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Fallece un joven en un accidente entre un patinete y un coche en la Pista de Ademuz

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muerte patinete pista Ademuz

Un trágico accidente se ha saldado con la muerte de un joven de 17 años en la madrugada de este jueves en la CV-35, conocida como la Pista de Ademuz, a la altura del municipio de San Antonio de Benagéber (Valencia).

El incidente ocurrió cuando el patinete eléctrico que conducía el joven colisionó con un turismo. Los servicios de emergencia fueron alertados y una unidad del SAMU se trasladó al lugar del siniestro. Lamentablemente, a su llegada, solo pudieron certificar el fallecimiento del menor, según el Centro de Información y Coordinación de Urgencias (CICU).

Este suceso vuelve a poner de manifiesto la necesidad de extremar las precauciones en la convivencia entre vehículos y patinetes eléctricos, especialmente en vías de alta circulación como la CV-35.

 

¿Por dónde pueden circular los patinetes eléctricos?

Según la normativa vigente, los patinetes eléctricos deben circular exclusivamente por vías urbanas, como carriles bici, ciclocalles y calles con velocidad limitada a 30 km/h. No está permitido su uso en aceras, zonas peatonales, carreteras interurbanas, autopistas, autovías o túneles urbanos. Además, los usuarios deben respetar siempre las normas de tráfico y priorizar la seguridad de peatones y otros vehículos.

 

 

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Sucesos

Condenado a dos años de prisión un sacristán de Bétera por agresión sexual a una mujer con discapacidad

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El Arzobispado de Valencia, responsable civil subsidiario si no se paga la indemnización de 7.000 euros

València, 11 de septiembre de 2025 (EUROPA PRESS)
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a dos años de prisión por un delito de agresión sexual al sacristán de una iglesia de Bétera (Valencia), tras haber tocado las partes íntimas de una feligresa con un 66 % de discapacidad intelectual.

Hechos probados: tocamiento a una mujer con discapacidad dentro de la iglesia

Según la sentencia, los hechos ocurrieron el 24 de marzo de 2023, cuando el sacristán, aprovechando su posición en la parroquia, invitó a la víctima a un cuarto cercano a la sacristía con la excusa de mostrarle el funcionamiento de una campanilla. Una vez dentro, y siendo consciente de su discapacidad, le realizó tocamientos por encima de la ropa en sus partes íntimas.

La víctima quedó «bloqueada» sin poder reaccionar, hasta que logró reprocharle al agresor que lo que había hecho era «pecado», según recoge la resolución judicial.

Consecuencias penales y civiles: prisión, alejamiento e indemnización

El tribunal ha impuesto al condenado:

  • Dos años de prisión por agresión sexual.

  • Prohibición de acercarse a menos de 300 metros de la víctima o comunicarse con ella durante tres años.

  • Indemnización de 7.000 euros a la víctima por daños morales.

En caso de impago de la indemnización, el Arzobispado de Valencia ha sido declarado responsable civil subsidiario, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV).

La sentencia es firme y fruto de un acuerdo de conformidad

La resolución judicial, que ya es firme, es resultado de una conformidad entre las partes. Además, el tribunal ha acordado suspender la ejecución de la pena de prisión siempre que el condenado no vuelva a delinquir en un plazo de tres años.

 

 

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