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ESTUDIO| Aemet asegura que el coronavirus tiene mayor impacto en las regiones más frías

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La Agencia Estatal de Meteorología y el Instituto de Salud del Carlos III trabajan conjuntamente para investigar la influencia de variables meteorológicas y de la contaminación atmosférica en la incidencia y propagación de la enfermedad covid19 y del virus SARS-CoV-2 en España- Resultados preliminares indican que en nuestro país el índice de afectación aumenta a menor temperatura promedio.

La Agencia Estatal de Meteorología (AEMET), dependiente del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y el Instituto de Salud Carlos III (ISCIII), adscrito al Ministerio de Ciencia e Innovación, investigan conjuntamente qué variables meteorológicas pueden ser consideradas de interés al analizar la incidencia y propagación de la enfermedad COVID-19 y del virus SARS-CoV-2 en España.

Esta colaboración persigue un estudio integral en el que dos entidades de prestigio analizarán en profundidad y cuantificarán la influencia de determinadas variables meteorológicas así como de la contaminación ambiental en la incidencia y propagación de la enfermedad CoVid19 provocada por el virus SARS-COV-2 con el objetivo final de desarrollar un sistema de vigilancia y contención epidemiológica a nivel estatal basado en la alerta temprana y en la monitorización de dichos factores ambientales.

Más afectación a menor temperatura promedio

Resultados preliminares del trabajo conjunto entre AEMET y ISCIII en los que se comparó el índice de incidencia acumulado en los últimos 14 días definido como número de contagios nuevos diario por cada 100.000 habitantes con la temperatura promedio de correspondiente al mismo período por Comunidad Autónoma indican la existencia de una correlación negativa entre ambos; es decir, a menor temperatura promedio, mayor incidencia, en consonancia con lo obtenido en otras investigaciones internacionales.

Relación que se establece entre el índice acumulado IA (14d) y la temperatura promedio por Comunidad Autónoma correspondiente al 26 de marzo

Relación que se establece entre el índice acumulado IA (14d) y la temperatura promedio por Comunidad Autónoma correspondiente al 26 de marzo.
Este patrón se repite durante el período analizado, desde el 26 de marzo hasta el 5 de abril.

Relación que se establece entre el índice acumulado IA (14d) y la temperatura promedio por Comunidad Autónoma correspondiente al 5 de abril

Relación que se establece entre el índice acumulado IA (14d) y la temperatura promedio por Comunidad Autónoma correspondiente al 5 de abril

Humedad del aire y contaminación atmosférica

Investigaciones recientes en relación a la propagación de la enfermedad COVID19 y el Virus SAR-COV-2 indican que también la humedad del aire pueden incidir en la propagación y transmisión de la enfermedad, principalmente en el sentido de que las altas temperaturas y la alta humedad reducen significativamente la transmisión y propagación del virus; por lo que la llegada de la temporada primaveral en el hemisferio Norte podría reducir efectivamente la transmisión de la enfermedad COVID-19 (Wang et al. 2020). Por otro lado, se analiza como otro tipo de factores ambientales, como la contaminación atmosférica y en especial las concentraciones de material particulado PM10, pueden agravar la enfermedad.

A nivel estatal AEMET y ISCIII siguen trabajando conjuntamente y los resultados permitirán investigar con mayor especificidad sobre el impacto de estos factores ambientales en la incidencia y propagación de la enfermedad COVID-19 a través de otras variables en salud, tales como ingresos hospitalarios, ingresos en UCI y mortalidad, mejorando la identificación de zonas de riesgo en tiempo real a nivel provincial y diseñar estrategias de diagnóstico y prevención para la gestión de medidas de actuación adecuadas desde el ámbito de la salud pública.

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La Audiencia Nacional archiva la investigación penal del apagón y descarta un sabotaje terrorista

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Última hora apagón

El juez concluye que no existen indicios de terrorismo ni ciberataque y apunta a un conflicto civil o administrativo por el control de la tensión eléctrica.

La Audiencia Nacional (AN) ha archivado la investigación penal abierta tras el apagón eléctrico del 28 de abril, al descartar que el histórico cero energético tuviera su origen en un sabotaje terrorista o un ciberataque. El magistrado José Luis Calama determina que no existe “ni el mínimo indicio” de una acción delictiva y sitúa el origen del incidente en una disfunción del sistema eléctrico.

En un auto difundido este lunes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 decreta el sobreseimiento provisional de la causa y concluye que lo ocurrido responde a un conflicto de naturaleza administrativa y/o civil entre los distintos operadores del sector eléctrico, que deberá resolverse fuera de la vía penal.

Sin rastro de terrorismo ni ciberataque

El juez adopta esta decisión tras analizar los informes elaborados por diversos organismos especializados en ciberseguridad y lucha antiterrorista. Todos ellos coinciden en descartar de forma absoluta que el apagón se produjera por una acción externa, ya fuera de grupos terroristas, actores estatales o redes de cibercrimen.

Entre los análisis examinados figuran los del Centro Criptológico Nacional, el Mando Conjunto del Ciberespacio, el Instituto Nacional de Ciberseguridad y la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad, ninguno de los cuales detectó intrusiones, ataques informáticos ni actividades maliciosas en los sistemas eléctricos.

Un conflicto por el control de la tensión eléctrica

Lejos de la hipótesis del sabotaje, el auto judicial señala que el apagón tuvo un origen multifactorial, vinculado principalmente a problemas en el control de la tensión del sistema eléctrico. Según el informe del Ministerio para la Transición Ecológica, citado por el juez, se produjo una combinación de factores técnicos.

Entre ellos destacan una programación insuficiente de centrales síncronas, el hecho de que algunas centrales capaces de regular la tensión no respondieran adecuadamente a las consignas de Red Eléctrica y la aparición de oscilaciones y desconexiones de determinadas instalaciones de generación, algunas de ellas aparentemente indebidas.

El magistrado subraya que no faltaban recursos en el sistema eléctrico español, sino que estos no fueron gestionados o utilizados de forma adecuada, lo que derivó en el colapso.

La vía penal queda cerrada

En su resolución, Calama insiste en que no aprecia indicios delictivos y que, por tanto, el caso debe quedar fuera del ámbito penal. El conflicto entre Red Eléctrica y las compañías eléctricas deberá resolverse, en su caso, por la vía administrativa o civil, donde ya actúan otros organismos reguladores.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) mantiene abierta su propia investigación y podría imponer sanciones económicas o incluso retirar autorizaciones para operar, además de abrir la puerta a futuras reclamaciones por daños y perjuicios.

Con este auto, la Audiencia Nacional cierra definitivamente la hipótesis de un apagón provocado por terrorismo o ciberataque, y centra el foco en las responsabilidades técnicas y de gestión dentro del sistema eléctrico.

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