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Estas son las sanciones y denuncias que establece el Consell para quien incumple medidas de prevención del COVID

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El Pleno del Consell ha aprobado el proyecto de decreto ley por el que se establece el régimen sancionador específico contra los incumplimientos de las medidas de prevención frente a la COVID-19.

Con esta norma, la Generalitat centraliza la tramitación e imposición de las sanciones, sin perjuicio de las competencias de los ayuntamientos y del Gobierno central, tal y como establece el Real Decreto ley, del 9 de junio, de medidas urgentes contra la pandemia.

Este decreto ley contiene un cuadro completo de las infracciones y sanciones específicas para quienes incumplan las medidas dictadas por las autoridades sanitarias para luchar contra la COVID-19.

La norma consta de tres capítulos, quince artículos, dos disposiciones adicionales, una disposición transitoria y una disposición final. Los responsables de las infracciones administrativas previstas en el texto serán las personas físicas o jurídicas que incurran en alguna de las acciones tipificadas en la norma. En el caso de los menores de edad, serán responsables sus padres o tutores legales.

Respecto a las sanciones, se dividen en tres grupos: leves, graves y muy graves. En el primer grupo, se consideran infracciones leves y, por tanto, susceptibles de ser sancionadas con multas de entre 60 y 600 euros las siguientes acciones:

1. Incumplir la obligación del uso de mascarilla o el uso inadecuado de la misma, si bien está infracción sólo podrá sancionarse con un máximo de 100 euros.

2. Por parte de los establecimientos públicos, el obviar la obligación de informar a los clientes sobre el aforo del local, la distancia mínima interpersonal o el uso de mascarilla.

3. Incumplir las medidas generales de higiene y prevención en locales públicos o privados cuando no suponga riesgo de contagio o el riesgo afecte a menos de 15 personas.

4. La vulneración de la cuarentena por parte de aquellas personas que no hayan dado positivo en Covid-19, pero que sean contactos directos de un enfermo confinado.

5. Quebrantar una orden general de confinamiento.

Por su parte, el decreto ley considera como una infracción grave y penada con multas de entre 601 a 30.000 euros el vulnerar:

1. Los límites de aforo en los establecimientos públicos cuando no sea falta leve o muy grave.

2. La prohibición de organizar o participar en reuniones, fiestas o cualquier otro acto privado o público que impliquen una aglomeración o en los que se dificulte la adopción de las medidas sanitarias.

3. El mantenimiento de la distancia de seguridad entre mesas o agrupaciones de mesas en los locales abiertos al público y terrazas al aire libre.

4. Las medidas de higiene y la obligación de limpieza y desinfección de los accesos del recinto y localidades donde se siente el público.

5. La prohibición de usar espacios del establecimiento para actividades no permitidas.

6. Las medidas de higiene para cualquier tipo de establecimiento cuando suponga riesgo de contagio o afecte a más de 15 personas.

7. El aislamiento domiciliario que deben guardar quienes hayan dado positivo en COVID-19.

En las sanciones graves también se contempla la suspensión o prohibición de la actividad, la clausura del local y la inhabilitación para la organización y promoción de espectáculos públicos y actividades recreativas por un periodo máximo de seis meses.

Por último, las infracciones calificadas como muy graves y que pueden acarrear una multa de entre 30.001 a 60.000 euros son las siguientes:
1. No respetar los límites de aforo, así como las medidas de prevención e higiene por parte de los establecimientos abiertos al público cuando suponga un grave riesgo que afecte a más de 150 personas.

2. Sobrepasar el aforo del establecimiento si en él se hallan presentes menores de edad y/o mayores de 65 años.

3. Organizar reuniones o fiestas, de carácter privado o público, que impliquen una aglomeración que impida la adopción de las medidas sanitarias o se hallen presentes menores de edad y/o mayores de 65 años.

4. Impedir la inspección por parte de los agentes de la autoridad o funcionarios, así como la negativa a colaborar con ellos.

5. Incumplir la obligación de inhabilitar la pista de baile para este uso.

6. Vulnerar de forma reiterada el deber de aislamiento domiciliario por parte de personas que hayan dado positivo en COVID-19.

Para las sanciones muy graves, el decreto ley también prevé la suspensión o prohibición de la actividad, la clausura del local y la inhabilitación para la organización y promoción de espectáculos públicos y actividades recreativas por un periodo máximo de tres años y de forma acumulada hasta un máximo de 10.

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Demandan a España por los efectos secundarios «devastadores» del Nolotil

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Nolotil

El Nolotil es uno de los más vendidos en España y a causa de sus efectos secundarios, se ha creado la conocida como Asociación de Afectados por Fármacos (ADAF) que se encarga de denunciar los daños producidos por este medicamento y exigir que se proteja a la población de ellos. Se ha presentado una demanda de derechos fundamentales ante la negativa del Ministerio de Sanidad y de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios de investigar los numerosos casos de daños producidos por Nolotil.

ADAF es una organización sin ánimo de lucro que se ha creado con el propósito de unir a las personas que han sufrido consecuencias negativas debido al uso de fármacos, empezando por el Nolotil (metamizol). Este es el medicamento más vendido en España, pero está prohibido en cerca de 40 países. ADAF está compuesta por pacientes, familiares, abogados y profesionales de la salud comprometidos con la defensa de los derechos de los afectados.

La Asociación que ha demandado

El principal objetivo es luchar por la JUSTICIA y la seguridad en el uso de medicamentos. Queremos asegurarnos de que todas las personas reciban un tratamiento adecuado, seguro y efectivo. Y que se respeten sus derechos y se hagan responsables aquellos que han causado daño a través de la negligencia, la falta de información o los efectos secundarios no advertidos.

Promovemos la concienciación pública sobre los riesgos y efectos secundarios de los medicamentos, trabajando en estrecha colaboración con los medios de comunicación y organizando campañas de educación.

En la Asociación de Afectados por Fármacos, creemos que cada persona dañada merece justicia y la garantía de que su historia no se repetirá en otros pacientes. ¡Trabajemos juntos para lograr un sistema de salud más seguro y responsable!

Nolotil

Nolotil (metamizol), el analgésico de referencia y medicamento más vendido en España es el motivo por el que se creó ADAF. Nolotil es un medicamento que se receta para aliviar cualquier tipo de dolor o bajar la fiebre. Lo recetan prácticamente para todo: dolor de cabeza, de muelas, rodilla, espalda, antes o después de intervenciones quirúrgicas…

Sin embargo, muchas personas se han visto afectadas por este medicamento sin haber sido advertidas sobre sus riesgos. Conocemos al menos 350 casos, cerca de 80 se han registrado ya con ADAF, y creemos que todavía quedan muchos más por salir a la luz. El Nolotil ha demostrado tener efectos secundarios devastadores, como amputaciones, fallecimientos, reacciones alérgicas graves, choque anafiláctico, agranulocitosis (caída repentina del sistema inmune) daño renal o hepático, sepsis (una reacción extrema del cuerpo a una infección), fallo multiorgánico…

A pesar de todo esto, no solo se sigue recetando en todos los hospitales y centros médicos de España por protocolo, sino que además se están vulnerando los derechos de los pacientes ya que se les da cuando han pedido expresamente que no se les dé, cuando pone en su historial que son alérgicos a dicho medicamento e incluso cuando están hospitalizados intentando recuperarse de una grave reacción a este mismo medicamento, por tanto, poniendo su vida en peligro.

Los motivos por los que han demandado por los efectos secundarios

La Asociación en su web detalla los motivos:

  • Prohibición: nuestro primer objetivo es conseguir que este medicamento se deje de prescribir, en particular, a personas de países en los que está prohibido. Existen pruebas que demuestran que las personas de origen anglosajón y Norte de Europa tienen más tendencia a sufrir los peores efectos adversos a este medicamento. Sin embargo, esto no significa que otras nacionalidades sean inmunes a sus daños, motivo por el que buscaremos que se prohíba su prescripción en toda España.
  • Justicia y responsabilidad: nuestro segundo objetivo es brindar apoyo y justicia a los afectados por Nolotil y buscar compensación por los daños Lucharemos por la justicia y buscaremos responsabilizar a los fabricantes y proveedores de Nolotil por los daños causados. Trabajaremos con abogados especializados para presentar demandas legales y asegurarnos de que se hagan responsables por los efectos perjudiciales de este medicamento
  • Concienciación y prevención: promover cambios en los procedimientos de seguridad y regulación de medicamentos para evitar futuros casos de afectación y para evitar que se administre o recete a pacientes contra su voluntad o sin su permiso. Realizar acciones de concienciación y tendentes a la protección de la población.

 

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