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Estas son las materias de la Universitat de València posicionadas como las mejores de España

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VALÈNCIA, 5 Dic. (EUROPA PRESS) – La Universitat de València está entre los cinco mejores centros de enseñanza superior de España en las materias de Psicología (donde es la cuarta), y en Derecho, Ciencias de la Vida e Ingeniería y Tecnología, donde queda como quinta mejor, según el ranking Times Higher Education-World University Rankings by subject (THE). Además, la institución también se sitúa en la sexta posición en Ciencias Físicas.

Según ha informado la institución académica en un comunicado, en esta edición la Universitat aparece clasificada en las once materias analizadas, y en ocho de ellas entra por primera vez. Estas nuevas son Derecho (posición 151 del mundo); Psicología (donde el centro académico figura en el rango 176-200 global); Ingeniería y Tecnología (en la posición 301-400 mundial); y Artes y Humanidades (en el tramo 301-400 del mundo). El centro también ha accedido al ranking con las materias de Economía y Negocios, Educación, Ciencias Sociales y Ciencias de la Computación.

En aquellas áreas donde continúa clasificada, como Ciencias de la Vida y Ciencias Físicas, la Universidad de Valencia se sitúa en el rango 301-400 del mundo.

El Times Higher Education mide la calidad de la enseñanza, la investigación, las citas, la perspectiva internacional, la reputación y los ingresos de la industria derivados de la actividad universitaria. Este año ha clasificado un total de 1.258 instituciones de todo el mundo, 156 más que la edición anterior, de las cuales 38 son españolas.

A finales de noviembre se ha actualizado en la clasificación por materias, mientras que la clasificación general de 2018 se hizo a finales de septiembre. En ella, la Universidad se consolidaba como la primera valenciana y la sexta de España, avanzaba en todos los indicadores medidos, especialmente en citas de publicaciones científicas y entraba en el grupo de las 500 mejores universidades del mundo.

El ranking Times Higher Education, fundado en 2004, utiliza como proveedor de datos bibliométricos a Elsevier-Scopus. En la puntuación total utiliza los indicadores de enseñanza (30% del valor total), investigación (otro 30%), citaciones (30%), ingresos de la industria (2,5%) y perspectiva internacional (7,5%).

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ELECCIONES 28M| Estos son los pasos y plazos para solicitar el voto por correo

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Cuidadanos ejercen su derecho al voto en las pasadas elecciones generales 10N. Imagen: EUROPA PRESS

El domingo 28 de mayo, los españoles tienen una nueva cita con las urnas. La cita es doble: tienen lugar las elecciones autonómicas y municipales. Si en estas elecciones del 28m deseas ejercer tu derecho a voto por correo, porque te encuentras en otro lugar o, como es habitual, estás empadronado en un lugar diferente a tu lugar de residencia, estos son los pasos a seguir.

Pasos para solicitar el voto por correo para las elecciones del 28m

La Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG) establece los pasos y plazos a seguir para votar por correo. En ella se establece que el voto por correo podrá pedirse desde el día en que la convocatoria oficial de las elecciones sea publicada en el Boletín Oficial del Estado. La publicación debe realizarse 54 días antes de la convocatoria. Es decir, el rey Felipe VI firmará el Real Decreto y Sánchez lo refrendará el día 3 de abril. La convocatoria será publicada en el BOE al día siguiente, por lo que a partir del 4 de abril se podrá pedir el voto por correo. 

Si te encuentras en España

¿Cómo y cuándo pedir el voto para las próximas elecciones?

Los electores que residen en España pueden solicitar el voto por correo desde el 4 de abril. Para ello, deben acudir personalmente a una oficina de Correos (salvo enfermedad o discapacidad) y rellenar la solicitud presentando su DNI, pasaporte o carnet de conducir. Este plazo terminará el 18 de mayo, diez días antes de que se celebren las elecciones.

La Oficina del Censo Electoral se encargará de enviar las papeletas y los sobres por correo certificado al elector que lo solicite. El plazo para el envío se extiende hasta el día 22 de mayo. El paquete debe ser recogido por el solicitante del voto, que deberá acreditar su identidad, para evitar cualquier tipo de fraude. El envío incluirá el certificado de inscripción en el Censo y el sobre con la mesa en la que le corresponde votar.

¿Cómo y cuándo enviar tu voto por correo este 28m?

El plazo para enviar el voto terminará tres días antes de la celebración de elecciones. El elector deberá enviar su voto hasta el 25 de mayo. Plazo que podría verse modificado por la Junta Electoral Central.

¿Qué debo enviar?

El paquete que recibirás en casa incluirá: una papeleta de cada partido político y formación que se presentan tanto a las elecciones municipales como a las autonómicas, dos sobres (uno para cada voto), el certificado de inscripción en el censo, un sobre con la información de la mesa electoral que te corresponda y un documento en el que te explican el proceso para votar por correo.

En el sobre dirigido a la mesa habrá que introducir los dos sobres correspondientes cerrados junto con el certificado. Correos entregará estos votos entre las 9.00 y las 20.00 del día de las elecciones y se introducirán en las urnas en último lugar, antes de comenzar el recuento.

Si resides o te encuentras fuera de España

El proceso para los electores que no vayan a estar en España el día de las elecciones es distinto, aunque los plazos son similares.

Para ello, los electores deberán darse de alta como no residentes y rellenar el impreso de solicitud de documentación electoral y enviarla a través de la oficina consular.

Aquellas personas electoras que no residan en España y deseen votar deberán estar censados en el Consulado del país de residencia. De estar en la lista del censo electoral se podrá realizar la petición de voto y recibir en su domicilio la documentación necesaria para votar.

Después, hay dos opciones. Votar por correo remitiendo su voto a la Oficina Consular adscrita o votar en la urna de la Oficina Consular. En el año 2022 se aprobó una reforma de este proceso que puedes consultar en este BOE.

Cosas a tener en cuenta cuando solicitas el voto por correo

Votar por correo: una decisión no rectificable

Como sabemos, a cada persona le corresponde por derecho un voto en cada proceso electoral. Por este motivo, cuando se solicita el voto por correo, se pierde el derecho al voto presencial. Esto debe tenerse en cuenta porque no hay posibilidad de cambiar de opinión en el último momento: no podrás votar presencialmente si iniciaste el proceso de solicitud del voto por correo.

La devolución del envío de tu voto por correo

El voto en las elecciones de nuestro país es un derecho de todos los ciudadanos que cumplan los requisitos establecidos por la ley. Es un derecho, además, que debe ser gratuito. En el caso de enviar tu voto desde el extranjero y haber abonado gastos de envío, puedes pedir la devolución de ese importe.

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