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Estas son las sanciones y denuncias que establece el Consell para quien incumple medidas de prevención del COVID

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El Pleno del Consell ha aprobado el proyecto de decreto ley por el que se establece el régimen sancionador específico contra los incumplimientos de las medidas de prevención frente a la COVID-19.

Con esta norma, la Generalitat centraliza la tramitación e imposición de las sanciones, sin perjuicio de las competencias de los ayuntamientos y del Gobierno central, tal y como establece el Real Decreto ley, del 9 de junio, de medidas urgentes contra la pandemia.

Este decreto ley contiene un cuadro completo de las infracciones y sanciones específicas para quienes incumplan las medidas dictadas por las autoridades sanitarias para luchar contra la COVID-19.

La norma consta de tres capítulos, quince artículos, dos disposiciones adicionales, una disposición transitoria y una disposición final. Los responsables de las infracciones administrativas previstas en el texto serán las personas físicas o jurídicas que incurran en alguna de las acciones tipificadas en la norma. En el caso de los menores de edad, serán responsables sus padres o tutores legales.

Respecto a las sanciones, se dividen en tres grupos: leves, graves y muy graves. En el primer grupo, se consideran infracciones leves y, por tanto, susceptibles de ser sancionadas con multas de entre 60 y 600 euros las siguientes acciones:

1. Incumplir la obligación del uso de mascarilla o el uso inadecuado de la misma, si bien está infracción sólo podrá sancionarse con un máximo de 100 euros.

2. Por parte de los establecimientos públicos, el obviar la obligación de informar a los clientes sobre el aforo del local, la distancia mínima interpersonal o el uso de mascarilla.

3. Incumplir las medidas generales de higiene y prevención en locales públicos o privados cuando no suponga riesgo de contagio o el riesgo afecte a menos de 15 personas.

4. La vulneración de la cuarentena por parte de aquellas personas que no hayan dado positivo en Covid-19, pero que sean contactos directos de un enfermo confinado.

5. Quebrantar una orden general de confinamiento.

Por su parte, el decreto ley considera como una infracción grave y penada con multas de entre 601 a 30.000 euros el vulnerar:

1. Los límites de aforo en los establecimientos públicos cuando no sea falta leve o muy grave.

2. La prohibición de organizar o participar en reuniones, fiestas o cualquier otro acto privado o público que impliquen una aglomeración o en los que se dificulte la adopción de las medidas sanitarias.

3. El mantenimiento de la distancia de seguridad entre mesas o agrupaciones de mesas en los locales abiertos al público y terrazas al aire libre.

4. Las medidas de higiene y la obligación de limpieza y desinfección de los accesos del recinto y localidades donde se siente el público.

5. La prohibición de usar espacios del establecimiento para actividades no permitidas.

6. Las medidas de higiene para cualquier tipo de establecimiento cuando suponga riesgo de contagio o afecte a más de 15 personas.

7. El aislamiento domiciliario que deben guardar quienes hayan dado positivo en COVID-19.

En las sanciones graves también se contempla la suspensión o prohibición de la actividad, la clausura del local y la inhabilitación para la organización y promoción de espectáculos públicos y actividades recreativas por un periodo máximo de seis meses.

Por último, las infracciones calificadas como muy graves y que pueden acarrear una multa de entre 30.001 a 60.000 euros son las siguientes:
1. No respetar los límites de aforo, así como las medidas de prevención e higiene por parte de los establecimientos abiertos al público cuando suponga un grave riesgo que afecte a más de 150 personas.

2. Sobrepasar el aforo del establecimiento si en él se hallan presentes menores de edad y/o mayores de 65 años.

3. Organizar reuniones o fiestas, de carácter privado o público, que impliquen una aglomeración que impida la adopción de las medidas sanitarias o se hallen presentes menores de edad y/o mayores de 65 años.

4. Impedir la inspección por parte de los agentes de la autoridad o funcionarios, así como la negativa a colaborar con ellos.

5. Incumplir la obligación de inhabilitar la pista de baile para este uso.

6. Vulnerar de forma reiterada el deber de aislamiento domiciliario por parte de personas que hayan dado positivo en COVID-19.

Para las sanciones muy graves, el decreto ley también prevé la suspensión o prohibición de la actividad, la clausura del local y la inhabilitación para la organización y promoción de espectáculos públicos y actividades recreativas por un periodo máximo de tres años y de forma acumulada hasta un máximo de 10.

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Una mujer de 47 años mata presuntamente a un hombre a puñaladas en su vivienda de Requena y entra en prisión

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crimen el fenollar

Una mujer de 47 años ha sido detenida como presunta autora de la muerte a puñaladas de un hombre de 51 años en Requena (Valencia). El crimen se produjo el pasado sábado en el domicilio de la víctima y la detenida ha ingresado en prisión provisional por orden del juzgado de guardia.

La investigación apunta a que la mujer atacó con un arma blanca al hombre en el interior de su vivienda. Según la información facilitada por la Guardia Civil, entre ambos no existía una relación sentimental.

Detenida una mujer de 47 años por el crimen de Requena

La mujer fue detenida por la Guardia Civil como presunta responsable del homicidio después de los hechos ocurridos el sábado en Requena.

La víctima, un hombre de 51 años, se encontraba en su vivienda cuando se produjo el ataque con arma blanca que acabó provocándole la muerte.

El caso permanece bajo investigación para determinar con precisión las circunstancias en las que se produjo el crimen y el móvil del ataque.

La detenida ingresa en prisión provisional

Tras ser puesta a disposición judicial, el juzgado de guardia acordó el ingreso en prisión provisional de la mujer.

La medida se produce mientras avanzan las diligencias para esclarecer lo ocurrido y determinar las circunstancias y la posible responsabilidad penal de la investigada.

El crimen ocurrió en la vivienda de la víctima

Los hechos se produjeron el pasado sábado en el domicilio del hombre en Requena. Según las primeras informaciones conocidas, la mujer se encontraba en la vivienda cuando se produjo el ataque mortal.

La Guardia Civil ha confirmado que no existía una relación sentimental entre la víctima y la detenida, un elemento relevante dentro de la investigación.

Algunos medios han apuntado a que los investigadores trabajan también sobre la posibilidad de que los hechos pudieran estar relacionados con un posible caso de extorsión, aunque esta hipótesis no ha sido confirmada oficialmente y la investigación continúa abierta.

Investigación abierta en Requena

La Guardia Civil mantiene abiertas las diligencias para esclarecer el homicidio y determinar qué ocurrió en el interior de la vivienda.

La detenida permanece en prisión provisional mientras continúa la investigación judicial. Por el momento, y a la espera de que avance el procedimiento, se mantiene la condición de presunta autora de los hechos.

Datos del crimen de Requena

  • Lugar: Requena, Valencia
  • Víctima: hombre de 51 años
  • Detenida: mujer de 47 años
  • Arma empleada: arma blanca
  • Lugar del crimen: vivienda de la víctima
  • Fecha de los hechos: sábado 12 de septiembre de 2026
  • Investigación: Guardia Civil
  • Situación judicial: prisión provisional para la detenida
  • Relación sentimental: la Guardia Civil señala que no existía entre ambos
  • Móvil: investigación abierta; algunos medios apuntan a una posible extorsión, sin confirmación oficial

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