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El Sorteo del Niño deja una lluvia de millones en la Comunitat

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València, 6 enero .- El número 57.342 ha sido agraciado con el ‘Gordo’ del Sorteo Extraordinario de ‘El Niño’, dotado con 2.000.000 de euros por serie y muy repartido por toda España llegando a localidades valencianas como Manises y Simat de la Valldigna.

También parte del segundo premio del Sorteo de ‘El Niño’ ha recaído en el número 21.816, que ha sido vendido, entre otras localidades, en Aldaia, Paterna y Manises (Valencia), y en las alicantinas de San Miguel de Salinas, San Juan y Benidorm, según la información de Loterías y Apuestas del Estado.

En el caso de Valencia, dos de las administraciones se encuentran en centros comerciales: Bonaire (Aldaia) y Heron City (Paterna). El tercer punto de venta ha sido en Lotería Manises, en la calle Maestro Guillem 5 de esta localidad.

En Alicante, ha sido vendido en un establecimiento de la calle Aigües 2 de Benidorm, edificio Coblanca; en la avenida Rambla, 24 de San Juan y en la calle Nuestra Señora Monserrat 4 de San Miguel de Salinas.

El número 26.706, extraído como tercer premio del sorteo y agraciado con 250.000 euros la serie, ha sido vendido en la administración de Loterías número 1 de Torrent (Valencia) y la 18 de Valladolid.

El número agraciado con el tercer premio se ha vendido en dos administraciones de Lotería. Se trata de la situada en la calle Ramón y Cajal, 33, de Torrent (Valencia), así como en la número 18 de Valladolid, situada en la Plaza Mayor y con la denominación comercial de ‘El gato negro’.

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Nueva Ley ‘Antiokupas’ en España: Adiós a la ocupación de viviendas, esta será su fecha de entrada en vigor

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nueva ley antiokupas

El Congreso aprueba una enmienda para agilizar los juicios por usurpación y allanamiento de morada

La ocupación ilegal de viviendas en España está cerca de un cambio significativo.

El Congreso de los Diputados ha aprobado una reforma en la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim) que establece que los delitos de usurpación y allanamiento de morada sean tramitados en juicios abreviados, permitiendo que se resuelvan en un máximo de 15 días desde que los ‘okupas’ son puestos a disposición judicial.

La iniciativa fue aprobada con el respaldo del PP, Junts, UPN, Coalición Canaria, ERC y Bildu, aunque este último reconoció su voto como un error y se disculpó públicamente. Vox se abstuvo, mientras que PSOE, Sumar, Podemos y BNG votaron en contra.

 

Siguientes pasos para la aprobación definitiva

La reforma forma parte de la Ley de Eficiencia del Servicio Público de la Justicia y ahora se encuentra en el Senado, que tiene hasta dos meses para debatir la propuesta. Sin embargo, al no ser un proyecto declarado urgente, los plazos pueden extenderse. En el Senado pueden suceder tres escenarios:

  1. Aprobación sin cambios: La ley pasa directamente al proceso de sanción, promulgación y publicación.
  2. Veto absoluto: La iniciativa vuelve al Congreso sin ser aprobada, aunque no se espera que ocurra debido a la mayoría del PP en la Cámara Alta.
  3. Enmiendas parciales: El texto es modificado y regresaría al Congreso para su debate final.

Si se aprueba sin modificaciones, el Rey procederá a sancionar y promulgar la ley, un acto formal que no puede ser revocado. Posteriormente, se publicará en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y entrará en vigor en el plazo indicado por la ley o, en su defecto, en 20 días.

Impacto de la nueva ley en los plazos legales actuales
El cambio permitirá agilizar notablemente los procesos judiciales. En la actualidad, el 80% de los casos de desahucio en España tardan entre 4 y 9 meses en resolverse. Con la reforma, estos casos se resolverán en 15 días.

 

Comparativa con otros países europeos

En otros países de Europa, las medidas contra la ocupación ilegal son más inmediatas:

  • Francia: La Policía puede desalojar sin autorización judicial en 48 horas. Las penas llegan a tres años de prisión y multas de hasta 45.000 euros.
  • Alemania: El desalojo se produce en 24 horas y las penas alcanzan hasta dos años de cárcel si se utiliza violencia.
  • Reino Unido: La Policía puede actuar sin permiso judicial y la pena máxima es de 51 semanas de prisión y multas de hasta 5.700 euros, salvo si los ‘okupas’ abandonan la vivienda antes de las primeras 24 horas.

 

 

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