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Fiscalía solicitó en febrero medida de alejamiento del padre de Castellón tanto de la madre como de las niñas a 250 metros

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CASTELLÓN, 25 Sep. (EUROPA PRESS) – El ministerio fiscal pidió el pasado mes de febrero en una comparecencia ante el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Castellón de la Plana una medida cautelar de alejamiento del padre que se ha suicidado en la madrugada de este jueves tras presuntamente acabar con la vida de sus dos hijas de tres y seis años, una protección que incluía la prohibición de aproximarse a menos de 250 metros tanto de la denunciante como de las niñas, así como a su domicilio, residencia y lugar de trabajo u ocio.

Así consta en el escrito de comparecencia ante un trámite judicial celebrado en febrero, en una causa por amenazas, en el que la acusación particular que representó a la madre de las víctimas se adhirió a la solicitud del ministerio fiscal y añadió que se incluyera la prohibición de comunicación del denunciado con ella por cualquier medio.

La defensa, por su parte, se opuso a lo alegado y pedía que se limitara esa distancia de alejamiento al menos en la calle Río Adra, dada la cercanía de domicilio de ambos progenitores y el «propio beneficio de las menores» ya que las medidas provisionales en el convenio incluían una entrega económica para las niñas y su cliente había encontrado trabajo una semana antes y no podía dejar la vivienda. El investigado intervino para pedir «justicia y objetividad».

El mismo día, según la resolución a la que ha tenido acceso Europa Press, el juzgado dictó un auto en el que acordaba denegar la orden de protección solicitada ante las «versiones contradictorias» de lo sucedido entre las partes y porque el juzgado de guardia que valoró con anterioridad los hechos no apreció «la concurrencia de la situación objetiva de riesgo» que exige la ley.

En esta línea, este Juzgado de Violencia sobre la Mujer no estimó necesaria la adopción de medidas de protección para la madre «siendo desproporcionada, en sentido estricto, la imposición al investigado de medidas que restrinjan sus derechos».

Este órgano judicial alcanzó esta decisión por la carencia de antecedentes penales del investigado y por la «propia conducta mantenida por la denunciante, quien ni ha dado una explicación razonable al miedo que dice sentir cuando existe una importante distancia espacial entre las primeras expresiones que imputa a su marido, en julio de 2017 hasta la actualidad, ni dicho miedo es compatible con sus propios actos, ya que parece ser que, tras salir voluntariamente del domicilio familiar, donde se ha quedado el marido, ha fijado su residencia en la misma calle donde vive él». Además, valoraba que las Fuerzas de Seguridad valoraron un riesgo «bajo» para la mujer.

El fiscal jefe de la Fiscalía de Castellón, José Luis Cuesta, ha mostrado su «malestar» ante la información que considera «incorrecta» que sobre este caso ha facilitado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, que ha asegurado que sobre este episodio de amenazas, el fiscal no consideró necesaria la adopción de medida cautelar y se opuso a la concesión del alejamiento en el juzgado de guardia primero, y después, en el Juzgado de Violencia Sobre la Mujer cuando se le volvió a denegar esa protección «de conformidad» con su criterio, según el TSJCV.

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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