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Valencia

El TSJCV propone regular la prostitución

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VALÈNCIA, 27 Dic. – El tribunal Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de la Justicia de la Comunitat (TSJCV) considera que sería «muy razonable» que se regulara un «fenómeno» tan extendido como la prostitución, en una sentencia en confirma el cese de la actividad de un burdel clandestino del centro de València.

La sala, que desestima el recurso presentado contra la resolución de 2013 del ayuntamiento de València, que ordenó el cese inmediato de la actividad, confirma el cierre del local, dedicado a la prostitución, «sin perjuicio de que, sería muy razonable, el que se regulara legalmente, en todos sus sentidos, un fenómeno tan extendido como este», según la sentencia que ha adelantado este viernes Levante-EMV y a la que ha tenido acceso Europa Press.

En la sentencia, dictada el pasado 29 de noviembre, y que condena en costas a la propietaria, la sala aclara que «obviamente, este asunto no tiene por objeto valorar la actividad de prostitución que se materializa en el local objeto de las actuaciones, ni por supuesto resolver el pleito en función de un juicio crítico, estético o moral sobre la prostitución, cosa que es ajena por completo a la materia objeto de estos autos y sin perjuicio de que, sería muy razonable, el que se regulara legalmente, en todos sus sentidos , un fenómeno tan extendido como este».

El escrito se centra en desestimar el recurso presentado por el «cese inmediato del ejercicio de la actividad de alquiler de habitaciones por tiempo determinado en fracciones de 30 minutos a una hora realizada en la vivienda por tratarse de una actividad clandestina, al no haber efectuado la preceptiva comunicación ambiental que permita la apertura del establecimiento.

Resulta acreditada, según recoge la sentencia, la situación denunciada de alquiler de habitaciones por fracción de tiempo, pues en la inspección se encuentran varias inquilinas que tienen alquiladas habitaciones por tiempo determinados por horas o días, comprobándose que no hay libro registro de clientes.

DESCRIPCIÓN DE LA VIVIENDA
Asimismo describe que el inmueble, en el que parece que se han realizado obras que han alterado estado original de las habitaciones, cuenta con dos salas de estar con televisión, no tiene cocina, baño completo con una lavadora, cinco habitaciones dormitorio, todas ellas con puerta, candado con cerradura, una cama, un lavabo y un bidet. Asimismo su distribución responde a un uso eventual individualizado de las distintas estancias con respecto del resto.

Las inquilinas manifiestan, según el escrito, que el inmueble «carecía de cualquier medida de seguridad y sanitaria, y de las mínimas condiciones de salubridad, así como de protección de incendios lo que genera una gran situación de peligro ante el trasiego de personas
que acuden».

La juzgadora señala que «nos encontramos ante una pretensión de realizar una actividad sin contar con la preceptiva autorización, por lo que resulta obvio que el ayuntamiento bajo ningún concepto podía consentir la continuación de la pretendida actividad, por resultar incompatible con el ordenamiento jurídico».

Se comprueba que el inmueble está destinado alquiler de habitaciones por tiempo determinado en fracciones de 30 minutos a una hora, careciendo de licencia para el ejercicio de la actividad».

CALIFICACIÓN DE LA VIVIENDA
Así la cuestión se centra en la calificación de la vivienda. La dueña afirma que se trata de un subarriendo, ya que las personas que practican la prostitución están empadronadas y viven en el piso de modo que no es una pensión ni necesita licencia, mientras que la administración indica que «precisamente» para ejercer la prostitución se produce la cesión de habitaciones diseñadas específicamente para ello, siempre en tiempo inferior a una hora, por lo que el piso debe calificarse como pensión».

Como conclusión la sentencia expone que la vivienda objeto de estos autos, está destinada alquiler de habitaciones, por un tiempo determinado, con una duración máxima de 30 minutos a una hora, lo que desde luego permite considerar que, en esa vivienda, se está realizando una actividad de hospedaje temporal y en consecuencia de pensión».

«Por otra parte, esta conclusión, que se infiere de la sentencia de instancia, aparece perfectamente corroborada por la distribución del local, que constituye un dato fáctico manifiesto y que demuestra que dicho local no puede ser concebido como vivienda, según los términos sociales en los que realmente nos movemos».

Fuente: (EUROPA PRESS)

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Valencia

Así queda el calendario escolar en València: sin clase el 16 de marzo y curso hasta el 22 de junio

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16 de marzo clase valencia
Foto: JUNTA CENTRAL FALLERA

El Consejo Escolar Municipal de València ha acordado solicitar a la Conselleria de Educación un cuarto día festivo dentro del calendario académico 2025-2026 en la ciudad. La propuesta contempla que el lunes 16 de marzo de 2026, en plena celebración de las Fallas, sea declarado festivo no lectivo, así como alargar un día más el curso escolar hasta el 22 de junio.

Si esta iniciativa sale adelante y cuenta con el visto bueno de la Dirección General de Centros Docentes, la comunidad educativa de València podría disfrutar de la semana completa de Fallas, al enlazar el festivo escolar del día 16 con el Día de San José (19 de marzo), que ya es festivo en la ciudad.

Apoyo unánime del Consejo Escolar Municipal

Según informa el Ayuntamiento de València, la propuesta planteada por el consistorio fue aprobada con el apoyo unánime de los representantes de las distintas entidades de padres y madres, docentes, entidades vecinales y directores de centros educativos que forman parte del Consejo Escolar Municipal.

La decisión se adoptó en una sesión extraordinaria celebrada en la tarde de este viernes, convocada de manera específica para abordar esta cuestión ante la creciente polémica generada por el carácter lectivo del 16 de marzo.

Participación del mundo fallero en la reunión

A la reunión asistieron, con voz pero sin voto, representantes de la Interagrupación de Fallas de Valencia y del Foro Cultural La Roqueta – San Vicente Mártir, tal y como establece el artículo 5.2 del Reglamento de Régimen Interno del Consejo Escolar Municipal.

Ambas entidades, como colectivos directamente afectados, trasladaron a los miembros del Consejo la importancia de garantizar que el 16 de marzo sea declarado festivo escolar, permitiendo así que los escolares de la ciudad puedan participar en los actos falleros más relevantes.

El trámite ante la Conselleria de Educación

A partir de ahora, el Ayuntamiento dará traslado del acuerdo alcanzado a la Dirección General de Centros Docentes, en aplicación del artículo 9 de la Orden de 11 de junio de 1998 de la Conselleria de Educación, que regula los criterios generales del calendario escolar en la Comunitat Valenciana.

La normativa contempla que, “cuando concurran circunstancias excepcionales”, la Dirección General pueda autorizar un calendario diferente para un centro o una localidad concreta, siempre que no se reduzca el número total de días lectivos del curso académico.

Por este motivo, la propuesta incluye alargar el curso hasta el 22 de junio, compensando así el día festivo extraordinario solicitado.

El origen de la polémica del 16 de marzo

La convocatoria extraordinaria del Consejo Escolar se produjo tras la polémica generada por haberse declarado lectiva la jornada del 16 de marzo. Esta semana, la asamblea de presidentes de falla llegó incluso a tumbar el programa de festejos de las Fallas del próximo año propuesto por la Junta Central Fallera, como medida de presión.

Desde distintos colectivos del mundo fallero, partidos de la oposición en el Ayuntamiento —Compromís y PSPV— y entidades como la Federación de Asociaciones de Padres y Madres de Alumnos (FAMPA-València), se defendió que ese día no hubiera clase para facilitar la participación del alumnado en los actos falleros.

Reacciones políticas y previsión para 2027

El concejal de Fallas y presidente de la Junta Central Fallera, Santiago Ballester, aseguró que se estaba trabajando para compatibilizar la asistencia de los niños a la recogida de premios, uno de los actos más tradicionales del 16 de marzo.

Desde la oposición, tanto Compromís como el PSPV celebraron la decisión del Consejo Escolar, aunque criticaron que la solución haya llegado tras meses de debate. Ambas formaciones advirtieron, además, de que el problema podría repetirse en 2027, cuando la semana fallera vuelva a coincidir plenamente con días lectivos.

Con este acuerdo, València da un paso más para adaptar el calendario escolar a la realidad de las Fallas, a la espera ahora de la decisión final de la Conselleria de Educación.

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