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Estabilizado el incendio causado por un rayo en el Desierto de las Palmas de Benicàssim

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Incendios en Benicàssim Millena y Montroy
Momento del incendio de Benicàssim, en una imagen del Consorcio Provincial de Bomberos de Castellón.

Castellón, 3 ago (OFFICIAL PRESS- EFE).- Los bomberos dan por estabilizado el incendio forestal declarado en la tarde de este viernes en el paraje del Desierto de las Palmas en el término municipal de Benicàssim (Castellón), originado por la caída de un rayo durante la tormenta registrada en la zona.

Según ha informado el Consorcio de Bomberos Provincial de Castellón, el fuego ha quedado estabilizado a las 13:00 horas, aunque el dispositivo de extinción continúa trabajando con unos cien efectivos del Consorcio, Generalitat, Ayuntamiento de Castellón, Policía Local de Castellón y Benicàssim, Guardia Civil y Conselleria de Medio Ambiente, además de tres medios aéreos.

El incendio se declaró en torno a las 18.45 horas de la tarde del viernes tras la caída de un rayo y, debido a la fuerza de las llamas, desde el primer momento se movilizó un amplio dispositivo de emergencias formado por hasta 130 efectivos de acción terrestre y aérea del Consorcio de Bomberos de la Diputación de Castellón, bomberos del Ayuntamiento de Castellón, Generalitat y Ministerio para la Transición Ecológica.

También se incorporaron al dispositivo agentes de la Policía Autonómica, Guardia Civil, Policía Local de Castellón y de Benicàssim, y representantes de la Conselleria de Medio Ambiente.

Las llamas no han obligado al desalojo de vecinos, aunque sí causó el corte de la carretera CV-147, según el Consorcio de Bomberos de Castellón.

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Valencia

El Supremo impide que Ábalos comparezca en la comisión del ‘caso Koldo’ en el Senado

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José Luis Ábalos
El exministro de transporte José Luis Ábalos llega al Tribunal Supremo para declarar como investigado. - Eduardo Parra - Europa Press

El Tribunal Supremo rechaza la solicitud del PP para que el exministro José Luis Ábalos declare este jueves en la investigación sobre la compra de mascarillas durante la pandemia.

El Tribunal Supremo (TS) ha denegado la comparecencia del exministro de Transportes José Luis Ábalos, actualmente en prisión provisional desde el 27 de noviembre de 2025, ante la comisión de investigación del Senado sobre el denominado ‘caso Koldo’, donde estaba citado por el Partido Popular (PP).

Según el auto del magistrado instructor, Leopoldo Puente, la solicitud de la Cámara Alta no podía ser atendida debido a la “singular premura” con la que se presentó, lo que imposibilita realizar la audiencia previa de las partes, un requisito legal imprescindible. No obstante, el TS indica que el Senado podría volver a solicitar la comparecencia siempre que lo haga con suficiente antelación.

Contexto de la comisión del ‘caso Koldo’

El PP había fijado la comparecencia de Ábalos para el 8 de enero, con el objetivo de esclarecer presuntas irregularidades en la compra de mascarillas durante la pandemia de COVID-19, junto a su exasesor Koldo García. La comisión busca investigar la gestión de contratos públicos durante la crisis sanitaria, en un caso que ha generado gran expectación política y mediática.

Ábalos y Koldo no serán juzgados por jurado popular

Además, el TS ha rechazado la petición de Ábalos y García de que su juicio se realice mediante jurado popular, formado por ciudadanos. El magistrado instructor, Leopoldo Puente, explica que la ley del jurado excluye este mecanismo cuando los delitos corresponden a la Audiencia Nacional. Aunque el aforamiento de Ábalos hace que la causa sea instruida por el Supremo, el procedimiento legal no se modifica, por lo que el juicio seguirá en la vía ordinaria.

Ábalos había solicitado también la nulidad de los autos de procedimiento abreviado y la apertura de juicio oral, de cara a enfrentarse a peticiones de hasta 30 años de cárcel por los delitos que se le imputan. El TS mantiene su criterio y confirma que el procedimiento se ajusta a la ley vigente, reforzando así la competencia del Supremo para instruir y enjuiciar el caso.

Qué implica la decisión del Supremo

La decisión del TS supone que Ábalos no podrá declarar ante el Senado de manera inmediata, retrasando las investigaciones políticas que pretendía impulsar el PP. Al mismo tiempo, reafirma que el juicio seguirá su curso en la vía judicial ordinaria, sin intervención de jurado popular, lo que marca un paso clave en la tramitación del ‘caso Koldo’.

 

 


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