educación convoca las becas comedor para el próximo curso escolar con relevantes novedades
Publicado
hace 8 añosen
La Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte ha publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) la resolución por la que se convocan las becas de comedor escolar en los centros educativos sostenidos con fondos públicos para el curso escolar 2018-2019. Educación destinará un total de 71.850.000 euros para el próximo curso escolar, es decir, 3,7 millones de euros más que el curso 2017-2018, lo que supone un incremento del 5,5%.
Según el conseller de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, Vicent Marzà, «trabajar para las personas es priorizar servicios como las becas de comedor en los centros educativos. En tres cursos hemos aumentado el presupuesto para estas ayudas en casi 20 millones de euros, y hemos pasado de los 52 millones de 2015-2016 a los casi 72 para el próximo curso, es decir, un incremento del 38 %. Durante este tiempo el aumento de alumnado beneficiario ha pasado de los 95.000 de 2015-2016 a los 121.000 niños y niñas beneficiarios del actual curso escolar. Con el nuevo aumento económico para el próximo curso, habrá aún más beneficiarios de beca comedor».
Cabe recordar que el presupuesto para las becas comedor ha ido en ascenso desde el curso 2015-2016 en el que el presupuesto estaba fijado en 52 millones de euros. En el curso 2016-2017 se llegó a los 63,9 millones de euros. En este curso 2017-2018 la cifra ha ascendido a 68 millones de euros, y ahora se aumenta hasta llegar a los casi 72 millones de euros para el próximo curso escolar.
Como principal novedad para el próximo curso, Educación incluye como beneficiario directo de comedor escolar al alumnado destinatario de la renta valenciana de inclusión, ya que la Ley 19/2017, de 20 de diciembre, de la Generalitat, establece como complemento de dicha renta el acceso directo a las becas de comedor escolar.
Para la solicitud de estas ayudas, las familias que recibieron la beca el pasado curso y que mantengan las mismas condiciones tan solo deberán confirmar un borrador de solicitud con los datos que obran en poder de la Administración, y que deberán solicitar en el centro donde estén escolarizados sus hijos. De esta manera, tan solo se tendrá que confirmar el borrador de solicitud a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria.
El alumnado que no solicitó beca el pasado año deberá presentar tanto la solicitud como la documentación acreditativa que se requiera en el centro donde estará matriculado, desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el DOGV y hasta la finalización del período de matrícula si continúa en el mismo centro, o bien durante el periodo de formalización de matrícula en el caso de que cambie de centro educativo.
Estas ayudas permiten sufragar durante el curso 2018-2019 el total o una parte del coste del servicio de comedor escolar del alumnado escolarizado en centros educativos no universitarios de titularidad de la Generalitat, privados concertados o de titularidad pública diferente de la Generalitat que disponen de este servicio complementario.
Alumnado beneficiario
En concreto, podrá solicitar las ayudas el alumnado escolarizado en segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria o Educación Secundaria; el alumnado de los centros específicos de Educación Especial de titularidad de la Generalitat, y el alumnado de tercer nivel de Educación Infantil de primer ciclo de los centros que participan en el proyecto experimental de incorporación del nivel educativo de 2 a 3 años en colegios de Educación Infantil y Primaria de titularidad de la Generalitat.
La resolución establece el umbral máximo de renta para poder solicitar las ayudas, que para una familia de cuatro miembros queda establecido en 38.831 euros anuales, teniendo en cuenta la renta de 2017. Asimismo, fija la baremación aplicable en función de la renta familiar anual disponible per cápita, que va desde los 20 puntos para una renta per cápita de hasta 393 euros, a 1 punto por una renta per cápita de más de 7.467 euros.
También se valorarán las circunstancias sociofamiliares especiales del alumnado, por lo que se concederán hasta un total de 2 puntos por ser alumnado de centros de acción educativa singular; por la situación de desempleo del padre o madre o tutores; por condición de persona refugiada; hijos de familias monoparentales y familias numerosas; diversidad funcional de algún miembro de la familia igual o superior al 33 %; condición de persona toxicómana, alcohólica o reclusa del padre, madre o tutores, y por ser huérfano absoluto.
En cuanto a la cuantía de las ayudas, el alumnado beneficiario percibirá hasta 4,25 euros diarios en el caso de que curse Educación Infantil, Educación Primaria y ESO; hasta 5,44 euros en el caso de alumnado de Educación Especial, y hasta 12,25 euros para escolarizados en escuelas-hogar.
Beneficiarios directos
Se considerará beneficiario directo de la ayuda, y por lo tanto recibirá el importe máximo, por primera vez el alumnado de la renta valenciana de inclusión, así como el alumnado de segundo ciclo de Educación Infantil, así como el de Educación Primaria o Educación Secundaria Obligatoria que haya sido escolarizado obligatoriamente en un centro de un municipio diferente al de su residencia por no existir en este oferta educativa.
También será beneficiario directo el alumnado escolarizado en centros específicos de Educación Especial de titularidad de la Generalitat o en aulas específicas de Educación Especial en centros ordinarios de titularidad de la Generalitat, privados concertados o de titularidad pública diferente de la Generalitat, así como aquellos que se encuentren en situación de acogida familiar o residencial, así como los hijos o las hijas de familias acogedoras, los hijos y las hijas de víctimas de violencia de género y las víctimas del terrorismo.
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Qué gastos se pueden deducir los autónomos en la Renta y cuáles no según Hacienda
Publicado
hace 2 horasen
3 abril, 2026
La campaña de la declaración de la Renta 2025 arranca el próximo 8 de abril y, como cada año, miles de trabajadores autónomos en España revisan qué gastos pueden deducirse para optimizar su factura fiscal.
Sin embargo, no todo vale. Tal y como recuerda la Agencia Tributaria, no basta con que un gasto esté relacionado de forma general con la actividad profesional: debe cumplir requisitos estrictos para poder incluirse en la declaración.
Qué exige Hacienda para deducir un gasto
Según los criterios oficiales de la Agencia Tributaria, un gasto solo es deducible si cumple tres condiciones fundamentales:
- Está vinculado directamente a la actividad económica
- Puede justificarse documentalmente (factura o recibo)
- Está correctamente registrado en la contabilidad
Además, Hacienda advierte de que no basta con presentar una factura: el autónomo debe poder demostrar que el gasto es real y necesario para generar ingresos.
Este criterio ha sido reforzado en diversas consultas vinculantes de la Dirección General de Tributos, que inciden en la necesidad de acreditar la correlación entre ingresos y gastos.
Gastos que sí se pueden deducir en la Renta
Entre los gastos más claramente deducibles se encuentran aquellos directamente relacionados con la actividad profesional:
- cuotas de autónomos a la Seguridad Social
- compra de materiales, mercancías o herramientas
- sueldos y costes laborales
- servicios profesionales (gestoría, asesoría, etc.)
- alquiler de local o espacio de trabajo
- seguros vinculados al negocio
- gastos financieros e intereses
- amortización de bienes
También se mantiene la posibilidad de aplicar una deducción del 5% por gastos de difícil justificación en estimación directa simplificada, con un límite de 2.000 euros, según la normativa vigente del IRPF.
Expertos fiscales consultados en informes del Consejo General de Economistas destacan que estos gastos suelen ser los menos conflictivos en una posible inspección.
Trabajar desde casa: qué puedes deducir realmente
Uno de los puntos que más dudas genera es el teletrabajo o el uso de la vivienda como espacio profesional.
La Agencia Tributaria permite deducir parte de los suministros del hogar (luz, agua, internet), pero con límites muy concretos:
- se aplica el 30% sobre la proporción de metros cuadrados destinados a la actividad
- no se puede deducir el total de las facturas
Por ejemplo, si se utiliza un 20% de la vivienda para trabajar, la deducción se aplicará sobre ese porcentaje, y a su vez sobre el 30% del gasto total.
Según interpretaciones recogidas por el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), este cálculo es uno de los aspectos más revisados por Hacienda en las declaraciones de autónomos.
Gastos de comida: condiciones estrictas
Los gastos de manutención del autónomo también pueden deducirse, pero solo si cumplen requisitos muy concretos:
- deben realizarse en establecimientos de hostelería
- deben pagarse con medios electrónicos
- deben producirse fuera del municipio habitual de trabajo
- deben estar vinculados a la actividad
Además, existen límites diarios fijados por Hacienda:
- 26,67 euros sin pernocta en España
- 53,34 euros con pernocta
- cantidades superiores en el extranjero
Este criterio está recogido en la normativa del IRPF y ha sido aclarado en diversas consultas de la Dirección General de Tributos.
El coche: uno de los gastos más conflictivos
El uso del vehículo es uno de los puntos más problemáticos en la declaración de la Renta de autónomos.
Hacienda solo permite deducir los gastos del coche en casos muy concretos, como:
- transporte de mercancías
- transporte de pasajeros
- autoescuelas
- comerciales o representantes
- vehículos de alquiler
En el resto de situaciones, si el coche tiene uso mixto (personal y profesional), la deducción suele ser rechazada.
Así lo confirman múltiples resoluciones administrativas y criterios reiterados por la Agencia Tributaria en sus guías fiscales.
Qué gastos no se pueden deducir
También hay una lista clara de gastos que no son deducibles bajo ningún concepto:
- multas y sanciones
- recargos por pagos fuera de plazo
- donaciones o regalos
- pérdidas en juegos o apuestas
- gastos vinculados a actividades ilegales
Estos límites están recogidos en la normativa fiscal y son uno de los errores más comunes entre autónomos.
Claves para evitar problemas con Hacienda
De cara a la campaña de la Renta 2025, los expertos recomiendan:
- conservar todas las facturas
- evitar gastos difíciles de justificar
- separar cuentas personales y profesionales
- consultar con un asesor fiscal
Según datos del Consejo General de Economistas, una parte importante de las regularizaciones fiscales a autónomos se debe a errores en la deducción de gastos.
Una campaña marcada por el control fiscal
La Agencia Tributaria ha intensificado en los últimos años el control sobre los gastos deducidos por autónomos, especialmente en conceptos como vivienda, vehículo y dietas.
Por ello, más allá de intentar reducir la carga fiscal, la clave está en cumplir correctamente los requisitos legales para evitar sanciones o revisiones posteriores.
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