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Absuelven al ‘Cuco’ y a su madre de falso testimonio en el juicio de Marta del Castillo
Publicado
hace 1 añoen
La Sección Primera de la Audiencia de Sevilla ha revocado la condena de dos años de cárcel por falso testimonio en el juicio por el asesinato de la joven Marta del Castillo, celebrado en 2011, a Javier García ‘el Cuco’ y su madre, y los absuelve al considerar que la figura de testigo-coimputado no está «regulada» legalmente y que ella no mintió en cuestiones «trascendentales».
En una sentencia notificada este jueves a las partes, y de la que ha informado en un comunicado el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), la Audiencia estima los recursos de apelación presentados por las defensas de ambos, condenados inicialmente por el Juzgado de lo Penal número 7 a dos años de prisión por sus declaraciones como testigos en el juicio por el crimen de Marta del Castillo.
Ese juzgado, cuya decisión queda ahora revocada, también condenó a madre e hijo al pago de una multa de 1.440 euros, así como a indemnizar de forma conjunta y solidaria a los padres de Marta del Castillo con un total de 30.000 euros.
Sentencia contra la que cabe recurso de casación
El tribunal sevillano, en una sentencia de 46 páginas que no es firme y contra la que cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo, absuelve al Cuco al entender que la figura del testigo-coimputado «no se encuentra regulada» legalmente y que no se han determinado las consecuencias de faltar a la verdad en su declaración por parte del Supremo.
En el caso de la madre, la absuelve porque considera que «no mintió en cuestiones trascendentales» para la resolución del asunto y, además, no fue advertida de la dispensa legal de no contestar a preguntas que pudieran perjudicar a su hijo.
Ya fue investigado como partícipe en el asesinato
Los magistrados de la Sección Primera recuerdan que el Cuco fue investigado como partícipe en el asesinato de Marta del Castillo hace 15 años, por lo que se abrió el correspondiente expediente en el Juzgado de Menores número 3.
Finalmente, el joven fue condenado por un delito de encubrimiento por su participación en los hechos inmediatamente posteriores a la muerte de Marta del Castillo, «ayudando a su amigo Miguel (Carcaño) a deshacerse de su cadáver y evitar su descubrimiento».
En esta sentencia, según considera probado la Audiencia, el joven fue absuelto del delito de asesinato, de dos delitos de agresión sexual, de un delito contra la integridad moral y de un delito de profanación de cadáveres. Respecto a su madre, el tribunal señala que intervino como responsable civil en dicho expediente de reforma, al igual que su pareja sentimental, ya fallecido.
La Audiencia ha analizado el recurso de apelación presentado por la defensa de Francisco Javier que, entre otros motivos, alegó que no debía declarar con la condición de testigo en el juicio de la Sección Séptima dado que estaba incurso en un procedimiento penal en el Juzgado de Menores por los mismos hechos.
La defensa centró la cuestión en si su cliente pudo faltar o no a la verdad en el juicio celebrado ante la Sección Séptima de la Audiencia cuando declaró el 25 de octubre, y si cuando prestó declaración le asistía el derecho a no declarar en calidad de testigo.
Cuestión jurídica ‘controvertida’
La Audiencia de Sevilla argumenta que en la sentencia del Juzgado de lo Penal no se dio respuesta con la «suficiencia necesaria» a una cuestión jurídica «tan controvertida» como la planteada por el letrado de la defensa, quien se limitó a indicar que resultaba irrelevante la cuestión planteada desde el momento en que el acusado había reconocido que había faltado a la verdad.
Los magistrados señalan que, en principio, no está cuestionado que debía ser traído en el posterior juicio contra el otro copartícipe en calidad de testigo, pues ya no podría serlo en calidad de acusado, pero que sí era controvertido su alcance probatorio, dada la existencia de la doctrina suficiente sobre la valoración de las declaraciones de los «coimputados».
Pleno no Jurisdiccional del Supremo
En esta línea, el tribunal indica que la «cuestión controvertida» trató de resolverla el Pleno no Jurisdiccional del Tribunal Supremo el 16 de diciembre de 2008 con motivo de la resolución de un recurso de casación.
Este indicó que la persona que ha sido juzgada por unos hechos y con posterioridad acude al juicio de otro imputado para declarar sobre esos mismos hechos, declara en el plenario como testigo y, por tanto, su testimonio debe ser valorado en términos racionales para determinar su credibilidad.
La Audiencia mantiene que el Cuco debió ser llamado necesariamente en la causa de mayores en calidad de testigo, aunque remarca que no se trata de un «testigo al uso», pues ya no es coacusado ni un imputado, al haber recaído sentencia firme por hechos iguales de enjuiciamiento, pero se le cita como testigo.
Concluye que el acusado tenía la obligación de comparecer al llamamiento judicial en calidad de testigo, pero no se le podía imponer declarar «algo que le llevara a confesarse culpable pese a que hubiera sido condenado por ello», pues su derecho de defensa le alcanza al periodo de ejecución, de ahí que sus manifestaciones inciertas no podían conllevar un delito de falso testimonio en causa penal.
Además, la Sección Primera estima igualmente el recurso de apelación presentado por la defensa de la madre del Cuco, al entender que en su declaración como testigo en el juicio contra los mayores «no mintió en cuestiones trascendentales para la resolución del asunto». Aunque es verdad que faltó a la verdad como ha reconocido, añade, «no alcanza a tener relevancia para configurar el tipo penal por el que ha sido condenada».
Según sostienen los magistrados, no se aprecia en la acusada un delito de falso testimonio al no haber inducido a error al tribunal sobre los datos que aportó con su declaración al no ser esenciales para la resolución del fondo.
Para su absolución, la Audiencia tiene en cuenta que no fue advertida en el juicio de la Sección Séptima de la dispensa de no contestar a las preguntas que pudieran perjudicar a su hijo.
El padre de Marta del Castillo dará su opinión este viernes
Por su parte, Antonio del Castillo, padre de la joven asesinada, ha asegurado este jueves que desea «calmar los nervios» tras conocer la decisión de absolver al Cuco y a su madre, y ha convocado una rueda de prensa para este viernes en la que dará su opinión.
Así lo ha comunicado en un mensaje en la red social X, en la que asegura que tiene que leer con calma la sentencia antes de pronunciarse sobre la misma.
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El novio de Ayuso ante el Supremo: “Pasé a ser el delincuente confeso del Reino de España. El fiscal general me había matado públicamente”
Publicado
hace 6 horasen
4 noviembre, 2025
El empresario Alberto González Amador, pareja de la presidenta madrileña Isabel Díaz Ayuso, ha declarado este martes ante el Tribunal Supremo en el juicio contra el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, acusado de revelación de secretos por la filtración del correo electrónico en el que su defensa admitía “dos delitos fiscales”.
“El fiscal general me había destrozado públicamente”
Visiblemente afectado, González Amador relató ante el tribunal el impacto que tuvo aquella publicación.
“Pasé a ser el delincuente confeso del Reino de España. Estaba muerto. El señor García Ortiz me había matado públicamente”,
declaró, girándose hacia el fiscal general durante su testimonio.
El empresario aseguró que, hasta la filtración, confiaba en resolver el caso “de forma discreta y con una pena asumible”, pero todo cambió “cuando el asunto saltó a la luz pública”.
De una negociación fiscal a un caso mediático
Según explicó ante el Supremo, su intención inicial era alcanzar un acuerdo con la Fiscalía para cerrar el procedimiento por fraude fiscal. Sin embargo, el correo filtrado —en el que su abogado fiscalista, Carlos Neira, reconocía la existencia de “dos delitos contra la Hacienda Pública”— acabó difundido en medios de comunicación en marzo de 2024.
“Cuando vi mi expediente tributario y el correo en la prensa, llamé a mi abogado. Me dijo: ‘La presunción de inocencia se ha roto. Estamos en otra dimensión’”, ha recordado González Amador.
A partir de ese momento, según su testimonio, “todo el Gobierno comenzó a llamarle delincuente confeso”, lo que le causó “un daño irreparable” a nivel personal y profesional.
El juicio a García Ortiz y las tensiones institucionales
El juicio al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, se sigue en el Supremo tras la querella presentada por González Amador por revelación de secretos. El proceso ha vuelto a poner el foco en las tensiones entre el Gobierno central y la Comunidad de Madrid, así como en el papel de la Fiscalía General en casos con implicaciones políticas.
Durante la sesión, se recordaron también las declaraciones previas de altos cargos de la Comunidad de Madrid, como el jefe de Gabinete de Ayuso, que reconoció haber advertido de que “el fiscal general iría p’alante”.
Un juicio histórico en la democracia española
El juicio a Álvaro García Ortiz, actual fiscal general del Estado, marca un hecho sin precedentes en la historia democrática española.
El proceso, que se celebra en el Tribunal Supremo, estará presidido por siete magistrados de la Sala de lo Penal, encargados de determinar si García Ortiz filtró un correo electrónico del abogado de Alberto González Amador, pareja de Isabel Díaz Ayuso, en el que se reconocía una supuesta defraudación a Hacienda.
Pese a la gravedad de la acusación, el juez Ángel Hurtado ha decidido que el fiscal general mantenga su cargo mientras dure el proceso judicial, que se prevé se alargue durante dos semanas.
El origen del caso: el correo del abogado de González Amador
Todo comenzó el 2 de febrero de 2024, cuando Carlos Neira, abogado del empresario Alberto González Amador, remitió a la Fiscalía un correo electrónico con una propuesta de pacto.
En él se reconocía la posibilidad de que su cliente hubiera cometido un delito contra la Hacienda Pública.
Durante más de un mes, el contenido de ese correo permaneció reservado. Sin embargo, el 12 de marzo de 2024, varios medios de comunicación publicaron que la pareja de Ayuso podría haber defraudado dinero al fisco.
Al día siguiente, desde la Comunidad de Madrid, el portavoz Miguel Ángel Rodríguez negó esa versión y aseguró que fue la Fiscalía la que había propuesto el pacto.
Esa misma noche, según la investigación, se habría producido la presunta filtración del correo.
La posición del fiscal general
Durante su declaración ante el Tribunal Supremo, García Ortiz negó “rotundamente” haber filtrado información confidencial.
El magistrado instructor, no obstante, considera que existen “indicios razonables” de que la filtración pudo salir de la Fiscalía.
El propio Alberto González Amador ha asegurado que la publicación del correo electrónico vulneró su derecho a la intimidad y afectó a su reputación:
“Todo eso me ha ido lastrando”, declaró ante el tribunal.
Un proceso sin retransmisión pública
Aunque se trata de un juicio inédito en España, el Tribunal Supremo ha decidido no retransmitir las sesiones en directo.
A lo largo del proceso declararán unos cuarenta testigos, entre ellos políticos, periodistas y miembros de la Guardia Civil.
El último en declarar será el propio Álvaro García Ortiz, quien sigue al frente de la Fiscalía General del Estado durante la vista.
Qué consecuencias puede tener el juicio
Si el Tribunal Supremo declarara culpable al fiscal general, la sentencia podría implicar:
-
Entre 4 y 6 años de cárcel,
-
12 años de inhabilitación para ejercer un cargo público,
-
y una multa superior a los 400.000 euros.
Por el momento, el proceso continúa abierto, y se espera que el fallo se conozca antes de final de mes.
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