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El 2020 cierra con 70.703 muertes más de la esperadas

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El PP lamenta la falta de previsión de Ribó y PSOE ante la falta de nichos en Benimamet

Madrid, 12 ene (EFE).- El Sistema de Monitorización de la Mortalidad diaria (MoMo) del Instituto de Salud Carlos III ha cifrado la sobremortalidad en España durante todo el 2020 en 70.703 fallecimientos más de los esperados, el 63 por ciento de ellos ocurridos entre marzo y mayo, coincidiendo con la primera ola de la pandemia, y el resto entre julio y diciembre.

Son dos los periodos de exceso de mortalidad detectados por este sistema, el primero el comprendido entre el 10 de marzo y el 9 de mayo, cuando murieron 44.599 personas más de las que se preveían, lo que supone un exceso del 66,9 por ciento.

El segundo se extiende del 20 de julio al 20 de diciembre, en el que ese exceso se eleva a 26.104 decesos, un 16,6 % de más, de acuerdo con el último informe de fecha de 5 de enero.

Durante el primero fue mayor en mujeres (72 %) que en hombres (67 %), y se concentró especialmente en los mayores de 74 años (78 %), seguido del grupo de edad de 65 a 74 años (58 %).

Lo mismo ocurre en el segundo tramo: el exceso fue superior en ellas (21 %) que en ellos (19%) y se dio sobre todo entre mayores de 74 años (19%).

Una sobremortalidad que se ha observado en las 17 comunidades autónomas y en los grupos de edad de mayores de 74 y de entre 65 y 74.

El MoMo utiliza la información de mortalidad por todas las causas que se obtiene diariamente de 3.929 registros civiles informatizados del Ministerio de Justicia, correspondientes al 93 por ciento de la población española y que incluye todas las provincias.

Las estimaciones de mortalidad esperada se calculan mediante modelos restrictivos de medias históricas basados en la mortalidad observada de los últimos 10 años.

Además, el Carlos III dispone de otra herramienta para medir el exceso de mortalidad específico del verano, el MoMo Calor, según el cual, en los meses estivales se ha registrado una sobremortalidad de 5.206 defunciones, de las que solo 1.875 son achacables a las altas temperaturas.

«En el contexto de la pandemia de COVID-19 es razonable suponer que el resto del exceso de mortalidad identificado por MoMoCalor podría atribuirse a causas diferentes del exceso de temperatura, como la infección directa por COVID-19, la mortalidad indirecta de la pandemia en sus aspectos sanitarios, sociales o de cualquier otra índole, así como a cualquier otra causa de defunción», precisa.

Los fallecimientos atribuibles al calor en 2020 suponen un exceso del 1,8 %, inferior al 2 % observado en 2019, al 2,3 % de 2016, al 2,7 % de 2015 y al 6,1 % de 2003.

Un 56% de los mismos se produjeron en el mes de agosto. Nueve de cada diez fueron personas de más de 74 años.

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Nueva ley del alquiler: qué pasará con tu vivienda a partir de ahora

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Vivienda en alquiler ARCHIVO OFFICIAL PRESS

El Gobierno aprueba medidas para frenar el encarecimiento del alquiler y proteger a los inquilinos

El Gobierno ha aprobado el Real Decreto-ley 8/2026 con nuevas medidas urgentes en materia de alquiler, con el objetivo de contener el aumento de precios y proteger a los inquilinos ante el impacto económico derivado de la guerra en Irán.

Esta nueva normativa introduce cambios clave en los contratos de alquiler de vivienda habitual, especialmente en lo relativo a la prórroga de contratos y a la limitación de las subidas de la renta.

Entre las principales medidas destacan:

  • Prórroga extraordinaria de contratos de hasta dos años
  • Límite máximo del 2% en la subida del alquiler
  • Medidas específicas para grandes tenedores y propietarios particulares

Prórroga obligatoria de los contratos de alquiler

El artículo 1 del decreto establece que los contratos de alquiler de vivienda habitual que finalicen entre el 21 de marzo de 2026 y el 31 de diciembre de 2027 podrán prorrogarse.

  • El inquilino podrá solicitar una prórroga extraordinaria de hasta 2 años
  • El propietario estará obligado a aceptarla
  • Se mantendrán las mismas condiciones del contrato

Solo se podrá rechazar esta prórroga si el propietario acredita la necesidad de recuperar la vivienda para uso propio o familiar, según la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).

Es importante tener en cuenta que, si el decreto no es convalidado por el Congreso, estas medidas dejarían de aplicarse a futuros contratos.

Límite del 2% en la subida del alquiler

Para evitar que la inflación se traslade al precio de la vivienda, la ley fija un tope del 2% en la actualización anual del alquiler.

Diferencias según el tipo de propietario

  • Grandes tenedores:
    El incremento no podrá superar el 2%, aunque exista acuerdo entre las partes
  • Propietarios particulares:
    • Se puede pactar la subida
    • Si no hay acuerdo, el máximo será del 2%
    • Nunca podrá superar el límite legal vinculado al IPC

Se considera gran tenedor a quien posee más de 10 viviendas o más de 1.500 m² de uso residencial.

Cómo afecta la nueva ley a los inquilinos

Esta normativa afecta directamente a quienes viven de alquiler en vivienda habitual regulada por la LAU.

Si finaliza el contrato

Si tu contrato termina entre marzo de 2026 y diciembre de 2027:

  • Podrás solicitar una prórroga de hasta dos años
  • Mantendrás el mismo precio y condiciones

Los expertos recomiendan solicitar esta prórroga mediante burofax para dejar constancia legal.

Si se revisa el precio anual

  • La subida no podrá superar el 2% en la mayoría de casos
  • Se limita el impacto de la inflación en el alquiler

Cómo afecta a los propietarios

Las obligaciones varían en función del tipo de arrendador.

Si el contrato finaliza

  • Están obligados a aceptar la prórroga si el inquilino la solicita
  • La prórroga será anual, hasta un máximo de dos años
  • Solo podrán negarse por causas justificadas

Si se actualiza el precio

  • Caseros particulares: podrán pactar el incremento
  • Grandes tenedores: limitación obligatoria del 2%

Impacto económico y contexto de la medida

El Gobierno ha aprobado esta normativa como respuesta al aumento de precios provocado por la guerra en Irán, que ha disparado los costes energéticos y la inflación.

El objetivo es evitar una crisis habitacional y garantizar la estabilidad de los hogares en un contexto económico incierto.

Calculadora para calcular la subida del alquiler

Algunas plataformas han desarrollado herramientas para calcular el incremento máximo permitido del 2%, facilitando tanto a inquilinos como a propietarios conocer cómo aplicar la nueva normativa.

Una medida clave para el mercado del alquiler

El Real Decreto-ley 8/2026 refuerza el control sobre el mercado del alquiler en España, limitando las subidas de precios y garantizando la continuidad de los contratos en un periodo de incertidumbre económica.

Estas medidas buscan equilibrar la protección de los inquilinos con la seguridad jurídica de los propietarios.

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