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El Juez de la Audiencia Nacional pide al TSJ de Murcia que impute a Pedro Antonio Sánchez por 3 delitos

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El juez de la Audiencia Nacional Eloy Velasco eleva exposición razonada al Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia con los indicios existentes en la denominada “Operación Púnica” contra el exconsejero de Educación y actual presidente de la Comunidad, Pedro Antonio Sánchez, por delitos de fraude, cohecho y revelación de información reservada.

En su exposición razonada, de 32 páginas, el magistrado detalla todos los indicios de la presunta concertación del aforado Pedro Antonio Sánchez con el informático experto en reputación en Internet Alejandro de Pedro para “limpiar” con dinero público su imagen en las redes sociales con motivo de su campaña para las elecciones a la Presidencia de la Región de Murcia, “lastimando los intereses de la Administración Pública, que no debe correr con semejantes gastos particulares”.

Velasco explica que en la fecha de los hechos, junio de 2014, Pedro Antonio Sánchez era el consejero de Educación y se concertó con De Pedro para limpiar la “inconveniente imagen que podría dar ante el partido y la sociedad” dada la cantidad de investigaciones penales a las que había y estaba siendo sometido por su actuación pública, todo ello con el objetivo de presentarse a presidir el Gobierno Autonómico, “como finalmente consiguió”.

Según el juez, “no lo sufragó con su dinero particular, ni lo hizo personal al servicio de su cargo público de su Gabinete de Prensa, pues no está entre sus labores acondicionar la imagen privada de la persona, y él era consciente”, sino que lo empezó a conseguir a través de los trabajos de empleados de las empresas de De Pedro: EICO/Madiva.

Dichos trabajos, continúa el juez, se empezaron a realizar como adelanto de una futura adjudicación “hinchada” en contratos públicos de formación que aquel adjudicaría a empresas vinculadas a De Pedro y a su socio, José Antonio Alonso Conesa.

Los trabajos reputacionales se concretaron en un coste de 4.600 euros al mes, que incluían los honorarios de un periodista para un diario digital, así como la creación de un portal que daría cobertura a los trabajos de reputación de carácter personal, y que durarían 7 meses, de noviembre de 2014 a mayo de 2015, justo el periodo previo a la campaña electoral de ese año.

Las cantidades estipuladas no se llegaron a cobrar, explica Eloy Velasco, ni la “formación” se llegó a adjudicar al explotar la operación policial de esta causa judicial, a finales de octubre de 2014, que lo abortó.
En su exposición razonada, el juez va detallando todos los indicios hallados a lo largo de la investigación contra Pedro Antonio Sánchez, entre ellos los correos electrónicos, las llamadas telefónicas o los intercambios de whatsapp. También diversos informes sobre los trabajos de reputación online, así como la agenda de una empleada en la que fijaba la fecha de 3 de noviembre de 2014, lunes, como la de inicio de dichas trabajos.

Después de detallar todos los indicios recabados en esta investigación, el juez en su exposición motivada, argumenta porqué los hechos investigados encajan dentro de los delitos de fraude, del art 436 del C.P., el delito de cohecho, del artículo 419 del mismo código, y de revelación de información reservada del art 417.

El delito de fraude se consuma sin necesidad de que se produzca un efectivo perjuicio patrimonial
El magistrado distingue entre el delito de malversación, que es un delito de resultado, y el de fraude del art 436, que se consuma con el “mero acuerdo o concertación” con un interesado en algún contrato público, afectando los intereses de la Administración y la libre concurrencia, en tanto que otros posibles futuros licitadores no han tenido el mismo privilegio de poder optar en las mismas condiciones. El magistrado recuerda que, de consumarse una malversación, ésta podría absorber el delito de fraude porque éste es un delito más leve. Pero de no existir la malversación porque no se llegó a realizar el pago, como ha ocurrido en el presente caso, el delito de fraude subsiste, como explica el TS en sentencia de 28 de enero de 2014.

El alto tribunal califica el delito de fraude como “netamente tendencial o de mera actividad, que viene a castigar verdaderos actos preparatorios, ya que no necesita para la consumación ni la producción del efectivo perjuicio patrimonial ni tan siquiera el desarrollo ejecutivo del fraude”. El magistrado cita varias sentencias del TS donde se distingue entre el concierto para defraudar (delito de fraude) y el efectivo perjuicio patrimonial (malversación) cuya sanción viene a realizar lo que el Supremo denomina “una progresión intensificadora del injusto” que, en conclusión, viene a corroborar que el delito de fraude es un delito de mera actividad, “que se consuma con que exista la concertación con el fin de defraudar”. No se exige el efectivo perjuicio porque el bien jurídico que predomina es “la transparencia y publicidad de la contratación de entes públicos”. Si existiera perjuicio, entraría en juego el otro bien jurídico lesionado, el de la malversación.

El delito de revelación de información reservada, independiente del fraude

En su exposición razonada, Velasco explica que el delito de revelación de información reservada en el momento en el que se aporta a extraños a la Administración, documentos y sobre todo intenciones de contratar, “desconocidos por el resto de posibles futuros postulantes, sobre los que recae el deber de reserva, pues no deben ser divulgadas, que es lo realmente atacado, y la acción la ejecutan no sólo quien los desvela efectivamente, cuanto más quien ordena y señala cómo y en qué medida y a quién se envían los documentos y se revelan las informaciones que desconocen los demás administrados”.

Velasco hace constar que fraude y revelación de información privilegiada no concurren en concurso de normas puesto que se pueden cometer de forma independiente, el uno sin el otro. El magistrado menciona también doctrina del TS que viene a corroborar que el delito se comete al filtrar información de lo que se pretende y cómo después se van aportando informaciones para “facilitar la confección de normas por las que había de regirse el concurso”.

Delito de cohecho, de mera actividad y consumado con la mera solicitud u ofrecimiento

El magistrado argumenta que el delito de cohecho del 419 del CP se comete cuando se produce soborno y corrupción en el hecho de recibir servicios personales y valuables en dinero -asesoramiento, reputación en internet, infraestructura en estrategias comunicativas no públicas- a cambio de realizar una actuación administrativa propia en materia de concursos y contratación pública, “atacando la venalidad de la función pública, el respeto a la neutralidad, probidad e imparcialidad de la misma”. Es un delito cuya persecución protege el prestigio y la eficacia de la Administración Pública mediante la garantía de “la probidad e imparcialidad de sus funcionarios”.

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Víctor de Aldama implica a Pedro Sánchez en el ‘caso Koldo’: el presidente del Gobierno fue «informado» de sus gestiones en México y agradeció su labor

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Caso Koldo Ábalos
Victor de Aldamo

Madrid, 21 nov- Víctor de Aldama, presidente del Zamaro CF y presunto conseguidor en el llamado ‘caso Koldo’, ha señalado directamente al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, durante su comparecencia en la Audiencia Nacional. Según el empresario, Sánchez le agradeció personalmente sus gestiones en México y le aseguró que estaba «informado» de sus actividades, una declaración que añade presión sobre el Ejecutivo y da un nuevo giro al caso.

Sánchez solicitó una foto «de agradecimiento» por las gestiones en México

De Aldama ha detallado que, durante un acto del PSOE en 2019, Pedro Sánchez le pidió una foto en un espacio privado como muestra de agradecimiento por las gestiones realizadas en el contexto del proyecto del «tren maya» en México. Según el empresario, fue Koldo García, asesor de José Luis Ábalos en el Ministerio de Transportes, quien contactó con él para apoyar el proceso de licitación del contrato ferroviario.

El «éxito» de las gestiones en México y las fricciones con Exteriores

El empresario detalló al juez Ismael Moreno que, al colaborar en la licitación del tren maya, fue informado de que el embajador y el Ministerio de Exteriores fueron excluidos de la negociación por «falta de confianza» en la entonces ministra, Arancha González Laya. Esta «agenda paralela» habría suscitado molestias en el embajador, quien fue apartado del proceso por no pertenecer al círculo de confianza del Ejecutivo, según explicó De Aldama.

El papel de Koldo García y su relación con Sánchez

De Aldama también sostuvo que fue Pedro Sánchez quien situó a Koldo García en el Ministerio de Transportes, señalando que García mantenía una relación cercana con el presidente y con Santos Cerdán, secretario de organización del PSOE. De acuerdo con De Aldama, en principio se esperaba que Koldo García permaneciera en Presidencia, pero finalmente fue designado como asesor de Ábalos en Transportes.

Gestiones en Venezuela y el caso de Juan Guaidó

Además de su papel en México, De Aldama explicó que el Gobierno español le pidió asistencia en un tema relacionado con el opositor venezolano Juan Guaidó, ya que, según comentó, Exteriores desconocía cómo manejar la situación. De Aldama afirmó que recibió un documento de autorización de Ábalos, lo que le convertía en representante del Gobierno español para esta gestión específica en Venezuela.

La controvertida visita de Delcy Rodríguez y la implicación de Interior

De Aldama también reveló detalles sobre la polémica visita de la vicepresidenta venezolana Delcy Rodríguez a Madrid en enero de 2020. Según el empresario, el viaje no fue una sorpresa para el Gobierno, y tanto Sánchez como el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, estaban al tanto de su llegada. Incluso afirmó que el comisario de Barajas facilitó la estancia de Rodríguez en el aeropuerto.

Encuentro de ministros con Delcy Rodríguez en Madrid

El empresario aseguró que se había planificado una reunión con Delcy Rodríguez y varios ministros, incluyendo a Sánchez y Grande-Marlaska, que se celebraría en un chalet de El Viso, Madrid. Según De Aldama, esta reunión estaba coordinada por Interior y con la presencia de otros altos funcionarios del PSOE.

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