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El servicio de Televisión será gratuito en todos los hospitales de la Comunitat

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La Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública está estudiando convertir en gratuito el servicio de televisión en todos los hospitales de la Comunitat Valenciana, que actualmente tiene un coste aproximado de 4 euros diarios para los pacientes y que es gestionado por empresas concesionarias que cobran al paciente por este servicio.

Esta medida se enmarca dentro del plan de dignificación y humanización de las infraestructuras sanitarias, «buscando el mayor bienestar del usuario de la sanidad pública, y la universalización del servicio, público y gratuito», en palabras de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, Ana Barceló.

La consellera ha avanzado que el próximo mes de febrero de 2019 está prevista la finalización del contrato 352/2007, correspondiente a la instalación y explotación del servicio de telefonía pública, internet y televisión en los hospitales valencianos.

«Con la finalización del contrato, la prestación del servicio se llevará a cabo de forma gratuita, con lo que el mantenimiento de las televisiones correrá por cuenta de la Conselleria de Sanitat, para lo cual se prepararán todas las medidas necesarias», ha explicado.

Con esta medida, los pacientes no tendrían que afrontar de su bolsillo el poder disfrutar del servicio de televisión cuando estén ingresados. Teniendo en cuanta que la estancia media ronda los 6 días, supone un ahorro medio para el paciente de 24 euros durante su estancia hospitalaria.

Cabe recordar que las tarifas que estaban se estaban pagando de media por los usuarios a las empresas adjudicatarias ronda los 60 euros al mes (algo menos de cuatro euros al día, 17 euros a la semana, 30 la quincena).

«Lo que se pretende no sólo es hacer más llevadera la estancia del paciente sino también reconocer la preocupación global por su bienestar y universalizar todos los servicios tanto sanitarios como complementarios de la estancia, terminando con cualquier necesidad de copago por parte del usuario», ha detallado la consellera.
Según los cálculos realizados, convertir el servicio en gratuito supondría un coste para las arcas públicas cercano al millón doscientos mil euros anuales, para los 20 departamentos de salud de gestión directa (7.400 camas), obtenido a partir de un coste unitario del equipo de 300 euros, los costes de reposición, amortización y el mantenimiento necesario.

Acceso a Internet
Junto a esta medida, la conselleria está trabajando también en una ampliación de la red inalámbrica para poder ofrecer también acceso a internet desde dispositivos de pacientes y visitantes.

De esta forma, se incluye también la posibilidad de utilizar el servicio de conexión a internet gratuito ofrecido por la Conselleria de Sanidad, con algunas limitaciones: sólo se contempla un número máximo de conexiones simultáneas de pacientes en cada punto de acceso.

El ancho de banda de la conexión a internet dedicado a tráfico de navegación para el ciudadano estará anualmente a un máximo de un 3%, ya que la prioridad sigue siendo proveer de servicio de acceso a red de uso profesional.

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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