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Illa: «No habrá lista pública de las personas que rechacen vacunarse»

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Barcelona, 24 dic (EFE).- El ministro de Sanidad, Salvador Illa, ha asegurado este jueves que «no habrá una lista pública» de personas que rechacen vacunarse contra el coronavirus, pero ha defendido la necesidad de saber, «por garantías», que se les ha ofrecido recibir el fármaco y han declinado.

La campaña de vacunación arrancará en España el próximo domingo con una primera remesa de dosis del fármaco de Pfizer/BioNTech, del que llegarán a nuestro país algo más de 4,5 millones de dosis en las próximas doce semanas a un ritmo de alrededor de 350.000 unidades semanales, ha recordado Illa en declaraciones a Efe.

Esta primera tanda llegará el sábado a Guadalajara, donde la farmacéutica tiene un almacén; «por esta razón, por ninguna otra», ha aclarado el ministro, quien ha incidido en que «lo relevante» es que todas las comunidades van a empezar a administrar el preparado a los grupos prioritarios de riesgo más vulnerables.

Comunidades como Madrid han lamentado la cantidad de dosis que van a recibir, pero el ministro ha sido tajante: «Quien quiera convertir una esperanza en una disputa política volverá a cometer un error».

«Habrá sin duda quien quiera convertir esto en un terreno de disputa política, pero nosotros no lo haremos. Yo creo que se equivocan mucho y me parece que es un mal camino, pero cada uno decide lo que quiere hacer en la vida», ha reflexionado.

Illa ha explicado que el proceso de vacunación va a ser gradual y que «no va a depender del bolsillo, del poder adquisitivo o del estatus social», sino de «lo que han dicho los expertos», y tampoco «discrimina por ningún tipo de razón».

Preguntado por si los inmigrantes en una situación administrativa irregular también podrán acceder de forma gratuita al fármaco, el ministro ha respondido que «a las personas que llegan a nuestro país se les hace una PCR y no se les pregunta cómo han llegado. En este sentido, España nunca ha tenido una actitud discriminatoria con nadie, al contrario».

¿Habrá una cartilla de vacunación? El ministro ha dejado esta posibilidad en el aire: «Esto no está decidido, ya lo veremos», ha respondido.

Lo que sí contempla la estrategia de vacunación contra el coronavirus aprobada el pasado 2 de diciembre y actualizada el día 18, es la creación de un registro específico de vacunación, que recogerá, entre otros aspectos, la identificación de la persona vacunada, pero también de los que declinen hacerlo.

Según el documento, es importante registrar los casos que rechacen inmunizarse para conocer «las posibles razones de reticencia» en diferentes grupos de población.

Y ello se va a hacer, ha precisado Illa, «con todas las garantías de privacidad (…) Pero hemos de poder comprobar, a medida que vaya evolucionando el proceso de vacunación, que no hay nadie que, siendo ciudadano español o residente en nuestro país, no le ha sido ofrecida la posibilidad de una vacuna», ha añadido.

«Todo ciudadano español tendrá acceso a una vacuna segura y eficaz si se la quiere poner. Nosotros tenemos que saber que al ‘ciudadano X’ se le ha ofrecido la posibilidad de vacunarse y él ha decidido no hacerlo», ha argumentado.

En este sentido, ha dejado claro que «no va a haber ninguna lista pública, ni mucho menos, es una práctica habitual y se hace con todas las garantías de la ley de protección de datos».

La mejor estrategia para asegurar el éxito de la campaña de vacunación de covid-19 «no es tanto la sanción o la amenaza, sino el convencimiento y la persuasión, explicando que las vacunas salvan vidas, que lo han hecho históricamente y lo volverán a hacer» y resolviendo «todas las dudas legítimas que pueda tener la ciudadanía».

Pero vacunarse «es un acto de solidaridad, no es solo un acto de egoísmo de ‘yo me vacuno para que no me contagie», sino que es también para evitar contagiar a otros».

«La vía no es la de obligar, amenazar, penalizar, sino la de explicar, persuadir, convencer, ser transparente, tener un programa de farmacovigilancia muy estricto, un plan especial que se está haciendo… esa es la vía por la que apostamos en España», ha concluido.

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Qué gastos se pueden deducir los autónomos en la Renta y cuáles no según Hacienda

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Qué gastos pueden deducir autónomos Renta
PIXABAY

La campaña de la declaración de la Renta 2025 arranca el próximo 8 de abril y, como cada año, miles de trabajadores autónomos en España revisan qué gastos pueden deducirse para optimizar su factura fiscal.

Sin embargo, no todo vale. Tal y como recuerda la Agencia Tributaria, no basta con que un gasto esté relacionado de forma general con la actividad profesional: debe cumplir requisitos estrictos para poder incluirse en la declaración.

Qué exige Hacienda para deducir un gasto

Según los criterios oficiales de la Agencia Tributaria, un gasto solo es deducible si cumple tres condiciones fundamentales:

  • Está vinculado directamente a la actividad económica
  • Puede justificarse documentalmente (factura o recibo)
  • Está correctamente registrado en la contabilidad

Además, Hacienda advierte de que no basta con presentar una factura: el autónomo debe poder demostrar que el gasto es real y necesario para generar ingresos.

Este criterio ha sido reforzado en diversas consultas vinculantes de la Dirección General de Tributos, que inciden en la necesidad de acreditar la correlación entre ingresos y gastos.

Gastos que sí se pueden deducir en la Renta

Entre los gastos más claramente deducibles se encuentran aquellos directamente relacionados con la actividad profesional:

  • cuotas de autónomos a la Seguridad Social
  • compra de materiales, mercancías o herramientas
  • sueldos y costes laborales
  • servicios profesionales (gestoría, asesoría, etc.)
  • alquiler de local o espacio de trabajo
  • seguros vinculados al negocio
  • gastos financieros e intereses
  • amortización de bienes

También se mantiene la posibilidad de aplicar una deducción del 5% por gastos de difícil justificación en estimación directa simplificada, con un límite de 2.000 euros, según la normativa vigente del IRPF.

Expertos fiscales consultados en informes del Consejo General de Economistas destacan que estos gastos suelen ser los menos conflictivos en una posible inspección.

Trabajar desde casa: qué puedes deducir realmente

Uno de los puntos que más dudas genera es el teletrabajo o el uso de la vivienda como espacio profesional.

La Agencia Tributaria permite deducir parte de los suministros del hogar (luz, agua, internet), pero con límites muy concretos:

  • se aplica el 30% sobre la proporción de metros cuadrados destinados a la actividad
  • no se puede deducir el total de las facturas

Por ejemplo, si se utiliza un 20% de la vivienda para trabajar, la deducción se aplicará sobre ese porcentaje, y a su vez sobre el 30% del gasto total.

Según interpretaciones recogidas por el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), este cálculo es uno de los aspectos más revisados por Hacienda en las declaraciones de autónomos.

Gastos de comida: condiciones estrictas

Los gastos de manutención del autónomo también pueden deducirse, pero solo si cumplen requisitos muy concretos:

  • deben realizarse en establecimientos de hostelería
  • deben pagarse con medios electrónicos
  • deben producirse fuera del municipio habitual de trabajo
  • deben estar vinculados a la actividad

Además, existen límites diarios fijados por Hacienda:

  • 26,67 euros sin pernocta en España
  • 53,34 euros con pernocta
  • cantidades superiores en el extranjero

Este criterio está recogido en la normativa del IRPF y ha sido aclarado en diversas consultas de la Dirección General de Tributos.

El coche: uno de los gastos más conflictivos

El uso del vehículo es uno de los puntos más problemáticos en la declaración de la Renta de autónomos.

Hacienda solo permite deducir los gastos del coche en casos muy concretos, como:

  • transporte de mercancías
  • transporte de pasajeros
  • autoescuelas
  • comerciales o representantes
  • vehículos de alquiler

En el resto de situaciones, si el coche tiene uso mixto (personal y profesional), la deducción suele ser rechazada.

Así lo confirman múltiples resoluciones administrativas y criterios reiterados por la Agencia Tributaria en sus guías fiscales.

Qué gastos no se pueden deducir

También hay una lista clara de gastos que no son deducibles bajo ningún concepto:

  • multas y sanciones
  • recargos por pagos fuera de plazo
  • donaciones o regalos
  • pérdidas en juegos o apuestas
  • gastos vinculados a actividades ilegales

Estos límites están recogidos en la normativa fiscal y son uno de los errores más comunes entre autónomos.

Claves para evitar problemas con Hacienda

De cara a la campaña de la Renta 2025, los expertos recomiendan:

  • conservar todas las facturas
  • evitar gastos difíciles de justificar
  • separar cuentas personales y profesionales
  • consultar con un asesor fiscal

Según datos del Consejo General de Economistas, una parte importante de las regularizaciones fiscales a autónomos se debe a errores en la deducción de gastos.

Una campaña marcada por el control fiscal

La Agencia Tributaria ha intensificado en los últimos años el control sobre los gastos deducidos por autónomos, especialmente en conceptos como vivienda, vehículo y dietas.

Por ello, más allá de intentar reducir la carga fiscal, la clave está en cumplir correctamente los requisitos legales para evitar sanciones o revisiones posteriores.

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