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IMELSA | El exgerente de Turismo Valencia niega haber dado órdenes para destruir documentos

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(EUROPA PRESS)-José Salinas, ex director gerente de la Fundación Turismo Valencia Convention Bureau (FTVCB), ha negado ante el juez haber dado órdenes para destruir cualquier tipo de documentación de la entidad y ha afirmado que esta tarea no dependía de él, sino de otros departamentos inferiores, según ha podido saber Europa Press.

Salinas estaba citado este jueves a declarar, en calidad de investigado, en el Juzgado de Instrucción número 18 de Valencia, que investiga el conocido caso Imelsa. En concreto, al ex director gerente de Turismo Valencia se le citó en la pieza de Taula que indaga sobre los pagos a la empresa Laterne Product Council, consultora de comunicación que organizó la campaña municipal del PP para los comicios de 2007.

Según un informe incorporado a la causa, FTVCB eludió la ley en sus contratos con Laterne. En concreto, los contratos de la fundación con esta empresa ascienden a 616.00 euros entre 2006 y 2008 (531.034 más IVA) por el concepto en las siete facturas emitidas por la mercantil para justificar los cobros de ‘Proyección Turística Pla’.

Sobre estos contratos, el subdirector de Marketing y actual adjunto a dirección de la fundación; el jefe de área de Promociones y hoy en día responsable del área Comercial; la subdirectora de Administración, adjunta ahora a subdirección; la jefa de Contabilidad y la jefa jurídica aseguraron que no se les pidió participación o no la recuerdan. Asimismo, señalaron que las órdenes de pago de las facturas procedían de José Salinas o la subdirectora de Administración y que se efectuaban los pagos cuando llegaban las facturas.

Por otro lado, en esta pieza se investiga, tal y como detalla un informe elaborado por la dirección actual de la Fundación Turismo Valencia, la compra por parte de la entidad en abril de 2015 de dos destructoras de papel y el contrato a una empresa especialista en ese cometido en julio de ese año.

Sobre este último aspecto, Salinas ha afirmado al juez que esta tarea no dependía de él y que desconoce lo que se hizo exactamente. También ha negado haber dado ninguna orden de destrucción de papeles.

Por su parte, la subdirectora de gestión de la entidad, Loles Edo, sí ha indicado al órgano judicial que antes del año 2015 había una pequeña trituradora en la empresa y posteriormente se compraron otros dos más grandes. Ha aseverado que había una orden del abogado de la entidad de no destruir ningún tipo de documento contable de entre los años 2006 a 2008 por estar inmersos en un procedimiento judicial, pero ha afirmado que no sabe si se hizo caso de esta recomendación, ha podido saber Europa Press.

CONTRATOS CON LATERNE

Salinas, preguntado por los contratos con Laterne, no ha aportado muchos datos. Ha explicado que era el encargado de la contratación pero ha matizado que desconoce si en concreto estos contratos con la mercantil los firmó él o los derivó. «No lo puedo precisar», ha señalado.

Así mismo, ha justificado estas contrataciones en la promoción de la ciudad de València con motivo de la America’s Cup y otra serie de eventos, además de un plan estratégico sobre el que no ha dado más detalles.

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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