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Irene Montero garantiza que se podrá abortar en todos los hospitales públicos

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El Ministerio de Igualdad plantea la reforma de la ley del aborto en la que se recoge que todos los hospitales públicos con servicio de ginecología y obstetricia deban contar con profesionales que puedan practicar un aborto, eliminando la obligación del periodo obligatorio de reflexión de la mujer de tres días que está en vigor.

La ministra de Igualdad Irene Montero ha anunciado durante su comparecencia en la comisión correspondiente del Congreso estas medidas y ha destacado que el deber del Gobierno es el de «blindar el derecho al aborto en la sanidad pública».

Montero ha anunciado la creación de una línea telefónica especializada en derechos sexuales y reproductivos para poder informar a la mujer del procedimiento así como los derechos que le asisten, dónde y cómo defenderlos en caso de que le fueran negados.

Aborto voluntario para adolescentes de entre 16 y 18 años

La ministra ha mostrado su intención de que «las adolescentes de entre 16 y 18 años puedan acceder» al derecho a la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) «de forma autónoma». «Del mismo modo que son responsables para trabajar o para tener relaciones sexuales, lo son para decidir sobre sus cuerpos», ha declarado.

Ha señalado que su intención es que en los servicios de ginecología y obstetricia de los centros públicos se garantice esta práctica. Para ello, según ha indicado, se respetará «escrupulosamente» el «derecho constitucional» a la objeción de conciencia», pero haciéndolo

La mujer elegirá el método

En cuanto al procedimiento, Montero señala que será la mujer quien decida en todo caso el método de interrupción. En el centro de salud le darán la información necesaria para poder tomar esa decisión. Además se eliminará la obligación de recibir el sobre actual, que se proporcionará solo en los casos en los que las mujeres lo soliciten.

«Inmediatamente podrá ser derivada a un centro hospitalario para acceder a este derecho, por un procedimiento de urgencia, eliminando también los tres días de reflexión obligatoria que existen a día de hoy», ha declarado. «Toda mujer que decida abortar deberá poder hacerlo sin ningún tipo de obstáculo ni perjuicio», ha insistido.

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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