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El Gobierno prohíbe a los miembros de la Guardia Civil subir fotos a Tinder o Instagram con el uniforme

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prohíbe a los miembros de la Guardia Civil subir fotos a Tinder o Instagram con el uniforme

Los miembros de la Guardia Civil tienen prohibido desde el lunes subir fotos a las redes sociales luciendo el uniforme. Una medida que ha tomado el Ministerio del Interior (y que fue aprobada este lunes en el Consejo de Ministros) después de la polémica generada en torno a esta práctica, relativamente habitual entre algunos agentes.

Por tanto, no se podrá usar el traje de la Guardia Civil como reclamo para ligar en aplicaciones de contacto como Tinder; pero tampoco en otras de uso más generalizado, como Instagram. De lo contrario, los agentes se expondrán a una sanción.

«Los Guardias Civiles no podrán hacer uso del uniforme, con especial trascendencia hacia el empleo del mismo en redes sociales y medios de comunicación o actos publicitarios para los que no se cuente con autorización expresa», reza el Real Decreto. En juego está no sólo la imagen institucional de la Guardia Civil, sino también cuestiones básicas de seguridad.

De ahora en adelante, ningún Guardia Civil podrá subir fotos con el uniforme a las redes sociales, salvo los casos en los que haya una autorización expresa. Esta excepción sustentará la actividad en espacios corporativos, como las cuentas que la propia Guardia Civil tiene en Twitter, Instagram o TikTok, donde da difusión a sus actividades, operaciones, consejos de seguridad para la ciudadanía o explicaciones sobre cómo actúan sus unidades.

Según este mismo Real Decreto, los agentes del Instituto Armado sí podrán, en cambio, llevar tatuajes visibles mientras portan el uniforme.

 

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Este es el motivo por el que el Gobierno deberá pagar a los butaneros por repartir las bombonas a domicilio

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precio de la bombona de butano

El Gobierno tendrá que compensar económicamente a los repartidores de bombonas de butano a domicilio tras una sentencia del Tribunal Supremo que considera que este servicio, al ser obligatorio y regulado, no puede prestarse sin una retribución adecuada.

Una obligación legal sin compensación suficiente

El reparto de bombonas a domicilio forma parte del servicio público esencial de suministro de gas en España, especialmente en zonas rurales, hogares vulnerables y territorios donde no existe gas natural. Sin embargo, durante años, los distribuidores han denunciado que los costes reales del servicio —transporte, personal, combustible y logística— no estaban cubiertos por la normativa vigente.

La ley obliga al Gobierno a revisar periódicamente los costes del servicio, algo que no se ha hecho dentro de los plazos establecidos. Esta falta de actualización ha provocado que las empresas asuman pérdidas al mantener el reparto a domicilio.

El fallo del Supremo

El Tribunal Supremo ha determinado que el Ejecutivo incumplió su obligación de regular y actualizar la compensación del reparto, lo que genera un desequilibrio económico injustificado para los distribuidores. Por ello, ordena al Gobierno:

  • Regular el coste real del servicio de reparto a domicilio

  • Aprobar una normativa específica en un plazo máximo de seis meses

  • Garantizar que el servicio obligatorio sea económicamente sostenible

Por qué es clave esta decisión

La sentencia protege la continuidad del reparto de bombonas, un servicio del que dependen millones de hogares en España, y evita que los repartidores trabajen a pérdidas. Además, abre la puerta a compensaciones económicas por los años en los que el servicio se prestó sin una retribución ajustada a los costes reales.

En resumen, el Gobierno deberá pagar a los butaneros porque no puede exigir un servicio público obligatorio sin garantizar su viabilidad económica, algo que ahora el Supremo le obliga a corregir.

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