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Joe Biden gana las elecciones de Estados Unidos

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Joe Biden, el candidato demócrata, ha ganado las elecciones de Estados Unidos a los 77 años de edad, una campaña marcada por la pandemia del coronavirus y un recuento de votos maratoniano que ha mantenido a sus 328,2 millones de habitantes pegados a las pantallas para conocer el resultado de las elecciones.

Biden se convierte así en el 46º presidente de los Estados Unidos ganando a Donald Trump, candidato republicano, quien habitaba en la Casa Blanca desde el 20 de enero de 2017.

Joe Biden nació en Scranton, Pensilvania, el 20 de noviembre de 1942. Hijo de Joseph R. Biden, un vendedor de autos, y de Catherine Eugenia Finnegan, fue criado en la religión católica, la cual profesaba su madre quien era de origen irlandés. A los diez años, se mudó junto a su familia a la localidad de Claymont, en el condado de New Castle.

Terminó su educación secundaria en la Academia Archmere en Claymont, Delaware, en 1961, ingresando a continuación en la Universidad de Delaware, en la que se gaduó en Historia y Ciencias Políticas en 1965. Posteriormente ingresó en la Facultad de Derecho de la Universidad de Siracusa, donde obtuvo el título de Juris Doctor en 1968. Fue admitido en el Colegio de Abogados de Delaware en 1969.

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Este es el límite para pagar en efectivo en España

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limite pagar efectivo españa

El límite para pagar efectivo en España viene acompañado de una advertencia de la Agencia Tributaria. Además es el medio de pago más utilizado en España, seguido por la tarjeta y los dispositivos móviles.

¿En qué consiste?

Hace un año que fue aprobada la Ley 11/2021, de 9 de julio como medida de prevención y lucha contra el fraude fiscal.

Esta norma determinó la limitación al uso de efectivo para determinadas operaciones económicas, disminuyendo el límite general de pagos en efectivo de 2.500 a 1.000 euros.

Pero en esta ley hay algunas excepciones que debemos conocer.

Límite para pagar en efectivo en España

Así, el límite varía si el domicilio fiscal está fijado fuera de España, multiplicándose por 10 el límite máximo.

La Ley recoge que no podrán pagarse en efectivo «las operaciones, en las que alguna de las partes intervinientes actúe en calidad de empresario o profesional, con un importe igual o superior a 1.000 euros o su contravalor en moneda extranjera».

Importe que se eleva hasta los 10.000 euros o su contravalor en moneda extranjera cuando el pagador sea una persona física que justifique que no tiene su domicilio fiscal en España y no actúe en calidad de empresario o profesional.»

¿Cuáles son los medios de pago?

Según explica la Agencia Tributaria, para calcular los importes, se suman todas las operaciones o pagos en que se haya podido fraccionar la entrega de bienes o la prestación de servicios, considerando medios de pago:

  • El papel moneda y la moneda metálica, nacionales o extranjeros.
  •  Los cheques bancarios al portador denominados en cualquier moneda.
  • Cualquier otro medio físico, incluidos los electrónicos, concebido para ser utilizado como medio de pago a la persona portadora.

Quienes intervengan en las operaciones que no puedan pagarse en efectivo deben conservar los justificantes del pago durante cinco años desde la fecha del pago, para poder acreditar que el pago se realizó a través de alguno de los medios de pago distintos al efectivo.

Esta limitación no se aplica a los pagos e ingresos realizados en entidades de crédito ni a las operaciones de cambio de moneda en efectivo realizadas por los establecimientos de cambio de moneda.

Sanciones por superar el límite de pagar en efectivo

El incumplimiento de las limitaciones a los pagos en efectivo constituye una infracción administrativa grave. Puede ser cometida tanto por las personas o entidades que paguen como por las que reciban total o parcialmente cantidades en efectivo incumpliendo la limitación establecida.

La base de la sanción será la cuantía pagada en efectivo en las operaciones de importe igual o superior a 1.000 euros o 10.000 euros (o su contravalor en moneda extranjera).

La sanción consistirá en una multa proporcional del 25 por ciento de la base de la sanción, contemplando una reducción del 50 por ciento del importe de la sanción si se cumplen determinadas condiciones.

 

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