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Absuelven al ‘Cuco’ y a su madre de falso testimonio en el juicio de Marta del Castillo

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el cuco marta del castillo

La Sección Primera de la Audiencia de Sevilla ha revocado la condena de dos años de cárcel por falso testimonio en el juicio por el asesinato de la joven Marta del Castillo, celebrado en 2011, a Javier García ‘el Cuco’ y su madre, y los absuelve al considerar que la figura de testigo-coimputado no está «regulada» legalmente y que ella no mintió en cuestiones «trascendentales».

En una sentencia notificada este jueves a las partes, y de la que ha informado en un comunicado el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), la Audiencia estima los recursos de apelación presentados por las defensas de ambos, condenados inicialmente por el Juzgado de lo Penal número 7 a dos años de prisión por sus declaraciones como testigos en el juicio por el crimen de Marta del Castillo.

Ese juzgado, cuya decisión queda ahora revocada, también condenó a madre e hijo al pago de una multa de 1.440 euros, así como a indemnizar de forma conjunta y solidaria a los padres de Marta del Castillo con un total de 30.000 euros.

Sentencia contra la que cabe recurso de casación

El tribunal sevillano, en una sentencia de 46 páginas que no es firme y contra la que cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo, absuelve al Cuco al entender que la figura del testigo-coimputado «no se encuentra regulada» legalmente y que no se han determinado las consecuencias de faltar a la verdad en su declaración por parte del Supremo.

En el caso de la madre, la absuelve porque considera que «no mintió en cuestiones trascendentales» para la resolución del asunto y, además, no fue advertida de la dispensa legal de no contestar a preguntas que pudieran perjudicar a su hijo.

Ya fue investigado como partícipe en el asesinato

Los magistrados de la Sección Primera recuerdan que el Cuco fue investigado como partícipe en el asesinato de Marta del Castillo hace 15 años, por lo que se abrió el correspondiente expediente en el Juzgado de Menores número 3.

Finalmente, el joven fue condenado por un delito de encubrimiento por su participación en los hechos inmediatamente posteriores a la muerte de Marta del Castillo, «ayudando a su amigo Miguel (Carcaño) a deshacerse de su cadáver y evitar su descubrimiento».

En esta sentencia, según considera probado la Audiencia, el joven fue absuelto del delito de asesinato, de dos delitos de agresión sexual, de un delito contra la integridad moral y de un delito de profanación de cadáveres. Respecto a su madre, el tribunal señala que intervino como responsable civil en dicho expediente de reforma, al igual que su pareja sentimental, ya fallecido.

La Audiencia ha analizado el recurso de apelación presentado por la defensa de Francisco Javier que, entre otros motivos, alegó que no debía declarar con la condición de testigo en el juicio de la Sección Séptima dado que estaba incurso en un procedimiento penal en el Juzgado de Menores por los mismos hechos.

La defensa centró la cuestión en si su cliente pudo faltar o no a la verdad en el juicio celebrado ante la Sección Séptima de la Audiencia cuando declaró el 25 de octubre, y si cuando prestó declaración le asistía el derecho a no declarar en calidad de testigo.

Cuestión jurídica ‘controvertida’

La Audiencia de Sevilla argumenta que en la sentencia del Juzgado de lo Penal no se dio respuesta con la «suficiencia necesaria» a una cuestión jurídica «tan controvertida» como la planteada por el letrado de la defensa, quien se limitó a indicar que resultaba irrelevante la cuestión planteada desde el momento en que el acusado había reconocido que había faltado a la verdad.

Los magistrados señalan que, en principio, no está cuestionado que debía ser traído en el posterior juicio contra el otro copartícipe en calidad de testigo, pues ya no podría serlo en calidad de acusado, pero que sí era controvertido su alcance probatorio, dada la existencia de la doctrina suficiente sobre la valoración de las declaraciones de los «coimputados».

Pleno no Jurisdiccional del Supremo

En esta línea, el tribunal indica que la «cuestión controvertida» trató de resolverla el Pleno no Jurisdiccional del Tribunal Supremo el 16 de diciembre de 2008 con motivo de la resolución de un recurso de casación.

Este indicó que la persona que ha sido juzgada por unos hechos y con posterioridad acude al juicio de otro imputado para declarar sobre esos mismos hechos, declara en el plenario como testigo y, por tanto, su testimonio debe ser valorado en términos racionales para determinar su credibilidad.

La Audiencia mantiene que el Cuco debió ser llamado necesariamente en la causa de mayores en calidad de testigo, aunque remarca que no se trata de un «testigo al uso», pues ya no es coacusado ni un imputado, al haber recaído sentencia firme por hechos iguales de enjuiciamiento, pero se le cita como testigo.

Concluye que el acusado tenía la obligación de comparecer al llamamiento judicial en calidad de testigo, pero no se le podía imponer declarar «algo que le llevara a confesarse culpable pese a que hubiera sido condenado por ello», pues su derecho de defensa le alcanza al periodo de ejecución, de ahí que sus manifestaciones inciertas no podían conllevar un delito de falso testimonio en causa penal.

Además, la Sección Primera estima igualmente el recurso de apelación presentado por la defensa de la madre del Cuco, al entender que en su declaración como testigo en el juicio contra los mayores «no mintió en cuestiones trascendentales para la resolución del asunto». Aunque es verdad que faltó a la verdad como ha reconocido, añade, «no alcanza a tener relevancia para configurar el tipo penal por el que ha sido condenada».

Según sostienen los magistrados, no se aprecia en la acusada un delito de falso testimonio al no haber inducido a error al tribunal sobre los datos que aportó con su declaración al no ser esenciales para la resolución del fondo.

Para su absolución, la Audiencia tiene en cuenta que no fue advertida en el juicio de la Sección Séptima de la dispensa de no contestar a las preguntas que pudieran perjudicar a su hijo.

El padre de Marta del Castillo dará su opinión este viernes

Por su parte, Antonio del Castillo, padre de la joven asesinada, ha asegurado este jueves que desea «calmar los nervios» tras conocer la decisión de absolver al Cuco y a su madre, y ha convocado una rueda de prensa para este viernes en la que dará su opinión.

Así lo ha comunicado en un mensaje en la red social X, en la que asegura que tiene que leer con calma la sentencia antes de pronunciarse sobre la misma.

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El otoño llega a España con un “chorro polar”: qué es este fenómeno y a qué zonas afectará

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el tiempo en valencia
Una mujer bien abrigada pasea por el centro de valència. EFE/Kai Försterling/Archivo

Meteored advierte de un brusco cambio de tiempo con lluvias intensas y un desplome térmico en gran parte del país

El otoño entra en España con fuerza. El portal meteorológico Meteored ha alertado de que un chorro polar muy ondulado provocará un cambio brusco de tiempo en la península y Baleares a partir del fin de semana, coincidiendo con el equinoccio de otoño, que tendrá lugar el lunes 22 de septiembre.

Aunque estos días se están viviendo temperaturas inusualmente altas para la época —con nueve comunidades en alerta por superar los 40 grados este jueves 18, especialmente en Andalucía—, el calor tiene las horas contadas. A partir del sábado 20, una masa de aire polar anómala para la estación se adentrará en la península, acompañada de lluvias intensas y tormentas organizadas.


¿Qué es el chorro polar y cómo afecta al clima en España?

El chorro polar es una corriente de aire muy intensa en la atmósfera que circula a gran altura (entre 9.000 y 12.000 metros) y a gran velocidad, separando las masas de aire frío de las cálidas. Su fuerza y dirección influyen directamente en los cambios de tiempo en Europa.

En este caso, el chorro polar, actualmente muy activo en el Atlántico Norte, presenta ondulaciones muy acusadas que permiten que el aire frío descienda hacia latitudes más bajas. Según el climatólogo Samuel Biener, esta dinámica favorecerá la llegada de una profunda vaguada que canalizará la entrada de aire polar hacia España.

El fenómeno se traducirá en un descenso térmico acusado, lluvias persistentes y tormentas en varias comunidades, especialmente en el norte y noreste peninsular.


Comunidades donde bajarán más las temperaturas

Desde la tarde del jueves y la madrugada del viernes ya se esperan chubascos aislados en Extremadura, zonas de montaña de Andalucía, sur y oeste de Castilla-La Mancha y el interior de Galicia. Sin embargo, lo más significativo llegará a partir del sábado.

  • Norte peninsular: Asturias, Cantabria, País Vasco y Navarra registrarán tormentas intensas y acumulados de hasta 100 litros por metro cuadrado (l/m2) en apenas 24 horas.

  • Pirineo aragonés y catalán: en zonas como el noroeste de Huesca y el interior de Cataluña también se podrán superar los 100 l/m2.

  • Castilla y León y La Rioja: se prevén lluvias persistentes, con riesgo de tormentas organizadas.

  • Illes Balears: podrían registrarse chubascos localmente fuertes durante el domingo y lunes.

  • Resto de la península: aunque las precipitaciones no serán tan intensas, sí se notará el desplome de temperaturas, con descensos de entre 8 y 10 grados en pocas horas.


Cambio de patrón atmosférico: del calor extremo al aire polar

Los modelos de Meteored apuntan a que, desde el viernes, un anticiclón se extenderá hacia Islandia, modificando el patrón atmosférico. Esto favorecerá la formación de una borrasca fría entre las Islas Británicas y la Bretaña francesa entre el domingo 21 y el lunes 22.

La consecuencia directa será la llegada de vientos del norte y de una masa de aire polar que dejará un ambiente mucho más frío de lo habitual para estas fechas, marcando de manera clara el inicio del otoño en España.


Un otoño que empieza con contrastes

Este inicio de estación refleja la inestabilidad climática propia del cambio climático, donde los episodios de calor extremo se alternan con irrupciones frías inusuales para la época. Según los expertos, fenómenos como el del chorro polar se volverán cada vez más frecuentes y marcarán con más fuerza la dinámica del otoño y del invierno en la península.

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