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Juzgan a un pederasta reincidente por distribuir porno infantil desde prisión

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Juzgan a un pederasta reincidente por distribuir porno infantil desde prisión

Juzgan a un pederasta reincidente por distribuir porno infantil desde prisión.

València, 11 sep (EFE).-Este martes juzgarán al acusado  ya condenado con anterioridad por delitos de abuso sexual y corrupción de menores por distribuir pornografía en el Centro de Inserción Social de la localidad de Picassent, desde el centro penitenciario donde cumplía condena.

El acusado tiene 32 años y fue condenado en 2018 a una pena de 6 años de prisión por abusos sexuales; a 1 año y 3 meses por corrupción de menores, y está en prisión provisional por esta causa desde el 5 de febrero de 2023.

La voz de alerta la dio a las fuerzas de seguridad españolas la agencia norteamericana HSI (Homeland Security Investigation), que utilizó a un agente encubierto informático para contactar con el procesado en la plataforma Telegram y al que el preso remitió material audiovisual pedófilo entre diciembre de 2022 y enero de 2023, según detalla la Fiscalía en su escrito de acusación.

La Guardia Civil solicitó autorización judicial y registró la celda del acusado, donde se incautó en su teléfono móvil, un disco duro y un ordenador portátil imágenes donde aparecían menores de edad practicando sexo explícito o mostrando sus genitales. Por lo que encontró material de porno infantil, y lo distribuía desde prisión.

Algunos de esos archivos incluían incluso a bebés y tenían un contenido especialmente vejatorio, como prácticas zoofílicas y urofílicas.

El acusado actuaba a través de la plataforma Telegram, envió a un agente encubierto previo pago de treinta euros, 54 enlaces del servicio mega para la descarga de material pedófilo que contenían más de un terabyte de pornografía infantil.

Igualmente, entre el 20 de enero de 2023 y el 28 de enero de 2023, mantuvo conversaciones con un agente encubierto del HSI tras las cuales le envió otros dos enlaces de mega con 349 archivos multimedia de carácter pedófilo.

Los agentes españoles averiguaron que el domicilio del referido usuario se encontraba en una determinada habitación de un centro de inserción social de la localidad de Picassent (Valencia), donde el acusado se encontraba cumpliendo condena por los delitos mencionados.

Durante el registro se localizaron en los dispositivos informáticos pertenecientes al acusado archivos de pornografía en los que se apreciaban a menores de edad practicando sexo explícito o mostrando sus genitales.

En algunos de estos archivos se producen «actos especialmente vejatorios que involucran a menores de muy corta edad, incluso bebés, así como prácticas zoofilicas o urofílicas y en ocasiones el empleo de cuerdas o cinchas para la inmovilización de los menores», detalla el fiscal.

 

Otros casos de pederastas en la ciudad de Valencia, ofreciéndose como canguros.

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Este es el motivo por el que el Gobierno deberá pagar a los butaneros por repartir las bombonas a domicilio

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precio de la bombona de butano

El Gobierno tendrá que compensar económicamente a los repartidores de bombonas de butano a domicilio tras una sentencia del Tribunal Supremo que considera que este servicio, al ser obligatorio y regulado, no puede prestarse sin una retribución adecuada.

Una obligación legal sin compensación suficiente

El reparto de bombonas a domicilio forma parte del servicio público esencial de suministro de gas en España, especialmente en zonas rurales, hogares vulnerables y territorios donde no existe gas natural. Sin embargo, durante años, los distribuidores han denunciado que los costes reales del servicio —transporte, personal, combustible y logística— no estaban cubiertos por la normativa vigente.

La ley obliga al Gobierno a revisar periódicamente los costes del servicio, algo que no se ha hecho dentro de los plazos establecidos. Esta falta de actualización ha provocado que las empresas asuman pérdidas al mantener el reparto a domicilio.

El fallo del Supremo

El Tribunal Supremo ha determinado que el Ejecutivo incumplió su obligación de regular y actualizar la compensación del reparto, lo que genera un desequilibrio económico injustificado para los distribuidores. Por ello, ordena al Gobierno:

  • Regular el coste real del servicio de reparto a domicilio

  • Aprobar una normativa específica en un plazo máximo de seis meses

  • Garantizar que el servicio obligatorio sea económicamente sostenible

Por qué es clave esta decisión

La sentencia protege la continuidad del reparto de bombonas, un servicio del que dependen millones de hogares en España, y evita que los repartidores trabajen a pérdidas. Además, abre la puerta a compensaciones económicas por los años en los que el servicio se prestó sin una retribución ajustada a los costes reales.

En resumen, el Gobierno deberá pagar a los butaneros porque no puede exigir un servicio público obligatorio sin garantizar su viabilidad económica, algo que ahora el Supremo le obliga a corregir.

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