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El Consejo de Estado responsabiliza al Ministerio de Defensa de Trillo del accidente del Yak-42

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El Consejo de Estado ha responsabilizado por primera vez al Ministerio de Defensa del accidente del Yak-42, registrado en Turquía el 26 de mayo de 2003, cuando Federico Trillo era ministro, y en el que murieron 62 militares españoles que regresaban de una misión en Afganistá n en un avión Yakolev, según publica hoy El País.

El dictamen de este órgano asesor reconoce la responsabilidad patrimonial del Estado en la catástrofe ocurrida, que provocó un largo enfrentamiento en los tribunales de justicia entre los familiares de las víctimas y Defensa que se dirimió en instancias civiles y penales.

El dictamen se refiere a la existencia de “hechos” anteriores al siniestro que habrían permitido a la Administración ponderar el “especial riesgo” que concurría en el transporte contratado para el traslado de las tropas.

“Dicho con otras palabras -señala el documento-, pudieron ser advertidas circunstancias que habrían llamado a la adopción por los órganos competentes de medidas que pudieran haber despejado el riesgo que se corría”.

El dictamen admite, como lo hizo la Audiencia Nacional al archivar definitivamente el procedimiento penal abierto contra seis mandos militares por un delito de imprudencia con resultado de muerte, que la causa del accidente fue el agotamiento y el estrés de los pilotos del Yak-42 y su falta de formación para afrontar situaciones como la que vivieron.

Sin embargo, frente a la tesis de que la responsabilidad del siniestro fue exclusivamente de la empresa contratada para la realización del vuelo, Namsa, el Consejo de Estado entiende que el procedimiento exigía al Estado la obligación de comprobar e inspeccionar la actividad de sus contratistas, y más en actividades de riesgo.

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Este es el motivo por el que el Gobierno deberá pagar a los butaneros por repartir las bombonas a domicilio

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precio de la bombona de butano

El Gobierno tendrá que compensar económicamente a los repartidores de bombonas de butano a domicilio tras una sentencia del Tribunal Supremo que considera que este servicio, al ser obligatorio y regulado, no puede prestarse sin una retribución adecuada.

Una obligación legal sin compensación suficiente

El reparto de bombonas a domicilio forma parte del servicio público esencial de suministro de gas en España, especialmente en zonas rurales, hogares vulnerables y territorios donde no existe gas natural. Sin embargo, durante años, los distribuidores han denunciado que los costes reales del servicio —transporte, personal, combustible y logística— no estaban cubiertos por la normativa vigente.

La ley obliga al Gobierno a revisar periódicamente los costes del servicio, algo que no se ha hecho dentro de los plazos establecidos. Esta falta de actualización ha provocado que las empresas asuman pérdidas al mantener el reparto a domicilio.

El fallo del Supremo

El Tribunal Supremo ha determinado que el Ejecutivo incumplió su obligación de regular y actualizar la compensación del reparto, lo que genera un desequilibrio económico injustificado para los distribuidores. Por ello, ordena al Gobierno:

  • Regular el coste real del servicio de reparto a domicilio

  • Aprobar una normativa específica en un plazo máximo de seis meses

  • Garantizar que el servicio obligatorio sea económicamente sostenible

Por qué es clave esta decisión

La sentencia protege la continuidad del reparto de bombonas, un servicio del que dependen millones de hogares en España, y evita que los repartidores trabajen a pérdidas. Además, abre la puerta a compensaciones económicas por los años en los que el servicio se prestó sin una retribución ajustada a los costes reales.

En resumen, el Gobierno deberá pagar a los butaneros porque no puede exigir un servicio público obligatorio sin garantizar su viabilidad económica, algo que ahora el Supremo le obliga a corregir.

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