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Valencia

AYUDAS CONSELL: Esto es lo que podrán cobrar las discotecas, pubs y cafés con espectáculos

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Se establece una cuantía de 28.500 euros para discotecas y salas de baile y fiesta y de 7.000 euros para pubs y cafés con espectáculos

 

El Consell ha aprobado un nuevo decreto Ley de medidas extraordinarias dirigidas a personas físicas o jurídicas explotadoras de establecimientos públicos de ocio nocturno de la Comunitat Valenciana, que se han visto obligados al cese de su actividad como consecuencia de las medidas establecidas para la prevención de la COVID-19.

La vicepresidenta y portavoz del Consell, Mónica Oltra, que ha comparecido en la rueda de prensa posterior a la reunión semanal del Gobierno valenciano, ha indicado que esta medida pretende «dar una respuesta urgente a la excepcional situación de este sector ocasionada por la crisis de la COVID-19».

De este modo, el decreto ley establece dos órdenes de ayudas: una cuantía individual de 28.500 euros para discotecas, salas de baile y salas de fiesta; y otra de 7.000 euros para pubs, café cantante, café concierto y café teatro.

Por otra parte, el Consell también ha aprobado el decreto que recoge las bases reguladoras y de concesión directa de estas ayudas.

Durante su intervención, Oltra ha explicado que estas ayudas se enmarcan dentro del Plan Resistir, puesto en marcha por la Generalitat para «ayudar económicamente a las personas y sectores más afectados por las restricciones sanitarias», como el del ocio, «tremendamente afectado por el cierre a causa de la pandemia».

En este sentido, la vicepresidenta ha recordado que el Plan Resistir «cuenta con un importe total previsto, actualmente, de 380 millones de euros, ampliable según evolucione la pandemia».

Se prevé que el Plan Resistir beneficie, de forma global, a 22.000 empresas del territorio valenciano; 44.000 personas trabajadoras autónomas y 136.000 trabajadores y trabajadoras por cuenta ajena que se encuentren en Expediente Temporal de Regulación de Empleo (ERTE).

Ayudas al ocio nocturno

Por lo que respecta a las ayudas a establecimientos de ocio nocturno, podrán ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas que reúnan las siguientes condiciones:

1. Ser personas físicas o jurídicas explotadoras de los establecimientos públicos de ocio nocturno. Se entenderá por persona explotadora aquella que se dedique a la explotación económica de la actividad de ocio nocturno en el establecimiento público objeto de subvención, pudiendo ser la misma titular de la licencia de apertura y actividad o, si no es el caso, propietaria, arrendataria u ostentar la titularidad jurídica del mismo por cualquier título válido en Derecho.
2. Ser persona explotadora de alguna de las siguientes tipologías de establecimientos públicos de ocio nocturno,
· Locales tipología A): pub, café cantante, café concierto, o café teatro
· Locales tipología B): discotecas, salas de baile, o salas de fiesta
3. Acreditar que se ostentaba la condición de persona explotadora de la actividad objeto de subvención a fecha de 17 de agosto de 2020 y que esta se mantiene a fecha de presentación de solicitud de la ayuda.

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Valencia

Emergencias entrega a la jueza el primer borrador del Es-Alert del 29-O descartado por parecer un confinamiento

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consellera Justicia Es-Alert DANA
La consellera de Justicia, Salomé Pradas, junto ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, Ángel Víctor Torres en una reunión del Centro de Coordinación Operativo Integrado (CECOPI). EFE/ Kai Forsterling/Archivo

El mensaje fue redactado la tarde del 29 de octubre de 2024, llegó a cargarse en el sistema, pero se retiró tras el debate en el Cecopi sobre su redacción

La Conselleria de Emergencias ha remitido al Tribunal de Instancia número 3 de Catarroja el borrador del primer mensaje Es-Alert elaborado durante la dana del 29 de octubre de 2024, un aviso que finalmente no se envió a la población porque su contenido se interpretó como una orden de confinamiento.

Según consta en la documentación judicial, el mensaje fue redactado entre las 18.15 y las 18.38 horas y llegó a introducirse en el sistema informático de alertas. Sin embargo, fue descartado tras un intenso debate en el Cecopi (Centro de Coordinación Operativa Integrado), órgano encargado de la gestión de la emergencia.

Esta circunstancia fue confirmada por Jorge Suárez, subdirector general de Emergencias, durante su declaración como testigo el pasado 4 de diciembre. Suárez explicó que varios miembros del Cecopi consideraron que la redacción del Es-Alert podía generar alarma social al interpretarse como una instrucción de confinamiento generalizado.

El responsable autonómico ha concluido este martes su comparecencia ante el juzgado que investiga la gestión de la dana, en una sesión que se ha prolongado durante cerca de cuatro horas. Durante el interrogatorio respondió a las preguntas de doce abogados de las acusaciones y dos de las defensas, en el marco de la causa judicial abierta por las decisiones adoptadas durante la emergencia.

La entrega de este borrador supone un nuevo avance en la investigación judicial, que trata de esclarecer cómo se tomaron las decisiones clave sobre la comunicación a la ciudadanía en uno de los episodios meteorológicos más graves registrados en la Comunitat Valenciana.

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