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El TS confirma cárcel por estafa para dos exdirectivos de Terra Mítica y reduce la cifra de condenados de 22 a 19

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VALÈNCIA, 16 Ene. (EUROPA PRESS) – La sala segunda del Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la pena a cinco años y diez meses de prisión por estafa agravada y falsedad en documento mercantil para los dos exdirectivos del parque temático de Benidorm Terra Mítica que fueron sentenciados en abril de 2016 por la Audiencia de Valencia por fraude durante los trabajos de construcción del recinto a través de una trama de facturas falsas para defraudar a Hacienda.

De este modo, la sala ha rechazado los recursos interpuestos por los exdirectivos Justo Valverde, que fue el responsable de Contratación del parque, y Antonio Rincón, ex director técnico, que siguen condenados a los cinco años y diez meses de prisión que les impuso la Audiencia.

Por contra, el TS mantiene la absolución del expresidente de Terra Mítica Luis Esteban y del que fue director general Miquel Navarro, que fueron liberados de los cargos por la Audiencia, en una sentencia que corrige el Supremo en el sentido de enmendar errores materiales, de reducir de 22 a 19 el número de condenados y variando la pena a otros.

El Supremo mantiene la condena para otros 17 acusados, entre empresarios y familiares, a diferentes penas que alcanzan, en el caso más grave, los 46 años de cárcel por estafa, falsedad en documento mercantil y delitos contra la Hacienda Pública. Este es el supuesto de los principales contratistas condenados: Antonio Moreno, sentenciado a 46 años y diez meses de cárcel y José Luis Rubio, que cumplirá 41 años y nueve meses de prisión.

El TS ha aceptado parcialmente el recurso de Terra Mítica, a quien reconoce el derecho a que se le abonen los intereses moratorios desde el escrito de conclusiones provisionales y absuelve a tres acusados más de todos los delitos por los que habían sido condenados y que oscilaban entre los cuatro y 14 años de cárcel: Alicia García, José Vicente Martí y Vicente Fernández y, por tanto, a la empresa vinculada a ellos.

Asimismo, acepta parcialmente recursos del empresario Vicente Conesa; de su mujer, Matilde Ripoll; la empresa C3 ingeniería; del empresario Jesús Vicente Pascual; Juan Carlos Moreno Carpio; Francisco Javier Ribes y absuelve a los hijos del matrimonio Conesa de la condena como partícipes lucrativos en delitos contra Hacienda.

El TS mantiene que los directivos Valverde y Rincón tenían contacto con el empresario Conesa y los tres, de común acuerdo, validaron facturas falsas por trabajos no realizados. En el caso de Valverde, las firmó a sabiendas de que no se habían cumplidos los «férreos procedimientos» de contratación por él establecidos.

La sala sostiene que concurren todos los elementos de estafa, y subraya la existencia de una contundente pericial, datos contrastados y prueba de cargo «racionalmente valorada» con «suficiencia» para desvirtuar la presunción de inocencia.

Además, rechaza considerar que se haya producido dilaciones indebidas «muy cualificadas» porque si bien el tiempo de tramitación ha sido «excesivo», ya se aplicó esa atenuante pero no procede calificarse en su grado más alto porque esa duración está muy vinculada a que se han enjuiciado «delitos económicos de gran complejidad, con múltiples imputados, elevadísimo número de testigos, acumulaciones de procedimientos, cuestiones de competencia y, especialmente, una ingente cantidad de documentación a revisar».

TRAMA DE FACTURAS FALSAS A TRES NIVELES
Por el caso Terra Mítica se sentaron en el banquillo de los acusados cuatro exdirectivos del parque –dos absueltos y dos condenados cuyas sentencias se mantienen– y 31 empresarios, de los que once fueron también absueltos. Estaban acusados de formar parte de una trama de facturas falsas para defraudar a Hacienda. En su conjunto, la Audiencia impuso 305 años y cuatro meses de prisión para 22 de ellos, con penas individualizadas entre los cuatro y los casi 47 años de cárcel y una multa de 71.259.633 euros.

La sala valenciana cifró en 1.344.046 euros el perjuicio económico que se causó a Terra Mítica, que como entidad resultó absuelta, y en poco más de 4,5 millones el fraude a la Hacienda Pública. La causa se remonta a 2005 cuando la Fiscalía presentó una denuncia por estos hechos que pasó por un largo camino procesal que apunto estuvo de acabar archivado.

El alto tribunal, en una resolución de 726 páginas, mantiene básicamente el relato de hechos de la Audiencia, que consideró probado que hubo una trama de facturas falsas en jardinería –tareas centralizadas en el empresario Vicente Conesa– y otros trabajos, que se realizaban en tres niveles de facturación: uno primero, en 2000, con empresas caracterizadas de construcción por ser pequeñas, con ninguno o pocos empleados y que no reconocieron los servicios prestados a las sociedades del segundo escalón, por lo que no pudieron realizar los trabajos recogidos como conceptos en las facturas.

En el segundo nivel estaban las empresas controladas por los principales condenados, Antonio Moreno Carpio y José Luis Rubio, que usaron a administradores ficticios como Alfonso Gómez, que figuraba como empresario que facturó más de 1,3 millones de euros– pero que declaró en la vista que era indigente alcohólico y fue absuelto– y en el tercer nivel se situaban las de Conesa y otras de carácter de ingeniería que generaban importantes cuotas tributarias, que recibían las facturas de las anteriores recogiendo trabajos no realizados para aminorar las cuotas por IVA e Impuesto de Sociedades.

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Condenado un menor por matar a su padre para defender a su madre durante una pelea

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Menor mata a su padre para defender a su madre

El Juzgado de Menores número 1 de Murcia ha dictado una sentencia firme contra un menor de 14 años, que ha sido condenado como autor de un delito de homicidio por apuñalar a su padre en defensa de su madre durante una fuerte discusión familiar en Totana, en junio de 2024.

Según ha confirmado el Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJMU), el menor asestó cinco puñaladas a su progenitor, una de ellas mortal, provocándole heridas graves en el hígado, diafragma y pulmón derecho. La víctima fue trasladada con urgencia al hospital, donde falleció posteriormente.

El joven reconoció los hechos en la vista oral celebrada en la Ciudad de la Justicia, aceptando las medidas propuestas por el Ministerio Fiscal. Ante su confesión y la aceptación de todas las partes, el juez dictó sentencia ‘in voce’, imponiendo 24 meses de internamiento en régimen cerrado, sustituibles por una medida de libertad vigilada bajo estrictas condiciones.

⚖️ Medidas impuestas al menor:

La sentencia establece un control integral del menor, incluyendo:

  • Escolarización adaptada a su situación personal

  • Seguimiento psicológico continuo

  • Controles periódicos de consumo de sustancias

  • Asistencia obligatoria a programas de educación en valores

  • Participación en actividades deportivas y de integración social

  • Restricción de movimientos nocturnos

  • Prohibición de contacto con entornos delictivos

  • Supervisión constante del equipo educativo y sanitario

El menor deberá asistir a todas las citas programadas y mostrar una actitud de responsabilidad frente a las normas impuestas. El fallo es firme y no recurrible.

Las consecuencias de este caso, tanto jurídicas como sociales y psicológicas, son amplias y delicadas debido a la gravedad de los hechos, la edad del autor y el contexto de violencia familiar. Aquí te detallo las principales posibles consecuencias:


⚖️ 1. Consecuencias jurídicas para el menor

Aunque se trata de un menor de 14 años —la edad mínima de responsabilidad penal en España— ha sido condenado conforme a la Ley Orgánica 5/2000 reguladora de la responsabilidad penal de los menores (LORPM). Las consecuencias legales incluyen:

  • Libertad vigilada con estrictas condiciones durante 24 meses.

  • Restricción de derechos y movimientos: limitación de horarios, prohibición de contacto con ciertos entornos y obligación de asistencia a programas.

  • Registro de antecedentes (aunque de tipo reservado y con posible cancelación futura).

  • Supervisión judicial constante: si incumple las normas, podría pasar a régimen cerrado.

👉 En caso de reincidencia o incumplimiento, el juez podría revisar la medida y endurecerla, incluso decretar internamiento en un centro cerrado de menores.


🧠 2. Consecuencias psicológicas para el menor

El hecho de haber matado a su propio padre —aunque haya sido en un contexto de defensa de su madre— puede generar en el menor:

  • Trastornos emocionales como estrés postraumático, culpa o ansiedad.

  • Riesgo de estigmatización en su entorno escolar o social.

  • Necesidad de atención psicológica continuada para evitar conductas futuras de riesgo o retraimiento.

  • Impacto en su desarrollo emocional y relaciones futuras.


👪 3. Consecuencias familiares

  • Desestructuración familiar total: pérdida del padre y posible distanciamiento con otros familiares.

  • Carga emocional y legal para la madre: puede verse afectada por la culpa o presión social.

  • Implicaciones en custodia o tutela, si el menor no puede seguir viviendo con su madre.


📰 4. Consecuencias sociales y mediáticas

  • Estigmatización en el entorno: especialmente en un municipio pequeño como Totana.

  • Debate público sobre violencia familiar, defensa propia y justicia juvenil.

  • Revisión del sistema de protección a menores en contextos de violencia doméstica.


🛡️ 5. Implicaciones para el sistema judicial y de protección

Este caso puede tener repercusiones más amplias, como:

  • Mayor atención a los menores que viven en entornos de violencia familiar.

  • Revisión de políticas de intervención temprana y protocolos escolares.

  • Debate sobre la edad penal mínima y el tipo de medidas aplicadas en casos extremos.

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