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La Agencia Europea del Medicamento da su visto bueno a la vacuna de Pfizer

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La Haya, 21 dic (EFE).- La Agencia Europea del Medicamento (EMA) dio este lunes su visto bueno a la vacuna desarrollada por Pfizer/BioNTech contra el coronavirus, el paso previo para que la Comisión Europea otorgue esta semana la licencia de uso condicional del fármaco en los países europeos.

La conclusión positiva fue alcanzada por los expertos de la EMA, que recibió de Pfizer el pasado 1 de diciembre la solicitud de comercialización de su vacuna en la Unión Europea (UE), aunque la agencia llevaba analizando en tiempo real los datos sobre la producción, dosificación y ensayos clínicos desde octubre, lo que le permitió llegar a estas conclusiones en tiempo récord.

La directora ejecutiva de la EMA, Emer Cooke, subrayó en rueda de prensa que la evaluación científica de sus expertos “se basa únicamente en la solidez de la evidencia científica sobre la seguridad, calidad y eficacia de la vacuna”.
Cooke aseguró que todos los estudios realizados, clínicos y no clínicos, “muestran de manera convincente que los beneficios son mayores que los riesgos” de aprobar esta vacuna para prevenir la covid-19.

Añadió que el comité de expertos en medicamentos humanos (CHMP) analizó miles de documentos “con datos adicionales que recibió incluso hasta este fin de semana”, que incluyen datos del ensayo de la vacuna en humanos, con la participación de unos 42.000 voluntarios que recibieron la vacuna o un placebo, para realizar esta “evaluación independiente” que concluyó este lunes con una recomendación positiva.

NUEVA CEPA
La directora de la EMA aseguró, por otra parte, que “no hay evidencias” de que la vacuna del covid-19 desarrollada por Pfizer/BioNTech no vaya a funcionar contra la nueva cepa de coronavirus detectada en Reino Unido.
Según Cooke, la última mutación que ha sufrido el SARS-CoV-2, dando lugar a una variante que se contagia con más rapidez, no ha sufrido suficientes cambios como para dejar sin eficacia a la vacuna de Pfizer, aunque insistió en que hay que hacer un seguimiento “cercano” a las campañas de vacunación hasta determinar el alcance de la inmunidad que provoca este fármaco.

TRANSPARENCIA
Cooke reconoció que la vacuna “solo ayudará a luchar contra la pandemia” si todos los ciudadanos europeos “tienen suficiente confianza en la autorización que será otorgada” al fármaco de Pfizer, por lo que prometió “transparencia a los ciudadanos para que puedan decidir sobre la vacunación en base a los hechos” y no a las teorías de la conspiración.

“La EMA publicará la información sobre la evaluación, incluidos todos los datos clínicos evaluados en la solicitud (de la autorización de comercialización condicional de Pfizer). Esto permitirá un mayor escrutinio independiente por parte de los científicos”, agregó.

Por su parte, Harald Enzmann, jefe del CHMP, recordó que “no hay evidencias de riesgos inaceptables” de la vacuna, aunque destacó que hay “muy pocos datos sobre el uso de la vacuna en mujeres embarazadas porque no había suficientes casos de mujeres embarazadas en el ensayo clínico, así que se recomienda ir caso por caso, evaluando el riesgo individual en cada persona”.

Más allá de los riesgos, que descarta porque “hay suficientes datos como para confirmar la seguridad de la vacuna y puesto que este ha sido el mayor paquete de datos que ha recibido la EMA jamás para una vacuna”, Enzmann pidió “seguir usando mascarillas, lavarse las manos y mantener la distancia”, incluso después de recibir la vacuna, hasta que se pueda evaluar en una mayor población la eficacia de la inmunidad que provoca la vacuna.

Con esta evaluación de la EMA, la Comisión Europea puede ahora autorizar, previsiblemente el miércoles, el uso de la vacuna de Pfizer en los 27 países europeos, lo que permitirá a las autoridades sanitarias nacionales lanzar sus campañas de vacunación el 27 de diciembre, según espera Bruselas.

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El Tribunal Constitucional rechaza el recurso del Defensor del Pueblo contra la suspensión de voto a la ‘ley de nietos’

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Elecciones Europeas Valencia voto correo

El Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado por una amplia mayoría el recurso presentado por el Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, contra la suspensión cautelar del derecho al voto de los españoles nacionalizados mediante la conocida como ley de nietos que no acrediten ser descendientes de exiliados.

El Pleno ha decidido no admitir a trámite el recurso de amparo, al considerar que la cuestión todavía puede resolverse en el Tribunal Supremo, donde el procedimiento continúa abierto. La decisión mantiene, por el momento, la suspensión del voto para los afectados que residen en el extranjero.

¿Por qué el Constitucional rechaza el recurso?

El Defensor del Pueblo había solicitado que se anularan de forma urgente las resoluciones del Tribunal Supremo y que se permitiera votar en las próximas elecciones generales a los ciudadanos afectados.

Ángel Gabilondo argumentó que la suspensión podía vulnerar derechos fundamentales, entre ellos la igualdad, la participación en los asuntos públicos y la tutela judicial efectiva. También advirtió de que los plazos electorales hacían urgente una respuesta para evitar que los ciudadanos afectados se quedaran sin poder ejercer su derecho al sufragio.

Sin embargo, el Constitucional considera que el recurso es prematuro porque el procedimiento sigue abierto en el Supremo. Los afectados todavía pueden personarse en esa causa y presentar alegaciones para solicitar que se revise la medida cautelar.

¿A quién afecta la suspensión del voto de la ley de nietos?

La medida afecta a ciudadanos españoles residentes en el extranjero que obtuvieron la nacionalidad al amparo de la Ley de Memoria Democrática, conocida popularmente como ley de nietos, y cuyo acceso a la nacionalidad se habría apoyado en una instrucción administrativa que presumía la condición de exiliados de determinados emigrantes.

El Tribunal Supremo suspendió cautelarmente el ejercicio del voto de este grupo al considerar que debía garantizarse la legalidad del censo electoral. La controversia gira en torno a la acreditación de los requisitos exigidos para acogerse a la normativa.

La decisión del Constitucional no resuelve definitivamente el fondo del conflicto. El Tribunal Supremo deberá continuar con el procedimiento y podrá revisar la medida cautelar después de estudiar las alegaciones de los afectados.

Las elecciones generales del 29 de noviembre

La resolución llega a poco más de un mes de las elecciones generales previstas para el 29 de noviembre. El Defensor del Pueblo había alertado de que la proximidad de la cita electoral podía dificultar que los ciudadanos afectados recuperasen a tiempo su derecho al voto.

Por ahora, el rechazo del recurso deja vigente la suspensión cautelar para los españoles residentes en el extranjero incluidos en la medida. La situación definitiva dependerá de los próximos pasos judiciales y de la resolución que adopte el Tribunal Supremo.

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