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El abogado de Zaplana cuestiona al juez

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El abogado de Zaplana cuestiona al juez

València, 16 feb (OFFICIAL PRESS – EFE).- Uno de los abogados defensores en el caso Erial, donde está procesado Eduardo Zaplana, ha cuestionado al magistrado  de la Audiencia de Valencia que ha sido designado para redactar la sentencia.  El abogado de Zaplana le denunció por un supuesto delito de cohecho en 1996, en un proceso que finalmente fue archivado.

El abogado de Zaplana cuestiona al juez

Según han informado a EFE fuentes judiciales conocedoras de este hecho, el penalista valenciano Vicente Grima ha remitido un escrito  para preguntar si es correcta la designación como ponente del magistrado José Manuel Megía Carmona, al que denunció.

El motivo de la denuncia

El motivo de la denuncia fue que el letrado aseguraba que había sido presionado para que aceptase dinero a cambio de una rebaja de pena para uno de sus defendidos, en palabras de una persona que hablaba en nombre del juez.  La investigación por este supuesto delito de cohecho fue dirigida por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana pero finalmente se archivó por falta de indicios.

En el escrito remitido a la Sala, el letrado hace referencia a los «antecedentes de abstención» de este magistrado en asuntos en los que él intervenía. Este  motivo hace que se pregunte si su reciente designación en la causa contra Zaplana -en la que Grima defiende a un empresario, sobrino de Juan Cotino- se debe a un error.

En una diligencia de ordenación, la secretaría de la Sala ha respondido al letrado que la designación de Megía que  se ha producido dentro del reparto de causas especiales -o complejas- ya previsto.

¿Qué pasará ahora?

Por tanto, las mismas fuentes han explicado que ahora se abren varios escenarios, que pasan por la abstención voluntaria de esta magistrado y su sustitución por otro de la misma Sección, o bien que el abogado denunciante plantee su inadmisión.

Cabría  la posibilidad de el abogado se jubilase antes de que llegue a celebrarse el juicio, puesto que las fuentes consultadas han explicado que apenas le falta un mes para cumplir 70 años. Podría solicitar una prórroga hasta los 72, edad en la que la jubilación se ha de adoptar de forma forzosa.

 

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La Audiencia Nacional archiva la investigación penal del apagón y descarta un sabotaje terrorista

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Última hora apagón

El juez concluye que no existen indicios de terrorismo ni ciberataque y apunta a un conflicto civil o administrativo por el control de la tensión eléctrica.

La Audiencia Nacional (AN) ha archivado la investigación penal abierta tras el apagón eléctrico del 28 de abril, al descartar que el histórico cero energético tuviera su origen en un sabotaje terrorista o un ciberataque. El magistrado José Luis Calama determina que no existe “ni el mínimo indicio” de una acción delictiva y sitúa el origen del incidente en una disfunción del sistema eléctrico.

En un auto difundido este lunes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 decreta el sobreseimiento provisional de la causa y concluye que lo ocurrido responde a un conflicto de naturaleza administrativa y/o civil entre los distintos operadores del sector eléctrico, que deberá resolverse fuera de la vía penal.

Sin rastro de terrorismo ni ciberataque

El juez adopta esta decisión tras analizar los informes elaborados por diversos organismos especializados en ciberseguridad y lucha antiterrorista. Todos ellos coinciden en descartar de forma absoluta que el apagón se produjera por una acción externa, ya fuera de grupos terroristas, actores estatales o redes de cibercrimen.

Entre los análisis examinados figuran los del Centro Criptológico Nacional, el Mando Conjunto del Ciberespacio, el Instituto Nacional de Ciberseguridad y la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad, ninguno de los cuales detectó intrusiones, ataques informáticos ni actividades maliciosas en los sistemas eléctricos.

Un conflicto por el control de la tensión eléctrica

Lejos de la hipótesis del sabotaje, el auto judicial señala que el apagón tuvo un origen multifactorial, vinculado principalmente a problemas en el control de la tensión del sistema eléctrico. Según el informe del Ministerio para la Transición Ecológica, citado por el juez, se produjo una combinación de factores técnicos.

Entre ellos destacan una programación insuficiente de centrales síncronas, el hecho de que algunas centrales capaces de regular la tensión no respondieran adecuadamente a las consignas de Red Eléctrica y la aparición de oscilaciones y desconexiones de determinadas instalaciones de generación, algunas de ellas aparentemente indebidas.

El magistrado subraya que no faltaban recursos en el sistema eléctrico español, sino que estos no fueron gestionados o utilizados de forma adecuada, lo que derivó en el colapso.

La vía penal queda cerrada

En su resolución, Calama insiste en que no aprecia indicios delictivos y que, por tanto, el caso debe quedar fuera del ámbito penal. El conflicto entre Red Eléctrica y las compañías eléctricas deberá resolverse, en su caso, por la vía administrativa o civil, donde ya actúan otros organismos reguladores.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) mantiene abierta su propia investigación y podría imponer sanciones económicas o incluso retirar autorizaciones para operar, además de abrir la puerta a futuras reclamaciones por daños y perjuicios.

Con este auto, la Audiencia Nacional cierra definitivamente la hipótesis de un apagón provocado por terrorismo o ciberataque, y centra el foco en las responsabilidades técnicas y de gestión dentro del sistema eléctrico.

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