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España recibirá 20,8 millones de dosis adicionales de la vacuna de Pfizer a partir de abril

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Madrid, 16 feb (EFE).- El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el acuerdo que posibilita a España a adquirir 20,8 millones de dosis adicionales de la vacuna contra el coronavirus de Pfizer/BioNTech, fruto del acuerdo de la UE con esta farmacéutica y cuya entrega se producirá a partir del próximo mes de abril.

Lo ha asegurado la portavoz del Ejecutivo, María Jesús Montero, en la rueda de prensa tras el Consejo de Ministros, quien ha recordado que en noviembre ya se dio luz verde a que España recibiera 30 millones, con lo que en total llegarán al país 50 millones de dosis para inmunizar a 25 millones de personas a lo largo de 2021.

Esta nueva remesa de 20,8 millones obedece al contrato firmado la semana pasada por la Comisión Europea y la farmacéutica por el que ésta se comprometía a entregar 200 millones de dosis a los estados miembros con opción a otros 100 adicionales.

Al ser la distribución proporcional a la población, a España le corresponde el 10,57 % de esas dosis pactadas, una entrega que comenzará en abril; en concreto se esperan 7,8 millones de dosis entre el segundo y tercer trimestre del año y 5,2 millones en los últimos tres meses.

El coste de esta nueva remesa, ha dicho Montero, asciende a 322 millones de euros, con un coste unitario de 15,5 euros.

Así, Montero ha dicho que el Gobierno mantiene su objetivo de haber inmunizado al 70 % de la población en verano ya que a las tres vacunas disponibles en España se unirán otras tres una vez sean aprobadas por la Agencia Europea del Medicamento y la campaña de vacunación «va a buen ritmo».

Sobre la evolución de la pandemia en el país, la portavoz del Gobierno ha señalado que «parece» que la tercera ola va remitiendo «poco a poco, de forma lenta» aunque hay comunidades que mantienen una presión hospitalaria «importante por lo que hay que seguir en alerta y «con cautela».

La situación lleva al Ejecutivo, ha dicho Montero, a insistir en el mensaje de prudencia en las relaciones sociales y ha instado a la ciudadanía a seguir a «rajatabla» las indicaciones de las autoridades sanitarias.

Por eso, ha insistido en que «no tengamos prisa en recorrer la desescalada» para que las medidas se vayan consolidando y se pueda seguir bajando de forma progresiva la incidencia acumulada hasta alcanzar el objetivo de 50 casos por cada 100.000 habitantes.

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¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

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La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


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