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Valencia

El jurado no considera culpable de malversación al exdirector de Vaersa

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València, 7 oct (EFE).- El jurado popular ha considerado no culpable de un delito de malversación al exdirector de la empresa pública Vaersa Felipe Espinosa, que finalmente quedará absuelto de la acusación de haber desviado más de 105.000 euros de dinero público para gastos personales.

El jurado ha considerado que no existían pruebas concluyentes de su responsabilidad y que Espinosa no era un cargo político.

Espinosa, que ya fue condenado por la compra irregular de una flota de todoterrenos y por el pago de sobresueldos a directivos de la firma, declarándose culpable en ambos casos, debía responder ahora de un supuesto delito de malversación cometido entre 2007 y 2011, si bien la mayor parte de los supuestos gastos ilícitos ya se encontraba prescrita.

El fiscal y la Abogacía de la Generalitat acusaban a Espinosa de haber realizado hasta 48 extracciones de 500 euros con la tarjeta de la empresa, y de haberla utilizado también en restaurantes cercanos a su domicilio, normalmente los fines de semana, entre otros gastos que consideraba injustificados.

Durante el juicio el acusado negó el uso ilícito de esas tarjeta y aseguró que los cargos efectuados respondían a motivos laborales.

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Valencia

La Audiencia ordena abrir juicio oral a Mónica Oltra por el supuesto encubrimiento de los abusos de su exmarido

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El juez archiva la causa contra Mónica Oltra al no ver delito
La exvicepresidenta del Gobierno valenciano y exconsellera de Igualdad y Políticas Inclusivas, Mónica Oltra. EFE/ Manuel Bruque/Archivo

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia ha ordenado la apertura de juicio oral contra la exvicepresidenta del Consell, Mónica Oltra, y parte de su equipo en la Conselleria de Igualdad por el presunto encubrimiento de los abusos sexuales cometidos por su exmarido contra una menor tutelada.

La resolución estima los recursos presentados por Vox y Gobierna-te y revoca el archivo acordado previamente por el juez instructor.

Revocación del archivo y reapertura de la causa

El Juzgado de Instrucción número 15 de València archivó en 2024 las actuaciones al no apreciar delito, en línea con el criterio de la Fiscalía. Sin embargo, la Audiencia ordenó reabrir el procedimiento tras estimar los recursos de las acusaciones.

Posteriormente, en 2025, el instructor volvió a rechazar la apertura de juicio oral y decretó el sobreseimiento provisional, decisión que ratificó en diciembre al desestimar nuevos recursos. Las acusaciones recurrieron de nuevo ante la Audiencia, que ahora ha acordado la apertura de juicio.

Argumentos del tribunal

El tribunal provincial señala en su resolución que el juez instructor “no puede negar a las acusaciones” la apertura de juicio oral si existe una probabilidad de que los hechos puedan ser considerados delictivos según una valoración razonable de las partes acusadoras.

La causa se centra en la gestión realizada desde la Conselleria de Igualdad ante los abusos sexuales cometidos por el exmarido de Oltra a una menor bajo tutela de la administración autonómica durante la etapa del Gobierno del Botànic.

Con esta decisión, el procedimiento entra en fase de juicio oral, donde se determinarán las posibles responsabilidades penales.

 

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