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Valencia

El TSJCV propone regular la prostitución

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VALÈNCIA, 27 Dic. – El tribunal Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de la Justicia de la Comunitat (TSJCV) considera que sería «muy razonable» que se regulara un «fenómeno» tan extendido como la prostitución, en una sentencia en confirma el cese de la actividad de un burdel clandestino del centro de València.

La sala, que desestima el recurso presentado contra la resolución de 2013 del ayuntamiento de València, que ordenó el cese inmediato de la actividad, confirma el cierre del local, dedicado a la prostitución, «sin perjuicio de que, sería muy razonable, el que se regulara legalmente, en todos sus sentidos, un fenómeno tan extendido como este», según la sentencia que ha adelantado este viernes Levante-EMV y a la que ha tenido acceso Europa Press.

En la sentencia, dictada el pasado 29 de noviembre, y que condena en costas a la propietaria, la sala aclara que «obviamente, este asunto no tiene por objeto valorar la actividad de prostitución que se materializa en el local objeto de las actuaciones, ni por supuesto resolver el pleito en función de un juicio crítico, estético o moral sobre la prostitución, cosa que es ajena por completo a la materia objeto de estos autos y sin perjuicio de que, sería muy razonable, el que se regulara legalmente, en todos sus sentidos , un fenómeno tan extendido como este».

El escrito se centra en desestimar el recurso presentado por el «cese inmediato del ejercicio de la actividad de alquiler de habitaciones por tiempo determinado en fracciones de 30 minutos a una hora realizada en la vivienda por tratarse de una actividad clandestina, al no haber efectuado la preceptiva comunicación ambiental que permita la apertura del establecimiento.

Resulta acreditada, según recoge la sentencia, la situación denunciada de alquiler de habitaciones por fracción de tiempo, pues en la inspección se encuentran varias inquilinas que tienen alquiladas habitaciones por tiempo determinados por horas o días, comprobándose que no hay libro registro de clientes.

DESCRIPCIÓN DE LA VIVIENDA
Asimismo describe que el inmueble, en el que parece que se han realizado obras que han alterado estado original de las habitaciones, cuenta con dos salas de estar con televisión, no tiene cocina, baño completo con una lavadora, cinco habitaciones dormitorio, todas ellas con puerta, candado con cerradura, una cama, un lavabo y un bidet. Asimismo su distribución responde a un uso eventual individualizado de las distintas estancias con respecto del resto.

Las inquilinas manifiestan, según el escrito, que el inmueble «carecía de cualquier medida de seguridad y sanitaria, y de las mínimas condiciones de salubridad, así como de protección de incendios lo que genera una gran situación de peligro ante el trasiego de personas
que acuden».

La juzgadora señala que «nos encontramos ante una pretensión de realizar una actividad sin contar con la preceptiva autorización, por lo que resulta obvio que el ayuntamiento bajo ningún concepto podía consentir la continuación de la pretendida actividad, por resultar incompatible con el ordenamiento jurídico».

Se comprueba que el inmueble está destinado alquiler de habitaciones por tiempo determinado en fracciones de 30 minutos a una hora, careciendo de licencia para el ejercicio de la actividad».

CALIFICACIÓN DE LA VIVIENDA
Así la cuestión se centra en la calificación de la vivienda. La dueña afirma que se trata de un subarriendo, ya que las personas que practican la prostitución están empadronadas y viven en el piso de modo que no es una pensión ni necesita licencia, mientras que la administración indica que «precisamente» para ejercer la prostitución se produce la cesión de habitaciones diseñadas específicamente para ello, siempre en tiempo inferior a una hora, por lo que el piso debe calificarse como pensión».

Como conclusión la sentencia expone que la vivienda objeto de estos autos, está destinada alquiler de habitaciones, por un tiempo determinado, con una duración máxima de 30 minutos a una hora, lo que desde luego permite considerar que, en esa vivienda, se está realizando una actividad de hospedaje temporal y en consecuencia de pensión».

«Por otra parte, esta conclusión, que se infiere de la sentencia de instancia, aparece perfectamente corroborada por la distribución del local, que constituye un dato fáctico manifiesto y que demuestra que dicho local no puede ser concebido como vivienda, según los términos sociales en los que realmente nos movemos».

Fuente: (EUROPA PRESS)

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Valencia

La Comunitat Valenciana lidera el crecimiento de población en España en 2025

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habitantes Comunitat Valenciana
Varias personas cruzan por la calle Colón. Archivo/EFE/ Manuel Bruque

La Comunitat Valenciana registra el mayor aumento de población en España durante el cuarto trimestre de 2025, según los últimos datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística (INE). La autonomía suma 18.700 nuevos habitantes y supera ya los 5,5 millones de residentes.

La Comunitat Valenciana gana 18.700 habitantes y alcanza los 5,52 millones

VALÈNCIA, 12 Feb. – La población de la Comunitat Valenciana creció un 0,34% en el cuarto trimestre de 2025, el mayor incremento relativo entre todas las comunidades autónomas, de acuerdo con la Estadística Continua de Población (ECP) difundida por el INE.

Con este aumento, la autonomía alcanza los 5.521.600 habitantes, consolidándose como una de las regiones más dinámicas demográficamente del país.

Del total de población:

  • 2.722.176 son hombres

  • 2.799.424 son mujeres

Este crecimiento confirma la tendencia al alza registrada en los últimos años y sitúa a la Comunitat Valenciana como motor demográfico de España.

El crecimiento poblacional se impulsa por el aumento de extranjeros

El incremento de población en la Comunitat Valenciana se debe principalmente al aumento de residentes nacidos en el extranjero.

De los más de 5,5 millones de habitantes:

  • 4.116.403 han nacido en España

  • 1.405.197 han nacido en el extranjero

En cuanto a nacionalidad:

  • 4.390.609 tienen nacionalidad española

  • 1.130.991 son extranjeros

Durante el último trimestre, la comunidad ganó:

  • 13.496 personas extranjeras

  • 5.373 personas españolas

Estos datos reflejan que la inmigración continúa siendo el principal factor de crecimiento demográfico en la región.

España alcanza su máximo histórico de población

A nivel nacional, la población residente en España aumentó en 81.520 personas durante el cuarto trimestre de 2025, situándose en 49.570.725 habitantes a 1 de enero de 2026, el valor más alto de la serie histórica.

En términos anuales, el crecimiento poblacional estimado fue de 442.428 personas.

El incremento nacional también estuvo impulsado por el aumento de personas nacidas en el extranjero, mientras que la población nacida en España descendió.

Actualmente:

  • 10.004.581 personas residentes en España han nacido en el extranjero

  • De ellas, 7.243.561 son extranjeros, nuevo récord histórico

  • El porcentaje de población extranjera alcanza el 14,6%

El número de personas nacidas fuera de España supera al de extranjeros debido a los procesos de adquisición de la nacionalidad española.

La Comunitat Valenciana, entre las regiones más atractivas para vivir

El liderazgo de la Comunitat Valenciana en crecimiento relativo refuerza su posición como una de las comunidades más atractivas para residir en España, tanto para población nacional como internacional.

Factores como el mercado laboral, la calidad de vida, el clima y el dinamismo económico siguen consolidando a la autonomía como uno de los principales polos de atracción demográfica del país.

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