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La Justicia rechaza que se analicen los móviles de los implicados en el caso Marta del Castillo

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La Audiencia de Sevilla ha vuelto a rechazar la investigación de los teléfonos móviles de los otros juzgados por el crimen de Marta del Castillo, quienes fueron absueltos en el juicio. Esto hace referencia a Francisco Javier Delgado, hermano de Miguel Carcaño; María García, novia de Delgado; y Samuel Benítez; así como a Francisco Javier García ‘Cuco’, condenado por encubrimiento por un juzgado de Menores. Se ha alegado que la permisión afectaría a «derechos fundamentales de personas que ya han sido juzgadas».

Rechazado el análisis de los móviles de los absueltos

La sección tercera de la Audiencia desestima en un auto el incidente de nulidad presentado por los padres de Marta del Castillo contra un auto de octubre de 2022 que ya desestimaba la investigación de los móviles de los implicados. Además, el auto de la Audiencia, fechado el 24 de marzo y facilitado por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), condena a los padres de Marta del Castillo al pago de las costas procesales causadas en este incidente de nulidad.

Por otra parte, la Audiencia ha subrayado que la pieza separada para la búsqueda ya fue cerrada y asegura que «en ningún caso procede mantener una investigación sine die, sin justificación para la intervención judicial y, menos cuando lo que se pretende es la práctica de nuevas diligencias que afectan a derechos fundamentales de personas ya enjuiciadas».

Búsqueda del cuerpo sin «límite temporal»

Sin embargo, el auto señala que la búsqueda del cuerpo de la víctima «no tiene límite temporal». De manera que se pueden realizar «las indagaciones que se estimen necesarias», pero sin que eso suponga «la continuación de un procedimiento ya acabado y, menos, afectar a derechos fundamentales» de personas ya juzgadas.

El teléfono de Miguel Carcaño sí está siendo analizado, con la autorización del condenado, al igual que el de Marta del Castillo. El fin es comprobar si ofrecen algún dato sobre los movimientos que hicieron el día del crimen, el 24 de enero de 2009. También, por tanto, si arrojan pistas que faciliten la localización del cuerpo. De hecho, una empresa especializada ha acometido un peritaje del teléfono de Carcaño, que será entregado al juez próximamente.

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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