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La Audiencia Nacional archiva la querella contra cuatro exministros y Florentino Pérez por el proyecto Castor

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La juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela ha desestimado y archivado la querella interpuesta contra cuatro exministros del gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero y uno del de Mariano Rajoy, además de empresarios como Florentino Pérez, en relación con el proyecto Castor, al entender que los hechos denunciados no son constitutivos de infracción penal.

La querella de L’Observatori del Deute en la Globalització se dirigía contra los exministros Joan Clos, Miguel Sebastián, Magdalena Álvarez, Elena Espinosa y José Manuel Soria, así como el exconsejero de Medio Ambiente de la Generalitat Valenciana Juan Cotino; Florentino Pérez, presidente de la constructora ACS y accionista mayoritario de la sociedad mercantil ESCAL UGS S.L. (quien tenía la concesión del almacén de gas); el presidente de la mercantil ESCAL UGS S.L., Recaredo del Potro; y el exsecretario general de Energía de Industria, Comercio y Turismo Ignasi Nieto.

Tras estudiar los hechos denunciados, la titular del Juzgado Central de Instrucción número 3 concluye que la construcción de las instalaciones a las que se refiere la querella no responde a una idea aislada ni peregrina, sino que fue acorde con una política desarrollada en la explotación y suministro de gas, previamente planeada (desde el año 2002).

Para Lamela, las resoluciones que se fueron dictando en las distintas fases del proyecto, y cuyas firmas por los querellados determinarían su responsabilidad, no aparece, y tampoco se expone en la querella, apunta, que se hayan adoptado al margen del procedimiento establecido.

En el auto, la titular del Juzgado Central de Instrucción 3 ha desestimado la querella planteada por delitos de malversación, prevaricación y fraude a la administración pública. Además, el informe de la Fiscalía, con fecha de 18 de junio, solicita que se desestime la querella y se archiven las actuaciones.

Así, tras estudiar los hechos, la juez concluye que la construcción del almacén de gas es fruto no de una idea «aislada ni peregrina», sino acorde a la política de explotación y suministro de gas, que se había planteado previamente, en 2002, antes de que los querellados accedieran a sus respectivos cargos. Si bien, admite que esta política con los años se comprobó «deficitaria».

Además, el auto de la juez considera que no parece que la actuación de los querellados se guiase por «un afán de perjudicar los intereses de la Administración adoptando resoluciones injustas, arbitrarias o manifiestamente contrarias a la ley». De hecho, añade que «por el contrario, su actuación fue razonada y documentada».

La juez añade que las resoluciones que se fueron dictando en las distintas fases del proyecto y cuyas firmas por parte de los querellados determinan su responsabilidad, según el querellante «no aparece» y «tampoco se expone en la querella que se hayan adoptado al margen del procedimiento establecido».

De hecho, el auto admite que la actuación podría ser discutida jurídicamente, «tal y como sucedió» pero añade que esta discrepancia se ha resuelto a través de diversos procedimientos en la vía contencioso-administrativa.

Asimismo, añade Lamela que tras examinar las distintas resoluciones recaídas no se desprende de «ninguna de ellas» que la actuación de los querellados fuera arbitraria e incluso en algunos casos la actuación fue amparada desde la Administración, mientras en otros, la estimación se debió a motivos «formales, no de fondo». En otros, por su parte, el auto de la juez estima que se pone de manifiesto la «complejidad del problema y la falta de doctrina jurisprudencial».

«Pero en ningún caso se puso de manifiesto que la Resolución impugnada adoleciera de una ilegalidad evidente, patente, flagrante y clamorosa, estos es, que fuera manifiestamente arbitraria», aclara.

De este modo, Lamela señala que no puede estimar que se haya cometido delito de prevaricación porque según la jurisprudencia, ese delito se comete cuando se adopta en un asunto administrativo una resolución «injusta, no en el sentido meramente ilegal o contraria a Derecho, sino patente y clamorosamente opuesta al ordenamiento jurídico», y que el agente del hecho obre «con clara conciencia» de la arbitrariedad, algo que «no acontece en el supuesto examinado».

La juez concluye que esto le lleva «igualmente» a considerar que no se puede estimar los delitos de malversación y fraude a la Administración, puesto que no se desprende del relato de hechos en la querella y en los documentos que la acompañan que los querellados hayan quebrantado los deberes del ejercido de su cargo, «quebrantando una especial confianza, ni que los caudales públicos hayan sido desviados torticeramente de su destino».

A ese respecto, agrega que estas circunstancias tampoco han sido apreciadas en las distintas resoluciones dictadas por la Audiencia Nacional, Tribunal Supremo o Tribunal Constitucional.

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ETIAS es el nuevo requisito para viajar a la UE: coste y fechas en el que entrará en vigor

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ETIAS requisito Unión Europea

Las regulaciones para viajar a Europa están cambiando. A partir del primer semestre de 2025, aproximadamente 1.400 millones de personas de más de 60 países exentos de visado deberán obtener una autorización de viaje para ingresar a la mayoría de los países europeos.

Este requisito se conoce como el «Sistema Europeo de Información y Autorización de Viajes» (ETIAS, por sus siglas en inglés), diseñado para fortalecer los controles de seguridad e inmigración en la Unión Europea.

Antes de realizar estos desplazamientos, el sistema comparará a los viajeros con bases de datos sobre fronteras, seguridad y migración para identificar posibles riesgos desde el punto de vista de la seguridad o la salud.

El objetivo es mejorar la seguridad, prevenir la inmigración ilegal y proteger la salud pública.

Las normas acordadas permitirán al sistema central de ETIAS realizar comprobaciones en siete bases de datos diferentes, incluyendo el Sistema de Información de Schengen (SIS), el Sistema de Información de Visados, el Sistema de Entrada/Salida (SES), Eurodac, la base de datos de antecedentes penales de nacionales de terceros países, así como los datos de Europol e Interpol. Esto ayudará a las autoridades a evaluar el riesgo asociado con los solicitantes y tomar decisiones informadas sobre la emisión o el rechazo de una autorización de viaje.

Cómo funciona ETIAS

  • La mayoría de las solicitudes se procesan en minutos.
  • Sin embargo, es posible que una solicitud tarde más en procesarse. En caso afirmativo, el viajero recibirá una decisión en un plazo de cuatro días. Este período podría ampliarse hasta 14 días si se solicita que información o documentación adicional, o hasta 30 días si se requiere una entrevista, por lo que las autoridades recuerdan que se debe solicitar una autorización de viaje ETIAS mucho antes de que comience el viaje planificado.
  • Una vez presentada la solicitud, se recibirá un correo electrónico confirmando el envíoen el que se incluirá un número de ETIAS único que ha de conservarse para referencia futura.
  • Una vez que la solicitud haya sido procesada, el viajero recibirá otro correo electrónico informándole sobre su resultado.
  • Cuando se obtenga la autorización de viaje ETIAS, hay que asegurarse de que los datos personales: nombre, número de pasaporte y otra información sean correctos: si hay algún error, no se permitirá al viajero cruzar la frontera.
  • Si la solicitud es rechazada , el correo electrónico incluirá los motivos de esta decisión. También incluirá información sobre cómo apelar, datos de la autoridad competente, así como el plazo correspondiente para recurrir.
  • La autorización de viaje ETIAS es válida por tres años o hasta que caduque el documento de viaje que utilizó en su solicitud, lo que ocurra primero.
  • Para las estancias de corta duración: una autorización de viaje ETIAS válida da derecho a permanecer en los países europeos que requieren ETIAS por hasta 90 días dentro de un período de 180 días.
  • El viajero debe estar en posesión de una autorización de viaje ETIAS válida durante toda su estancia con la que podrá salir y volver en cualquier momento, siempre y cuando se respete este plazo máximo de autorización.
  • Los viajeros tiene que asegurarse de llevar a su llegada a la frontera el mismo documento que utilizó en su solicitud ETIAS ya que esta está vinculada a su documento de viaje. De lo contrario, no se le permitirá abordar su vuelo, autobús o barco, ni ingresar a ninguno de los países europeos que requieren ETIAS.
  • Tener una autorización de viaje ETIAS válida no garantiza un derecho de entrada automático. Una vez en la frontera, los guardias fronterizos verificarán que se cumplen las condiciones de entrada. A aquellos viajeros que no cumplan las condiciones de entrada se les negará el acceso a la UE.

Cinco cosas que debes saber sobre ETIAS

  1. El ETIAS es un nuevo requisito de viaje: si procedes de uno de los países de la lista anterior, a partir de 2024 tendrás que obtener una autorización de viaje ETIAS a cualquiera de los 30 países europeos.
  2. ETIAS es para visitas de corta duración: con una autorización de viaje ETIAS válida, podrá permanecer en cualquiera de los 30 países europeos durante 90 días en un periodo de 180 días. Su autorización de viaje ETIAS será válida por tres años o hasta que venza el pasaporte que utilizó en su solicitud, lo que ocurra primero. Debe tener posesión de una autorización de viaje ETIAS válida durante toda su estancia. Puede salir y volver en cualquier momento, siempre que respete este límite de tiempo.
  3. El ETIAS no es un visado: lo solicitarás por Internet, no tendrás que ir a un Consulado y será mucho más rápido y barato que obtener un visado.
  4. Europa no es la primera en introducir autorizaciones de viaje para nacionales exentos de visado: Estados Unidos, Canadá y Australia exigen autorizaciones de viaje similares.
  5. El sistema aún no está operativo y por el momento no se recogen solicitudes: La Comisión Europea anunciará el calendario exacto del lanzamiento de ETIAS.

Cuidado con los fraudes

Sólo hay un sitio web oficial de ETIAS: europa.eu/etias. El formulario de solicitud estará disponible en este sitio web una vez que se ponga en marcha el sistema.

Hay decenas de sitios web que dicen ser los sitios oficiales de solicitud de ETIAS: utilizan el logotipo oficial de la Unión Europea, algunos incluso recogen datos personales de los viajeros. Aunque será legal que los intermediarios comerciales hagan la solicitud en su nombre una vez que el sistema entre en vigor, asegúrese de utilizar uno en el que confíe: algunos pueden robar sus datos personales, número de pasaporte y tarjeta de crédito. También pueden cobrar una tasa adicional por sus servicios. Recuerde: ETIAS sólo le costará 7 euros si utiliza la web oficial de ETIAS para solicitarlo.

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