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El Gobierno dice que los autónomos cobrarán este viernes la prestación extraordinaria

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Esta medida fue aprobada en el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, tras la declaración del estado de alarma. Su cuantía es de, como mínimo, 661 euros mensuales (el equivalente al 70% de la base reguladora) y además conlleva la exoneración de cuotas a la Seguridad Social de forma temporal. Su objetivo es proteger la falta o merma considerable de ingresos de los autónomos y autónomas en la situación excepcional provocada por la COVID-19 y contribuir a la supervivencia de su negocio.

A fecha 26 de mayo, hay 1.412.605 autónomos con esta prestación concedida, el 94,62% de los 1.492.768 trabajadores por cuenta propia que la han solicitado. Del total, el 2,13% está en trámite y únicamente el 3,24% restante han resultado denegados.

Beneficiarios

Los sectores con más beneficiarios de la prestación son Comercio (351.627), Hostelería (261.336), y Construcción (152.646). Entre estos tres sectores, superan la mitad de las solicitudes concedidas. Por otra parte, las comunidades autónomas con un mayor número de receptores son Andalucía (253.244), Cataluña (233.582), Madrid (179.425) y Comunidad Valenciana (160.636).

Para acceder a esta prestación, el trabajador o trabajadora por cuenta propia debe estar inscrito en el régimen de la Seguridad Social correspondiente. El requisito es verse afectado por el cierre del negocio debido a la declaración del estado de alarma o haber sufrido una merma del 75% en la facturación del mes natural anterior a la fecha de la solicitud. En general, se tomará de referencia la media mensual del semestre anterior, salvo en algunos colectivos, como el régimen agrario, del mar -con actividades muy estacionales- o de la cultura y el espectáculo, en los que el periodo de cálculo se adapta a sus peculiaridades.

Para acreditar la pérdida de ingresos, el solicitante debe aportar la información contable que lo justifique. Para ello podrá presentar desde la copia del libro de registro de facturas emitidas y recibidas, el libro diario de ingresos y gastos, el libro registro de ventas e ingresos, hasta el libro de compras y gastos. Si no está obligado a llevar esa documentación de contabilidad, valdrá cualquier medio de prueba admitido en derecho, como el taxímetro en el caso de los taxistas.

Para solicitar esta prestación, un trámite que se debe realizar a través de las mutuas colaboradoras de la Seguridad Social, no se requiere periodo mínimo de cotización. Además, es compatible con cualquier otra prestación de la Seguridad Social que el solicitante viniera percibiendo y fuera compatible con el desempeño de la actividad que desarrollaba.

La Tesorería General de la Seguridad Social ya ha devuelto la parte correspondiente de la cuota de marzo de 1.028.016 autónomos y autónomas a los que se les concedió la prestación después de haber pasado la orden de cobro. El importe de la devolución asciende a 169,06 millones de euros.

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Santos Cerdán sale de prisión denunciando “mentiras y manipulaciones” 

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Santos Cerdán
Santos Cerdán-CAPTURA DE PANTALLA
Santos Cerdán, exsecretario de Organización del PSOE, ha abandonado la prisión madrileña de Soto del Real en la tarde de este miércoles después de que el magistrado del Tribunal Supremo, Leopoldo Puente, decretara su libertad provisional. La decisión llega tras la evaluación del último informe de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil y después de que el juez considerara que el riesgo de destrucción de pruebas está ya mitigado.

A su salida, Cerdán ha lanzado un mensaje rotundo ante los periodistas congregados en la entrada de la cárcel, denunciando lo que considera una campaña de “mentiras y manipulaciones” en su contra.


La salida de prisión: un mensaje directo contra los informes de la UCO

Un gesto de firmeza ante los medios

A las 19.15 horas, acompañado únicamente por su abogado Jacobo Teijelo, Santos Cerdán ha salido de Soto del Real visiblemente más delgado y vestido con traje oscuro y camisa azul sin corbata. Portaba una carpeta roja y se detuvo unos instantes para dirigirse a la prensa antes de subirse al vehículo que lo esperaba.

El exdirigente socialista se mostró crítico con los últimos informes de la UCO, en los que se le señala como líder de un supuesto entramado delictivo vinculado a adjudicaciones públicas y a directivos de Acciona. “Se han dicho mentiras y manipulaciones sobre mi persona”, afirmó con contundencia, asegurando que confía en que “la verdad se imponga”.

El exsecretario de Organización del PSOE agradeció además el apoyo de sus abogados y de su familia durante los meses de prisión provisional.


El motivo de la libertad provisional: un riesgo de destrucción de pruebas ya descartado

El juez considera que ya no existe el peligro que motivó su ingreso en prisión

El magistrado Leopoldo Puente ha decretado la libertad provisional tras concluir que el riesgo de destrucción de pruebas, motivo principal por el que Cerdán fue encarcelado el 30 de junio, ha quedado “seriamente mitigado”.

Según detalla el auto, la Guardia Civil ya ha reunido todos los indicios disponibles sobre la supuesta trama de cobro de comisiones millonarias por adjudicaciones de obra pública en el Ministerio de Transportes. Estas pruebas, señala Puente, habrían sido inaccesibles si el investigado hubiera mantenido plena libertad durante la fase inicial.

Los indicios de criminalidad siguen presentes y reforzados

El juez indica en su resolución que los indicios de criminalidad no solo no han disminuido con la investigación, sino que incluso se han reforzado. El último informe de la UCO sitúa a Cerdán al frente de un triángulo delictivo supuestamente conformado por altos cargos del Gobierno, directivos de Acciona y él mismo, apuntando a dádivas, mordidas y beneficios personales como el alquiler de un piso o el uso de una tarjeta con más de 30.000 euros en gastos.

Sin embargo, Puente subraya que la persistencia de indicios no es suficiente para prolongar la prisión provisional más allá del tiempo estrictamente necesario. La ley exige valorar si la medida sigue siendo proporcional y si existen alternativas menos restrictivas.


Medidas cautelares: comparecencias periódicas y prohibición de salir del país

Las condiciones impuestas por el Tribunal Supremo

El juez ha establecido varias medidas cautelares para asegurar la presencia de Cerdán en el procedimiento. Entre ellas:

  • Comparecer cada 15 días ante el Tribunal Supremo o en el juzgado más cercano a su domicilio.

  • Acudir siempre que sea citado por la instrucción.

  • Prohibición de salir del territorio nacional.

  • Retirada inmediata del pasaporte, que deberá entregar en la Secretaría de la Sala Penal.

Estas medidas, según Puente, permiten minimizar el riesgo de fuga y garantizar el buen desarrollo de la investigación sin necesidad de mantener la prisión preventiva.


Cerdán “ya no tiene cargo público”, un punto clave en la decisión del juez

El magistrado señala que el exsecretario de Organización del PSOE ya no ostenta ningún cargo en el partido ni ocupa responsabilidades públicas, lo que reduce notablemente su capacidad de influir en la destrucción de pruebas o en la obstrucción del proceso judicial.

Además, el auto descarta un riesgo elevado de fuga y considera que las nuevas medidas cautelares son suficientes para asegurar su presencia durante el procedimiento.


Un caso que sigue abierto y que apunta a nuevas líneas de investigación

Aunque Santos Cerdán ha salido de prisión, el magistrado Puente recalca que la investigación continúa abierta y que los indicios existentes siguen siendo sólidos. El informe de la UCO ha abierto nuevas líneas de investigación que podrían extender la causa y ampliar su alcance.

La causa se centra en una presunta red de comisiones millonarias vinculadas a contratos públicos. La presunta implicación de directivos de Acciona y la triangulación con cargos del Gobierno han convertido el caso en uno de los más relevantes del panorama político y judicial de los últimos años.

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