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Cómo saber si te ha tocado estar en mesa electoral para el 9J

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Mesa electoral parlamento europeo
EFE/ Ana Escobar

El Ayuntamiento celebra el lunes que viene el sorteo para determinar la conformación de las mesas electorales del 9J

El Ayuntamiento ha convocado un pleno extraordinario para el próximo lunes 13 de mayo, a las 9.45 horas, para proceder al sorteo de las personas que presidirán o formarán parte como vocales de las 955 mesas electorales que tendrá la ciudad en las elecciones al Parlamento Europeo del 9 de junio.

Según el Instituto Nacional de Estadística (INE), València tendrá 955 mesas en un total de 274 colegios electorales y 614 secciones censales. La mesa electoral de València con más electores y electoras está conformada por 975 personas mientras que la de menos personas electoras tiene 228.

En esta convocatoria electoral votarán 577.965 ciudadanos españoles residentes en València, 38.890 ciudadanos españoles residentes en el extranjero y 3.936 ciudadanos de estados miembros de la Unión Europea residentes en la ciudad.

En el sorteo, que se celebrará en el Salón de Cristal, se eligen 9 personas para cubrir cada mesa, de forma que cada cargo (presidencia y dos vocalías) tiene un titular y dos suplentes.

Según prevé la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, la formación de las mesas electorales es competencia de los ayuntamientos, bajo la supervisión de las juntas electorales de zona.

Las personas que ostentan la presidencia y las vocalías de las mesas electorales son elegidas por sorteo público entre la totalidad de las personas incluidas en la lista de electores y electoras de cada mesa.

Para formar parte de las mesas electorales hay que saber leer y escribir y tener menos de 70 años, a pesar de que se puede renunciar a partir de los 65 años. Las personas que ejerzan la presidencia deben estar en posesión del título de bachiller o el de formación profesional de segundo grado o, subsidiariamente, el de graduado escolar o equivalente.

Por el contrario, no pueden ocupar la presidencia ni las vocalías las personas que concurran a las elecciones como candidatas.

La normativa señala que la determinación de los miembros de las mesas se hará mediante una aplicación informática para la cual se necesitan dos números de dos cifras cada uno.

El primer número indica el coeficiente de salto en la lista de electores mientras que el segundo número indica el número de veces que se debe barajar la lista de electores obtenida del proceso anterior.

El resultado determina, finalmente, la designación de cada uno de los componentes (una presidencia y dos vocalías) y los correspondientes suplentes de cada mesa electoral. Todo el proceso se realiza por medio de un algoritmo matemático que garantiza la seguridad del proceso.

En los días siguientes al sorteo, los ciudadanos y las ciudadanas elegidos al azar recibirán la notificación junto con un manual de instrucciones sobre sus funciones. A partir de ese momento, disponen de un plazo de siete días para alegar ante la Junta Electoral de Zona alguna causa justificada y documentada que les impida aceptar el cargo.

El Ayuntamiento de València retransmitirá en directo el Pleno en la página web municipal y por medio de la cuenta institucional de Twitter con la etiqueta #EleccionesUE2024.

 

Algunos ayuntamientos pueden publicar la información de las mesas electorales en sus páginas web, aunque no todos, por lo que deberás comprobar manualmente si el tuyo es de los que hacen pública la información.

Amplían las excusas legales para librarse de una mesa electoral

Sube 5 euros la dieta por estar en una mesa

Se pasa de 65 euros, que se cobraron, por ejemplo, en la jornada electoral de las últimas elecciones, a los 70 euros que se percibirán este año. La aprobación de la subida se recogió en la Orden INT/212/2023, de 1 de marzo, de regulación de la dieta de los miembros de las mesas electorales.

La dieta será percibida por cada uno de los titulares de la mesa electoral y por jornada electoral, aun cuando en la misma se celebren varios procesos.

Sólo tendrán derecho a la dieta aquellos que tengan la condición de titulares; los suplentes, únicamente cuando adquieran la condición de titulares.

El derecho a la dieta lo será en su importe íntegro, con independencia del tiempo de la jornada electoral que se haya estado desempeñando el cargo.

 

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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