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Estas son las sanciones y denuncias que establece el Consell para quien incumple medidas de prevención del COVID

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El Pleno del Consell ha aprobado el proyecto de decreto ley por el que se establece el régimen sancionador específico contra los incumplimientos de las medidas de prevención frente a la COVID-19.

Con esta norma, la Generalitat centraliza la tramitación e imposición de las sanciones, sin perjuicio de las competencias de los ayuntamientos y del Gobierno central, tal y como establece el Real Decreto ley, del 9 de junio, de medidas urgentes contra la pandemia.

Este decreto ley contiene un cuadro completo de las infracciones y sanciones específicas para quienes incumplan las medidas dictadas por las autoridades sanitarias para luchar contra la COVID-19.

La norma consta de tres capítulos, quince artículos, dos disposiciones adicionales, una disposición transitoria y una disposición final. Los responsables de las infracciones administrativas previstas en el texto serán las personas físicas o jurídicas que incurran en alguna de las acciones tipificadas en la norma. En el caso de los menores de edad, serán responsables sus padres o tutores legales.

Respecto a las sanciones, se dividen en tres grupos: leves, graves y muy graves. En el primer grupo, se consideran infracciones leves y, por tanto, susceptibles de ser sancionadas con multas de entre 60 y 600 euros las siguientes acciones:

1. Incumplir la obligación del uso de mascarilla o el uso inadecuado de la misma, si bien está infracción sólo podrá sancionarse con un máximo de 100 euros.

2. Por parte de los establecimientos públicos, el obviar la obligación de informar a los clientes sobre el aforo del local, la distancia mínima interpersonal o el uso de mascarilla.

3. Incumplir las medidas generales de higiene y prevención en locales públicos o privados cuando no suponga riesgo de contagio o el riesgo afecte a menos de 15 personas.

4. La vulneración de la cuarentena por parte de aquellas personas que no hayan dado positivo en Covid-19, pero que sean contactos directos de un enfermo confinado.

5. Quebrantar una orden general de confinamiento.

Por su parte, el decreto ley considera como una infracción grave y penada con multas de entre 601 a 30.000 euros el vulnerar:

1. Los límites de aforo en los establecimientos públicos cuando no sea falta leve o muy grave.

2. La prohibición de organizar o participar en reuniones, fiestas o cualquier otro acto privado o público que impliquen una aglomeración o en los que se dificulte la adopción de las medidas sanitarias.

3. El mantenimiento de la distancia de seguridad entre mesas o agrupaciones de mesas en los locales abiertos al público y terrazas al aire libre.

4. Las medidas de higiene y la obligación de limpieza y desinfección de los accesos del recinto y localidades donde se siente el público.

5. La prohibición de usar espacios del establecimiento para actividades no permitidas.

6. Las medidas de higiene para cualquier tipo de establecimiento cuando suponga riesgo de contagio o afecte a más de 15 personas.

7. El aislamiento domiciliario que deben guardar quienes hayan dado positivo en COVID-19.

En las sanciones graves también se contempla la suspensión o prohibición de la actividad, la clausura del local y la inhabilitación para la organización y promoción de espectáculos públicos y actividades recreativas por un periodo máximo de seis meses.

Por último, las infracciones calificadas como muy graves y que pueden acarrear una multa de entre 30.001 a 60.000 euros son las siguientes:
1. No respetar los límites de aforo, así como las medidas de prevención e higiene por parte de los establecimientos abiertos al público cuando suponga un grave riesgo que afecte a más de 150 personas.

2. Sobrepasar el aforo del establecimiento si en él se hallan presentes menores de edad y/o mayores de 65 años.

3. Organizar reuniones o fiestas, de carácter privado o público, que impliquen una aglomeración que impida la adopción de las medidas sanitarias o se hallen presentes menores de edad y/o mayores de 65 años.

4. Impedir la inspección por parte de los agentes de la autoridad o funcionarios, así como la negativa a colaborar con ellos.

5. Incumplir la obligación de inhabilitar la pista de baile para este uso.

6. Vulnerar de forma reiterada el deber de aislamiento domiciliario por parte de personas que hayan dado positivo en COVID-19.

Para las sanciones muy graves, el decreto ley también prevé la suspensión o prohibición de la actividad, la clausura del local y la inhabilitación para la organización y promoción de espectáculos públicos y actividades recreativas por un periodo máximo de tres años y de forma acumulada hasta un máximo de 10.

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AEMET alerta de una nueva DANA: lluvias intensas, bajada de temperaturas y nieve desde 1.200 metros

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el tiempo en valencia

La Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) ha alertado de la llegada de una nueva DANA a España en los próximos días, un episodio que traerá consigo lluvias generalizadas, descenso de temperaturas y nevadas en cotas relativamente bajas, tras la retirada progresiva de la borrasca Emilia.

Aunque la borrasca que ha afectado recientemente a buena parte del país comienza a perder fuerza, la inestabilidad atmosférica continuará, con una situación marcada por aire frío en altura y nuevas precipitaciones en amplias zonas del territorio.


Zonas más afectadas por la nueva DANA

Según las previsiones de AEMET, esta nueva DANA podría entrar por el sur peninsular y extender sus efectos a numerosas comunidades. Las lluvias más intensas se esperan en:

  • Zonas del Mediterráneo

  • El centro peninsular

  • El norte de España

Durante las primeras horas del episodio, las precipitaciones podrían ser localmente fuertes en Andalucía, Madrid, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Galicia y Asturias, con acumulaciones significativas en algunos puntos.


Descenso de temperaturas y ambiente invernal

La entrada de aire frío provocará una bajada notable de las temperaturas, especialmente en el oeste y sur de la Península. Este martes, los termómetros podrían situarse por debajo de los 10 ºC en comunidades como Madrid, Castilla-La Mancha y Castilla y León.

Aunque entre el miércoles y el jueves se prevé un ligero repunte de las temperaturas máximas, AEMET advierte de que la inestabilidad continuará de cara al fin de semana, con valores térmicos nuevamente contenidos y sensación plenamente invernal.


Nieve a partir de los 1.000–1.200 metros

Uno de los aspectos más destacados del episodio será la bajada de la cota de nieve, que se situará entre los 1.000 y 1.200 metros, con posibilidad de descensos puntuales aún mayores.

Las zonas con mayor probabilidad de nevadas serán:

  • Pirineos

  • Sistema Central

  • Cordillera Cantábrica

  • Sierra Nevada

En estas áreas no se descartan acumulaciones significativas, especialmente en episodios de precipitación persistente.


Recomendaciones y avisos meteorológicos

Este nuevo episodio de inestabilidad podría prolongarse durante varios días, lo que obligará a activar avisos meteorológicos en distintas comunidades autónomas.

Desde AEMET se recomienda extremar la precaución, especialmente en los desplazamientos por carretera, en zonas de montaña y ante posibles crecidas de cauces. El organismo recuerda la importancia de consultar las previsiones actualizadas, ya que la evolución de la DANA aún presenta incertidumbre y sus efectos finales dependerán de su trayectoria e intensidad.

 

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