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Generalitat aumentará los controles para evitar la venta y adiestramiento ilegal de animales

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La Generalitat intensificará los controles para perseguir las prácticas fraudulentas de venta y de adiestramiento ilegal de animales, debido al gran intrusismo de personas que realizan esta actividad de forma ilegal, sin estar registrados en el Registro de Núcleos Zoológicos, y que no cumplen la normativa sobre la venta y adiestramiento de animales.

Las consellerias de Economía y de Agricultura van a actuar de forma coordinada, junto con el sector de venta de animales, y van a solicitar la colaboración de la polícia autonómica y de las policías locales, para detectar estas prácticas ilegales, y abrir los correspondientes expedientes informativos y sancionadores.

Así lo anunciaron el director general de Comercio y Consumo, Natxo Costa, y el director general de Agricultura, Ganadería y Pesca, Roller Llanes, tras la reunión conjunta mantenida con el presidente y miembros del Gremio de Comercios para de Animales de Compañía (Grecoacom).

Esta asociación trasladó al Consell esta problemática en el comercio de animales de compañía y presentó más de un centenar de casos identificados de este tipo de prácticas fraudulentas en la zona de València, mediante Internet y las redes sociales.

Natxo Costa explicó que «debemos ser conscientes que no se pueden comprar mascotas por internet al que lo ofrece más barato, ya que la venta de animales es una actividad regulada, en la que se debe cumplir la normativa, porque de lo contrario genera problemas como el desconocimiento de la trazabilidad del animal, de las condiciones veterinarias en la que se pueda producir su venta y, en general el estado sanitario de los animales».

Por su parte, Roger Llanes explicó que «además de la venta ilegal, los ciudadanos deben saber que el intrusismo en el ámbito del adiestramiento, puede suponer problemas para la salud de los animales y también para los propietarios de estos animales, ya que no existen garantías de que un adiestrador ilegal cumpla la normativa o de que esté capacitado para ejercer esta actividad».

Por ello «la nueva ley de Bienestar y Tenencia de Animales de Compañía, cuyo anteproyecto ya ha redactado la Conselleria de Agricultura, recoge esta casuística de actividades ilegales y endurece las sanciones, con cuantías de hasta 30.000 euros».

Las medidas del Consell van en consonancia con la gran preocupación por el bienestar animal en todo el marco europeo y, en concreto, sobre el control de la venta ilegal de animales.

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La única forma de evitar el pago del Impuesto de Sucesiones, según una abogada

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10 trucos para pagar menos impuestos
El presidente de la Generalitat, Carlos Mazón, durante su intervención ante el Pleno de Les Corts. EFE/ Kai Forsterling

Heredar en España no solo implica recibir bienes o dinero, sino también enfrentarse al Impuesto de Sucesiones, un tributo que grava la transmisión de patrimonio tras el fallecimiento de una persona. La cuantía a pagar depende del valor de la herencia, el grado de parentesco entre el heredero y el fallecido, y la comunidad autónoma en la que se tribute.

Qué es el Impuesto de Sucesiones

El Impuesto de Sucesiones se aplica cuando una persona recibe bienes o derechos a título gratuito tras la muerte de otra. Está regulado por la Ley 29/1987 y su reglamento 1629/1991, aunque mediante la Ley 22/2009 se cedió a las comunidades autónomas la potestad normativa y la recaudación del impuesto. Esto significa que cada región puede establecer sus bonificaciones, reducciones y deducciones, lo que provoca diferencias significativas en el coste de la herencia. Por ejemplo, en Madrid y Andalucía la tributación puede ser prácticamente simbólica, mientras que en otras comunidades es mucho más elevada.

Cómo evitar el pago del impuesto

Según Isabel Merino, abogada de Debelare Abogados, la única forma de evitar el pago del Impuesto de Sucesiones es renunciar a la herencia de forma pura y simple. Esto significa que el heredero no recibe ningún bien ni derecho, y por tanto no se genera transmisión patrimonial, quedando exento del pago del impuesto.

Merino aclara que existen distintos tipos de renuncia:

  • Renuncia pura y simple: el heredero no se lleva nada y no paga impuesto.

  • Renuncia a favor de un tercero: en este caso, la ley considera que existe una aceptación tácita de la herencia, generando dos hechos imponibles: el Impuesto de Sucesiones sobre la parte aceptada y el Impuesto de Donaciones sobre la parte transmitida a un tercero.

Conclusión

La renuncia pura y simple a la herencia es la única estrategia legal para evitar el pago del Impuesto de Sucesiones en España. Cualquier intento de ceder la herencia a otra persona sin tramitarlo correctamente puede derivar en la obligación de pagar tanto el impuesto de sucesiones como el de donaciones.

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