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¿Es festivo el 24 de junio en la Comunitat Valenciana?

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El próximo martes 24 de junio de 2025, los ciudadanos de la Comunitat Valenciana celebrarán el día de San Juan, una jornada muy esperada por su simbolismo y tradiciones. Pero este año, la festividad viene con un matiz importante que genera muchas dudas entre trabajadores y empresas: ¿es festivo retribuido, no laborable, o hay que devolver las horas?

¿Es festivo el 24 de junio en la Comunitat Valenciana?

Sí, el 24 de junio de 2025 figura como festividad autonómica en el calendario laboral de la Comunitat Valenciana, aprobado por el Pleno del Consell. Sin embargo, tiene un matiz legal que debes conocer: es un festivo “retribuido y recuperable”.

Esto significa que, aunque el trabajador puede disfrutar del día libre y cobrará su salario habitual, deberá recuperar las horas no trabajadas en otro momento acordado con la empresa, siempre antes de que acabe el año 2025.

¿Por qué no es un festivo «normal»?

En España cada comunidad autónoma dispone de un máximo de 14 días festivos al año (12 nacionales o autonómicos y 2 locales). En este 2025, la Comunitat Valenciana ya tenía ocupados los 14 días oficiales permitidos, por lo que no podía añadir otro festivo “no recuperable”. La única solución fue aplicar la fórmula del festivo retribuido y recuperable, como ya ocurrió en 2021.

¿Qué implica para los trabajadores este festivo recuperable?

  • Si decides NO trabajar el 24 de junio, podrás descansar, pero deberás devolver esas horas.

    • No pueden restártelas de tus vacaciones.

    • La recuperación se hace con prolongaciones de jornada, pero nunca superando las 9 horas diarias.

    • Debe respetarse un mínimo de 12 horas de descanso entre jornadas.

    • El plazo máximo para recuperar las horas es dentro del mismo año (2025).

  • Si decides TRABAJAR el 24 de junio, no tendrás que recuperar nada.

    • Además, si tu convenio establece algún tipo de compensación por trabajar en festivo (como un plus o un día libre alternativo), se debe aplicar.

    • Eso sí, no se paga como hora extra, ya que no se superan las horas anuales establecidas por convenio.

¿Qué pasa si no hay acuerdo entre la empresa y los empleados?

En caso de no existir representantes sindicales o comités de empresa, el trabajador deberá pactar directamente con la empresa cuándo devolver las horas. Si no se llega a ningún acuerdo, la empresa tiene la última palabra, pero debe cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Las horas deben recuperarse dentro del año 2025.

  2. No pueden restarse de los días de vacaciones ni de otros permisos retribuidos.

  3. La jornada diaria no puede superar las 9 horas.

¿Dónde es festivo el 24 de junio de forma completa?

En municipios como Alicante capital, el 24 de junio siempre es festivo al coincidir con el día grande de las Hogueras de San Juan, su fiesta oficial. En este caso, sí es considerado festivo local completo y no recuperable, independientemente del resto de la Comunitat.

¿Por qué se celebra San Juan el 24 de junio?

La festividad de San Juan tiene una larga tradición en la cultura mediterránea, ligada al solsticio de verano y a los rituales del fuego. En la Comunitat Valenciana, especialmente en zonas como Alicante y la costa, es habitual celebrar hogueras, verbenas y fuegos artificiales, convirtiéndose en una de las noches más mágicas del año.

Fue en 2016 cuando el Consell convirtió oficialmente el día de San Juan en festivo autonómico para toda la Comunitat Valenciana, igualando así su estatus con el 19 de marzo, día de San José y Fallas. Desde entonces, cada año se intenta incluirlo en el calendario laboral, aunque no siempre se consigue como festivo pleno.


Consejos prácticos si trabajas o no el 24 de junio

Consulta tu convenio colectivo: algunos sectores regulan cómo compensar los festivos recuperables.
Habla con tu empresa con antelación para pactar cómo devolver las horas si decides descansar.
No pueden obligarte a coger un día de vacaciones para compensar: esa opción no está contemplada por la ley.
Anota las horas que debes recuperar y acuerda un calendario que respete tus derechos laborales.

Calendario laboral de la Comunitat Valenciana en 2025

Estos son los festivos nacionales y autonómicos confirmados para la Comunitat Valenciana en 2025:

  • 1 de enero (miércoles): Año Nuevo

  • 6 de enero (lunes): Epifanía del Señor

  • 19 de marzo (miércoles): San José

  • 18 de abril (viernes): Viernes Santo

  • 21 de abril (lunes): Lunes de Pascua

  • 1 de mayo (jueves): Día del Trabajo

  • 24 de junio (martes): San Juan (retribuido y recuperable)

  • 15 de agosto (viernes): Asunción de la Virgen

  • 9 de octubre (jueves): Día de la Comunitat Valenciana

  • 1 de noviembre (sábado): Todos los Santos

  • 6 de diciembre (sábado): Día de la Constitución

  • 8 de diciembre (lunes): Inmaculada Concepción

  • 25 de diciembre (jueves): Navidad

A estos días hay que añadir los dos festivos locales que establece cada ayuntamiento. En Valencia ciudad, por ejemplo, son:

  • 22 de enero: San Vicente Mártir

  • 28 de abril: San Vicente Ferrer


Conclusión: ¿cómo organizarse con el festivo del 24 de junio?

El festivo de San Juan en 2025 es una oportunidad para descansar, pero con condiciones. Por eso, lo más recomendable es:

  • Hablar con la empresa para pactar cómo y cuándo se recuperarán las horas si se opta por no trabajar.

  • Consultar el convenio colectivo, ya que puede contener mejoras o condiciones específicas para días festivos.

  • Planificar con tiempo si vas a disfrutar de un puente o jornada libre, para no tener problemas con la recuperación posterior.

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Le cobran 12 euros por un colgador de bolso en un restaurante de Ibiza 

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colgador bolso restaurante Ibiza 
Restaurante japonés Wakame

La polémica se ha desatado en Ibiza tras conocerse el caso de una clienta que recibió en su cuenta un cargo de 12 euros por un simple gancho para colgar el bolso en la mesa. La asociación FACUA-Consumidores en Acción ha denunciado al restaurante japonés Wakame, ubicado en la isla, por considerar que se trata de una práctica abusiva contraria a la legislación de consumo.

El caso: de una oferta amable a un cobro inesperado

Según relató la afectada en la red social X (antes Twitter), la camarera del establecimiento le ofreció “amablemente” colocar su bolso en un gancho instalado en la mesa. En un primer momento, la clienta rechazó la propuesta, pero la insistencia del personal la llevó a aceptar. La sorpresa llegó al recibir la cuenta, donde figuraba un cargo adicional bajo el concepto «gancho bolsa».

El restaurante ha intentado justificar el cobro alegando que en ocasiones anteriores algunos clientes se llevaban el accesorio pensando que era gratuito. Por ello, aseguran que aplican el importe como “depósito” para evitar olvidos a la hora de retirarlo, afirmando que se descuenta al pagar salvo que el cliente quiera quedárselo.

Sin embargo, FACUA señala que en ningún momento se informó a la consumidora del coste antes de ofrecerle el servicio, algo que la ley obliga a hacer de forma clara y previa. Además, recuerdan que este tipo de colgadores se pueden adquirir en el mercado por poco más de un euro, lo que hace que el cobro resulte “desproporcionado y abusivo”.

Qué dice la ley sobre este tipo de cobros

FACUA fundamenta su denuncia en el Real Decreto Legislativo 1/2007, que aprueba la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. Esta norma prohíbe prácticas comerciales desleales, cobros por servicios no solicitados expresamente y cláusulas abusivas que generen un desequilibrio entre las partes.

Asimismo, el artículo 20 establece que cualquier servicio debe mostrar su precio final completo, incluyendo impuestos y gastos adicionales, antes de que el consumidor lo acepte.

La Ley 7/2014 de las Islas Baleares también sanciona la utilización de métodos de venta que induzcan a pagar servicios accesorios no solicitados o que confundan al consumidor sobre su coste real.

FACUA pide sanciones

Ante estos hechos, FACUA ha solicitado a la Dirección General de Prestaciones, Farmacia y Consumo del Gobierno balear que abra una investigación y, en caso de confirmarse la irregularidad, imponga un expediente sancionador al restaurante.

La asociación recuerda que cualquier establecimiento que quiera cobrar por un servicio opcional debe informar de forma previa y clara al cliente y permitirle decidir libremente si lo adquiere o no. De lo contrario, la ley considera que se trata de un obsequio o atención comercial y no puede cobrarse después.

Un debate que incendia las redes

El caso ha provocado un intenso debate en redes sociales, donde muchos usuarios han criticado el cobro y lo consideran un ejemplo de cómo algunos negocios aplican tarifas abusivas en zonas turísticas como Ibiza. Otros apuntan que, aunque el restaurante intente justificarlo como un “depósito”, el hecho de no informar previamente vulnera los derechos básicos de los consumidores.

FACUA concluye que este tipo de prácticas dañan la imagen del sector hostelero y suponen un riesgo para el turismo de calidad en las Islas Baleares.

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