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Valencia

El TSJCV propone regular la prostitución

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VALÈNCIA, 27 Dic. – El tribunal Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de la Justicia de la Comunitat (TSJCV) considera que sería «muy razonable» que se regulara un «fenómeno» tan extendido como la prostitución, en una sentencia en confirma el cese de la actividad de un burdel clandestino del centro de València.

La sala, que desestima el recurso presentado contra la resolución de 2013 del ayuntamiento de València, que ordenó el cese inmediato de la actividad, confirma el cierre del local, dedicado a la prostitución, «sin perjuicio de que, sería muy razonable, el que se regulara legalmente, en todos sus sentidos, un fenómeno tan extendido como este», según la sentencia que ha adelantado este viernes Levante-EMV y a la que ha tenido acceso Europa Press.

En la sentencia, dictada el pasado 29 de noviembre, y que condena en costas a la propietaria, la sala aclara que «obviamente, este asunto no tiene por objeto valorar la actividad de prostitución que se materializa en el local objeto de las actuaciones, ni por supuesto resolver el pleito en función de un juicio crítico, estético o moral sobre la prostitución, cosa que es ajena por completo a la materia objeto de estos autos y sin perjuicio de que, sería muy razonable, el que se regulara legalmente, en todos sus sentidos , un fenómeno tan extendido como este».

El escrito se centra en desestimar el recurso presentado por el «cese inmediato del ejercicio de la actividad de alquiler de habitaciones por tiempo determinado en fracciones de 30 minutos a una hora realizada en la vivienda por tratarse de una actividad clandestina, al no haber efectuado la preceptiva comunicación ambiental que permita la apertura del establecimiento.

Resulta acreditada, según recoge la sentencia, la situación denunciada de alquiler de habitaciones por fracción de tiempo, pues en la inspección se encuentran varias inquilinas que tienen alquiladas habitaciones por tiempo determinados por horas o días, comprobándose que no hay libro registro de clientes.

DESCRIPCIÓN DE LA VIVIENDA
Asimismo describe que el inmueble, en el que parece que se han realizado obras que han alterado estado original de las habitaciones, cuenta con dos salas de estar con televisión, no tiene cocina, baño completo con una lavadora, cinco habitaciones dormitorio, todas ellas con puerta, candado con cerradura, una cama, un lavabo y un bidet. Asimismo su distribución responde a un uso eventual individualizado de las distintas estancias con respecto del resto.

Las inquilinas manifiestan, según el escrito, que el inmueble «carecía de cualquier medida de seguridad y sanitaria, y de las mínimas condiciones de salubridad, así como de protección de incendios lo que genera una gran situación de peligro ante el trasiego de personas
que acuden».

La juzgadora señala que «nos encontramos ante una pretensión de realizar una actividad sin contar con la preceptiva autorización, por lo que resulta obvio que el ayuntamiento bajo ningún concepto podía consentir la continuación de la pretendida actividad, por resultar incompatible con el ordenamiento jurídico».

Se comprueba que el inmueble está destinado alquiler de habitaciones por tiempo determinado en fracciones de 30 minutos a una hora, careciendo de licencia para el ejercicio de la actividad».

CALIFICACIÓN DE LA VIVIENDA
Así la cuestión se centra en la calificación de la vivienda. La dueña afirma que se trata de un subarriendo, ya que las personas que practican la prostitución están empadronadas y viven en el piso de modo que no es una pensión ni necesita licencia, mientras que la administración indica que «precisamente» para ejercer la prostitución se produce la cesión de habitaciones diseñadas específicamente para ello, siempre en tiempo inferior a una hora, por lo que el piso debe calificarse como pensión».

Como conclusión la sentencia expone que la vivienda objeto de estos autos, está destinada alquiler de habitaciones, por un tiempo determinado, con una duración máxima de 30 minutos a una hora, lo que desde luego permite considerar que, en esa vivienda, se está realizando una actividad de hospedaje temporal y en consecuencia de pensión».

«Por otra parte, esta conclusión, que se infiere de la sentencia de instancia, aparece perfectamente corroborada por la distribución del local, que constituye un dato fáctico manifiesto y que demuestra que dicho local no puede ser concebido como vivienda, según los términos sociales en los que realmente nos movemos».

Fuente: (EUROPA PRESS)

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Cultura

Hallan en València un manuscrito del siglo XVII del Colegio de la Seda que estuvo desaparecido más de un siglo

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manuscrito siglo XVII Colegio Seda
El documento es una copia del pergamino original de las ordenanzas del Gremi de Velluters de València, firmadas en 1479 por Fernando el Católico - GVA

La Policía de la Generalitat localiza un libro histórico vinculado al Gremi de Velluters, firmado en 1479 por Fernando el Católico, que se vendía por casi 72.000 euros en internet

VALÈNCIA, 5 Abr. – Un manuscrito del siglo XVII procedente del Archivo del Colegio del Arte Mayor de la Seda de València, desaparecido desde hace más de un siglo, ha sido localizado por la Policía de la Generalitat tras detectarse su venta en internet por 71.900 euros.

El documento, de gran valor histórico, es una copia de las ordenanzas del Gremi de Velluters de València, firmadas en 1479 por Fernando el Católico, y constituye una pieza clave del patrimonio documental valenciano.


🔎 Detectado en internet y recuperado por la Policía

La investigación se inició cuando el Grupo de Patrimonio de Alicante, perteneciente a la Unidad de la Policía Nacional adscrita a la Comunitat Valenciana, detectó la oferta online de un “importante manuscrito del Gremio de la Seda”.

Tras las comprobaciones, los agentes confirmaron el valor patrimonial del documento y lograron localizarlo. Según la investigación, el actual propietario aseguró desconocer su origen y explicó que había sido adquirido por su padre en los años 70.

Además, se constató que el manuscrito fue microfilmado en 1992 por el Servicio Nacional de Conservación de Microfilmación Documental y Bibliográfica, aunque nunca llegó a incluirse en inventarios oficiales de protección.


🏛️ Un documento clave del patrimonio valenciano

El manuscrito ha sido identificado por los responsables del archivo del Colegio de la Seda como parte de sus fondos históricos. En concreto, figuraba en el inventario de 1907, pero ya no aparecía en el de 1909.

Este dato apunta a que el libro fue sustraído entre esos años, ya que no consta ninguna venta oficial por parte de la institución.

Tras su localización, el documento será incluido en el Censo de Patrimonio Documental Valenciano y en el Inventario General de Patrimonio Cultural Valenciano, lo que garantiza su protección legal.


⚖️ Situación legal: propiedad y protección

Pese a su origen, la investigación concluye que se aplica la prescripción adquisitiva, por lo que el actual propietario mantiene la titularidad del manuscrito.

No obstante, deberá cumplir estrictas medidas de conservación y protección, tal y como establece la legislación sobre patrimonio histórico. Además:

  • Se deberán declarar posibles operaciones de compraventa
  • Se aplicarán restricciones a su exportación
  • El documento quedará sujeto a control administrativo

El propietario ha aceptado su depósito temporal en el Archivo del Reino de Valencia, donde será analizado por técnicos de la Conselleria de Cultura.


📖 Cómo es el manuscrito hallado

El libro presenta características únicas que refuerzan su valor histórico:

  • Elaborado en vitela verde
  • Encuadernado en terciopelo del mismo color
  • Con clavazón de bronce
  • Incluye las ordenanzas de 1479 y textos posteriores

También recoge los estatutos de la Cofradía de San Jerónimo, fundada en 1483.


🧵 El legado del Gremi de Velluters

Las ordenanzas del Gremi de Velluters fueron aprobadas el 16 de febrero de 1479 y ratificadas ese mismo año por Fernando el Católico, quien otorgó el privilegio de arte a esta actividad, elevándola de oficio a reconocimiento institucional.

Este gremio, vinculado a la producción de terciopelo, fue uno de los más importantes de València y pieza clave en su desarrollo económico durante siglos.


🏛️ El archivo gremial más antiguo de Europa

El Colegio del Arte Mayor de la Seda conserva uno de los archivos gremiales más antiguos de Europa, con documentación desde el siglo XV.

Entre sus fondos destacan:

  • Libros de actas
  • Registros de maestros, oficiales y aprendices
  • Documentación sobre fábricas y comercio
  • Archivos de otros gremios textiles

Este hallazgo supone un nuevo impulso a la recuperación y protección del patrimonio histórico valenciano.

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