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Entra en vigor la prohibición de usar tragaperras y futbolines en la hostelería valenciana

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Entra en vigor la prohibición de usar tragaperras y futbolines en hostelería

València, 24 dic (EFE).- El Diari Oficial de la Generalitat de la Generalitat Valenciana publica este jueves la resolución de la Conselleria de Sanidad por la que no quedan permitidos, en los establecimientos de restauración y hostelería, las máquinas recreativas, de azar o de juego con o sin premio, las máquinas de apuestas deportivas, ni los juegos de mesa, billares, dardos, futbolines o similares.

La presente resolución tiene efectos desde este mismo jueves y mantendrá su vigencia hasta las 23.59 horas del 15 de enero de 2021, según señala la resolución firmada por la consellera de Sanidad, Ana Barceló.

La nueva medida llega después de que el Tribunal Superior de Justicia valenciano haya acordado suspender cautelarmente una corrección de errores de una resolución anterior de la Conselleria de Sanidad sobre medidas adicionales contra la covid.

En una resolución inicial, del 5 de diciembre, se estableció que no estaban permitidos «los juegos de azar en los bares y similares», y mediante una corrección de errores el 17 de diciembre se aclaró que no estaban permitidos en locales de hostelería «los juegos de azar, incluidas las máquinas recreativas, de azar o de juego con o sin premio, máquinas de apuestas deportivas, juegos de mesa, billares, dardos, futbolines, o similares».

El auto de la Sección 4 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCV estima el recurso presentado por la Asociación de Empresarios de Máquinas Recreativas de la Comunitat Valenciana (Andemar), al considerar que no era una corrección de errores, sino una nueva redacción de ese apartado que no procedía.

La nueva resolución señala que es conveniente en la actual crisis sanitaria establecer medidas adicionales de control para la prevención de la propagación del SARS-CoV-2 y es «oportuno que en el ámbito de la restauración y hostelería las medidas se extiendan a todo tipo de actividad en torno a los juegos de azar», donde se produce una «interacción importante de personas».

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Valencia

La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón

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Carlos Mazón imputación dana
La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón-EUROPA PRESS

La jueza de Catarroja que investiga la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 ha acordado elevar una exposición razonada al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) para que se investigue al expresident de la Generalitat Carlos Mazón por una presunta “inactividad negligente” durante la emergencia que causó 230 víctimas mortales y una más en estudio.

La magistrada considera que existen indicios suficientes para que el alto tribunal asuma la investigación sobre el exjefe del Consell, dado que mantiene su acta de diputado en Les Corts y, por tanto, su condición de aforado. En la causa ya figuran como investigados la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas y su ex número dos Emilio Argüeso.

La instructora ve “conexidad” para investigar al expresident

Según el auto judicial, de 109 páginas, la investigación debe “extenderse de manera inevitable” a Mazón por la “evidente conexidad” con los hechos y la normativa de protección civil. La magistrada sostiene que, desde la perspectiva de la Presidencia de la Generalitat, la gestión de la emergencia “se detuvo de facto” durante varias horas en las que el entonces president permaneció en el reservado de un restaurante.

La resolución subraya que esa permanencia “absolutamente pasiva” durante cerca de cinco horas podría constituir una “grosera negligencia” con un resultado mortal de 230 fallecidos y numerosos heridos.

Competencia autonómica en la emergencia

La jueza recuerda que la gestión de la emergencia correspondía “exclusivamente” a la Generalitat Valenciana al haberse declarado el nivel dos. En ese contexto, cita resoluciones de la Audiencia Provincial que inciden en la competencia autonómica conforme al Estatuto de Autonomía, la Ley de Protección Civil y el plan especial frente a inundaciones.

El auto detalla además las circunstancias de cada una de las víctimas mortales y sitúa la dirección del plan de emergencias en la entonces consellera Salomé Pradas.

Cadena de negligencias y responsabilidad jerárquica

La instructora describe una “cadena de negligencias” en la que habrían intervenido distintos responsables. Entre los elementos señalados figuran:

  • La convocatoria tardía del CECOPI.

  • El retraso en el envío de la alerta a la población, que se produjo a las 20.11 horas cuando la mayoría de víctimas ya habían fallecido.

  • La falta de coordinación entre organismos autonómicos.

  • Los avisos previos de la Agencia Estatal de Meteorología y la Confederación Hidrográfica del Júcar.

  • El elevado número de llamadas al 112 durante la jornada.

A juicio de la magistrada, la estructura jerárquica implicaba que el president debía supervisar y controlar la actuación de los responsables inferiores, lo que sitúa su eventual responsabilidad en un plano de mayor gravedad.

Horas clave sin decisiones relevantes

El auto apunta a una “situación de ajenidad” del entonces president entre las 14.30 y las 20.28 horas, cuando llegó al CECOPI en l’Eliana. En ese periodo, la jueza aprecia una supuesta minimización de la gravedad de la emergencia y ausencia de decisiones relevantes por parte de la máxima autoridad autonómica.

También ve indicios de una posible participación en el proceso de envío de la alerta Es-Alert, al considerar que los mensajes del jefe de gabinete del expresident a la consellera no eran simples opiniones, sino órdenes.

La instructora cuestiona además la falta de comunicación directa en momentos críticos y la imposibilidad de coordinar la emergencia si el teléfono no estaba operativo o accesible.

Sin valoración política

La magistrada recalca que la exposición razonada no se basa en un análisis moral o político, sino en la posible relevancia penal de la actuación del aforado y en su papel en la coordinación de la emergencia.

El TSJCV deberá decidir ahora si asume la investigación sobre Carlos Mazón en el marco de la causa abierta por la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.

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